VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2022-00776 | 29 de abril de 2022 | Poder Judicial | La Gaceta No. 36,303
Aviso No. 0801-2022-00776 — Demanda contencioso administrativa - Lourdes Yesenia Banegas contra Estado de Honduras
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Resumen
Este aviso publica demandas legales de ciudadanos contra el Estado de Honduras por despidos injustificados en instituciones públicas. Los demandantes solicitan que se declare nulo el despido, se les reintegre al cargo y se les paguen los salarios perdidos y daños causados. El juzgado contencioso administrativo conocerá estos casos para determinar si las cancelaciones fueron ilegales.
Texto completo
Que en fecha veintinueve (29) de julio del año dos mil
veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora
JUDITH MARIA MENDEZ TORRES, incoando demanda
contencioso administrativa en materia personal con orden
de ingreso número 0801-2022-00758 contra del Estado de
Honduras a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN
SOCIAL AHORA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL (SEDESOL),
para que se declare la nulidad de un acto administrativo de
carácter particular, por no ser el mismo conforme a derecho.
Que se reconozca una situación jurídica individualizada por
causa de la cancelación indebida, ilegal e injustificada. Que
se adopten como medidas para su pleno restablecimiento de
mi derecho subjetivo, como ser la restitución en mi cargo y
el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños
y perjuicios, así como los demás derechos y beneficios
obtenidos por otros servidores públicos a partir de la fecha
de vigencia del acto de cancelación injusta hasta la fecha
en que con sujeción a las normas procesales, queda firme
la sentencia que se dicte.- Se acompañan documentos.-
Petición.- Costas del juicio.- Poder.
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
15 A. 2023
Sección B Avisos Legales
R
EPÚBLICA D E H ONDURAS - T EGUCIGALPA, M.D.C., 9 D E AGOSTO D EL 2023 No. 36,303
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de
septiembre del año dos mil veintidós (2022), se promovió
la demanda por parte del Abogado JORGE ENRIQUE
CASTRO BECERRA, en su condición de Representante
Procesal de la señora SOBEYDA CONCEPCIÓN
NAVARRO HERNANDEZ, interponiendo demanda
Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial
en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-
2022-01514, contra el Estado de Honduras a través de la
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE, para que
se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular, al tenor de lo previsto en el artículo 22 de la
Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativo, acción
contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de la
nulidad del ACUERDO DE CANCELACIÓN No. CTL
1151-2022 de fecha veinticuatro (24) de agosto del año
2022, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora creada
mediante Decreto PCM-11-022 de fecha 29 de abril de 2022
(y nombrada mediante Acuerdo número 322-2022 por la
Secretaría de Finanzas) que se reconozca la situación jurídica
individualizada por la cancelación ilegal, inconstitucional e
incausada del cargo de Secretaria III de la ciudadana Sobeyda
Concepción Navarro Hernández, ordenando como medida
para el restablecimiento de situación jurídica el reintegro
al puesto dentro de la carrera administrativa y el pago de
todas las indemnizaciones legales correspondientes.- Se
acompañan documentos.- Costas del juicio.- Poder.
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
9 M. 2023
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
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