Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
27 de enero de 2026Vigente

Aviso — Aviso de Título Supletorio de terrenos en Shell y Vega El Cacao, La Unión, Copán

Poder Judicial

  • Publicación: 27 de enero de 2026
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 37,054
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este documento publica avisos de solicitudes de Título Supletorio (documentos legales que reconocen la propiedad de tierras). Beneficia a ciudadanos que poseen terrenos por más de 10 años sin escritura registrada, permitiéndoles obtener el título legal de dominio ante los juzgados. El propósito es legalizar la propiedad de tierras sin documentación formal en Honduras.

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio presentada por el señor JULIO CESAR LARA MORALES, mayor de edad, comerciante, hondureño, con domicilio en el municipio de San Pedro Copán, Departamento de Copán, con Documento Nacional de Identificación (DNI) Número (0405-1995-00057), es dueño de un inmueble que se describe así: Un lote de terreno ubicado en el lugar Agua Zarca, San Pedro de Copán, con una área total de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (4,565.46 Mts2); EQUIVALENTES A CERO PUNTO SESENTA Y CINCO CENTÉSIMAS DE MANZANA, (0.65 Mz) con las colindancias siguientes: Al NORTE, colinda con propiedad de los señores Medardo Sanabria Chacon y Santos Sanabria Martinez; al SUR, colinda con propiedad de Melvin Antonio Lara Morales; al ESTE, colinda con propiedad del señor Arturo Rojas Peña; al OESTE, colinda con calle de por medio con propiedad de Marco Antonio Paz Mejia; con los puntos y coordenadas siguientes: Del punto cero al punto uno rumbo N, 68°33’ 08.15”E, con una distancia de veintitrés punto setenta metros (23.70) del punto uno al punto dos rumbo N, 64º39'13.77"E, con una distancia de veintiuno punto cero dos metros (21.02 m); del punto dos al punto tres S, 39°48'20.06" E, con una distancia de siete punto ochenta y uno metros (7.81 m); del punto tres al punto cuatro N, 71°33’54.18" E, con una distancia de tres punto dieciséis metros (3.16 m); del punto cuatro al punto cinco S, 29º25'38.84"E, con una distancia de cuarenta y cuatro punto setenta y ocho metros (44.78 m); del punto cinco al punto seis rumbo S, 09º27'44.36"W, con una distancia de dieciocho punto veinticinco metros (18.25); del punto seis al punto siete rumbo S, 19º39'13.77"W, con una distancia de catorce punto ochenta y siete metros (14.87 m); del punto siete al punto ocho S, 08º07'48.37" W, con una distancia de siete punto cero siete metros (7.07 m); del punto ocho al punto nueve S, 23º01'31.77" E, con una distancia de veintiuno punto cero seis metros (21.06 m); del punto nueve al punto diez N, 79º12'56.53"W, con una distancia de cincuenta y dos punto dieciséis metros (52.16 m); del punto diez al punto once N, 03°31’ 56.26"W, con una distancia de cuarenta y ocho punto setenta y uno metros (48.71 m); del punto once al punto cero N 31 º22'22.82" W, con una distancia de treinta punto ochenta y cuatro metros (30.84 m) como también líbrese atento oficio a las oficinas del Programa Nacional de Legalización de Tierras, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, para que se extienda constancia en donde se acredite si existe o no otro expediente en trámite para la obtención de Título Supletorio de Dominio a favor del señor JULIO CESAR LARA MORALES, con Identidad Número 0405-1995- 00057, sobre el inmueble siguiente, inmueble ubicado en el lugar Agua Zarca, San Pedro de Copán, con una área total de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (4,565.46 Mts2); EQUIVALENTES A CERO PUNTO SESENTA Y CINCO CENTÉSIMAS DE MANZANA, (0.65 Mz) con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad de los señores: Medardo Sanabria Chacon y Santos Sanabria Martinez; al SUR, colinda con propiedad de Melvin Antonio Lara Morales; al ESTE, colinda con propiedad del señor Arturo Rojas Peña; al OESTE, colinda con calle de por medio con propiedad de Marco Antonio Paz Mejía; con los puntos y coordenadas siguientes: Del punto cero al punto uno rumbo N, 68º33'08.15"E, con una distancia de veintitrés punto setenta metros (23.70); del punto uno al punto dos rumbo N, 64º39'13.77''E, con una distancia de veintiuno punto cero dos metros (21.02 m); del punto dos al punto tres S, 39º48'20.06" E, con una distancia de siete punto ochenta y uno metros (7.81 m); del punto tres al punto cuatro N, 71º33'54.18"E, con una distancia de tres punto dieciséis metros (3.16 m); del punto cuatro al punto cinco S, 29º25'38.84"E, con una distancia de cuarenta y cuatro punto setenta y ocho metros (44.78 m); del punto cinco al punto seis rumbo S, 09º27'44.36"W, con una distancia de dieciocho punto veinticinco metros (18.25); del punto seis al punto siete rumbo S, 19º39'13.77"W, con una distancia de catorce punto ochenta y siete metros (14.87 m); del punto siete al punto ocho S, 08°07'48.37" W, con una distancia de siete punto cero siete metros (7.07 m); del punto ocho al punto nueve S, 23°01'31.77" E, con una distancia de veintiuno punto cero seis metros (21.06 m); del punto nueve al punto diez N, 79º12'56.53"W, con una distancia de cincuenta y dos punto dieciséis metros (52.16 m); del punto diez al punto once N, 03°31'56.26” W, con una distancia de cuarenta y ocho punto setenta y uno metros (48.71 m); del punto once al punto cero N, 31º22'22.82" W, con una distancia de treinta punto ochenta y cuatro metros (30.84 m). Representa Abg. MARLON ARTURO PEÑA SANABRIA Santa Rosa de Copán, 26 de septiembre del 2025 ABG. RONALD EDGARDO PINEDA GÓMEZ SECRETARIO, POR LEY 26 D. 2025, 26 E. y 26 F. 2026

