VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2025-00869 | 8 de diciembre de 2025 | Poder Ejecutivo

Aviso No. 0801-2025-00869 — Aviso de demanda contencioso administrativa en materia de personal contra Instituto de la Propiedad

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Resumen

Este documento publica cuatro avisos legales de Honduras: (1) una demanda laboral de un empleado contra el Instituto de la Propiedad pidiendo reintegro al cargo y pago de salarios adeudados; (2) una licencia de distribuidor otorgada a una empresa de medicinas; (3) una demanda laboral contra el Instituto de Migración por cancelación injusta pidiendo reintegro y beneficios; (4) una solicitud de título de propiedad para un terreno en Choluteca.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de noviembre del dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el señor ELVIN DE JESUS MARTINEZ DURON, incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2025- 00869 contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, demanda contencioso administrativa en materia especial de personal, se solicita reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas, la restitución en mi cargo o a otro de igual categoría y salario, el pago de los salarios dejados de percibir, vacaciones, decimotercer y decimocuarto mes, contados a partir de la fecha de la cancelación y cualquier incremento salarial o beneficio que se aplique a los empleados del Instituto de la Propiedad durante la secuela del juicio, hasta la emisión de sentencia y que esta adquiera el carácter de firme, nivelación salarial retroactiva con respecto a otros empleados que ostentan el cargo de trascriptor, reconocimiento de antigüedad desde la celebración del primer contrato de trabajo se acompañan documentos, se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba, se confiere. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. ABG KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 27 E. 2026 __________ SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO otorgada mediante resolución No 1665-2025 de fecha 08 de diciembre del 2025 y por carta de fecha 07 de mayo de 2025 que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende, la presente LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, NO EXCLUSIVO a la sociedad mercantil DROGUERÍA FARSIMÁN, S. DE R.L. como concesionaria de la empresa concedente LABORATORIOS SIEGFRIED, S.A., de nacionalidad panameña, como DISTRIBUIDOR en forma NO EXCLUSIVA, para comercializar, importar, distribuir, licitar, no implica la cesión de derechos sobre el producto, marca registro o propiedad intelectual relacionada, los cuales continúan siendo propiedad exclusiva de LABORATORIOS SIEGFRIED, S.A., en la República de Honduras, por TIEMPO INDEFINIDO. En virtud que cumple con los requisitos establecidos en la Ley de Representantes, Agentes y Distribuidores de Empresa Nacionales y Extranjeras. NOTIFÍQUESE. (f) y (s) Msc. KARLA NINOSKA PÉREZ. Subsecretaria de Integración Económica y Comercio Exterior, Delegado mediante Acuerdo No. 151-2024 (f) y (s) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Para los fines que el interesado convenga, se le extiende la presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los quince (15) días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 27 E. 2026 LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,045 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de abril del año 2025, comparece la señora KAREN LIZZETH BUESO APLICANO, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2025-00290, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través del INSTITUTO DE MIGRACIÓN, se interpone demanda en materia de personal, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo tácito de carácter particular.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por cancelación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras, al reintegro en el cargo u otro de igual categoría y salario en el Instituto Nacional de Migración (INM), más el pago de los sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de cancelación injusta hasta la fecha que sea reintegrado al cargo, más pago de derecho adquirido, como ser décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, vacaciones que me correspondan; reconozca también los aumentos que se autoricen durante la sustanciación del juicio, se otorgue nivelación salarial.- Que se suma la cuota correspondiente al pago patronal con el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), se anule el Acuerdo de Nombramiento de mi sustituta, con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que el Abogado SAID ANTONIO RODAS MARIN, quien actúa en representación legal del señor EMILIO YANEZ, mayor de edad, hondureño casado con Documento Nacional de Identificación número 1701- 1958-00636, con domicilio en el barrio La Venecia, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble ubicado en la Aldea Naranjal, municipio de Santa Ana de Yusguare, departamento de Choluteca, mapa final JC-14. Extensión del predio: 01 HECTÁREAS 19 ÁREAS 06.08 CENTEARIAS, el predio está ubicado en el SITIO: LAS MINAS O MINITAS de Naturaleza Jurídica Privado. COLINDANCIAS: NORTE, RÍO SAMPILE DE POR MEDIO CON EMILIO YANEZ; SUR, RÍO SAMPILE DE POR MEDIO CON WILFREDO SANCHEZ; ESTE, RÍO SAMPILE DE POR MEDIO CON: EMILIO YANES, BELTRAN MARADIAGA; OESTE, ENCAJONADA DE POR MEDIO CON: FRANCISCO HERNANDEZ, FREDY RODRIGUEZ BETANCOURTH-. Este inmueble lo adquirió de forma quieta, pacífica, tranquila y no interrumpida, de buena fe por más de veinte años (20) años consecutivos de poseerlo. Choluteca , 11 de noviembre del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 16 E, 16 F y 16 M. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 23 de mayo 2025 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el Abogado HOSNY EDAS QUIJADA MADRID, actuando en su condición de representante procesal de las señoras NOLVIA YANETH MARTINEZ ZELAYA Y MARLEN JEOBANY ZELEYA HERNÁNDEZ, incoando demanda contencioso-administrativa en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2024-00885, en contra del Estado de Honduras, a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL, contraída a solicitar. "Demanda de procedimiento especial en materia personal para que se declare la ilegalidad y la consecuente nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, por no estar ajustado conforme a derecho, pues violenta la garantía constitucional del debido proceso, normas especiales y sus reglamentos; que se reconozca la situación jurídica individualizada, para lo cual solicito se adopten las siguientes medidas para su pleno restablecimiento, como ser la restitución al cargo y el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha del despido ilegal e injusto hasta la fecha en que mis representadas sean reinstaladas en su puesto de trabajo; pago de derechos adquiridos adeudados al momento del despido de mi representada; pago de aumentos generales del salario otorgados por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, a sus empleados permanentes incluyendo el puesto de trabajo de mis representadas a partir de la fecha de despido. - Y los aumentos generales de salario otorgados durante el tiempo que dure el juicio.- Se acompañan documento. Esto en relación con los Acuerdos de Cancelación No. 162-24 y 163-24 de fecha cuatro (04) de noviembre del dos mil veinticuatro (2024). ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 16 E. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,039 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO

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