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que la Abogada ANYELY GABRIELA CARRANZA MENDOZA, quien actúa en Representación Legal de las señoras MIRIAM DE JESUS GARCIA VALLADARES, con DNI N° 0608-1968-00147, CLARA NIMIA GARCIA VALLADARES con DNI N°. 0608-1963-00167 Y LIDIA CONCEPCIÓN GARCIA VALLADARES con DNI N°. 0615-1972-00182, todas mayores de edad, hondureñas con domicilio en la aldea Los Encuentros, municipio San Marcos de Colón, departamento de Choluteca, presentaron a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un Inmueble, ubicado en el caserío: LAS PILAS, aldea: LOS ENCUENTROS, municipio: SAN MARCOS DE COLÓN, departamento; CHOLUTECA, Mapa Final -KD-14. Extensión del predio: 34 HECTÁREAS 60 ÁREAS 78.50 CENTÍAREAS EQUIVALENTE A 49 MANZANAS con 6,365.51 Varas Cuadradas, ubicado en el SITIO: PURÍSIMA CONCEPCIÓN DE COLÓN de Naturaleza Jurídica PRIVADO, con las siguientes COLINDANCIAS: al NORTE, Pedro Joaquín García; al SUR, Angélica Valladares, Cesar Augusto Barahona Oseguera; ESTE, Cesar Augusto Barahona Oseguera; OESTE, Angélica Valladares, Francisca Valladares este inmueble lo adquirió de forma quieta, pacífica, tranquila y no interrumpida, de buena fe por más de treinta años (30) años consecutivos de poseerlo. Choluteca, 18 de noviembre del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 27 E., 27 F. y 27 M. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de septiembre del dos mil veinticinco, compareció ante este Juzgado el Abogado BRICELDA MARIA CRUZ MARTINEZ, en su condición representante procesal de la parte demandante de los ciudadanos OVIDIO EDGARDO ALVARADO AGUILAR, JUAN JOSE GALEAS OLIVERA, NICOLAS GEORGE HANDY KAFATY, GUSTAVO ADOLFO ALVARADO DIDONATO, DAYSI TOMASA CARBAJAL BANEGAS, incoando demanda en materia ordinaria. Con orden de ingreso número 0801- 2025-00709, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE LA SALUD. Se interpone demanda mediante el procedimiento ordinario para que se declare ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución No. 814-2023-SS de fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), notificada en fecha veintidós de octubre del dos mil veinticuatro (2024) y la resolución No. 721-20205-SS de fecha veintitrés (23) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), notificada en fecha veintiuno (21) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), emitidas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de la formalidades esenciales establecidas en la ley.- que se reconozca una situación jurídica individualizada de los titulares de derechos y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las misma, el reconocimiento mediante sentencia firme para que se otorgue a mis representados el pago de los incrementos de salario, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones según la Ley de Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, Incentivo Bienal según Decreto 76-2008 y demás derechos a partir de 01 de enero del 2013 hasta la fecha que se ejecute la sentencia.- Intereses.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Cotejo y devolución de poder. ABG. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 27 E. 2026.

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por la señora MARLEN NOEMI VIDAL GARZA, mayor de edad, casada, ama de casa, hondureña, con domicilio en el municipio de La Unión, departamento de Copán, en tránsito por este, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número (0412-1994-00199), es dueña de un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado Llano de la Mesa, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, constante con un área de TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS (34,861.25 MTS.2), equivalente a CINCO PUNTO CERO CERO MANZANAS (5.00 MZ), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con calle publica; al SUR, colinda con propiedad del señor José Agustín Tabora Pérez; al ESTE, colinda con propiedad de los señores Orbin Armando Portillo Mejía y Juan Manuel Arias; al OESTE, colinda con propiedad del señor Wilmer Ely Santos Miguel.- Extremo que acredita con el documento privado de compraventa fecha catorce (14) de mayo del año dos mil quince (2015), inmueble sobre el cual carece de escritura inscribible al Instituto de la Propiedad y sobre el cual ha estado en posesión quieta, pacífica, tranquila e ininterrumpida, por más de diez años, por tal razón solicita Título Supletorio de Dominio del inmueble antes descrito. Representa Abogada JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ. Santa Rosa de Copán, 09 de enero del 2026. ABG. RONALD EDGARDO PINEDA GOMEZ SECRETARIO, POR LEY DE LO CIVIL 27 E., 27 F. y 27 M. 2026. _____ PODER JUDICIAL AVISO DE HERENCIA La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que este Juzgado en sentencia dictada con fecha primero de septiembre del año dos mil veinticinco, declarando Heredero Ab-Intestato a la señora MARIA FLORIDALMA MOLINA, mayor de edad, soltera por viudez, hondureña y con domicilio en la en el municipio de Santa Fe, departamento de Ocotepeque, y con Documento Nacional de Identificación No.1414- 1957-00074, de todos los bienes, derechos, acciones y obligaciones que a su defunción dejara su esposo el señor JOSE ERNESTO MOLINA.- Y se le conceda la Posesión Efectiva de Herencia sin perjuicio de otros Herederos Ab- Intestato de igual o mejor derecho. Ocotepeque, 19 de enero del 2026. Abg. MARIA DOLORES LEONOR.- SRIA. ADJUNTA.- JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE.- 27 E. 2026. ____ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de enero del dos mil veintiseis, compareció ante este Juzgado el señor OSCAR ORLANDO ANTUNEZ CASTRO en su condición personal incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2025-00923, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD. Por el procedimiento especial en materia de personal se interpone demanda para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública. Dictado con infracción del ordenamiento jurídico con quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación, reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir e indemnizaciones que en derecho corresponda, se acompañan documentos, se confiere poder, condena en costas. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 27 E. 2026.