VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2025-00869 | 8 de diciembre de 2025 | Poder Ejecutivo
Aviso No. 0801-2025-00869 — Aviso de demanda contencioso administrativa en materia de personal contra Instituto de la Propiedad
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Resumen
Este documento publica cuatro avisos legales de Honduras: (1) una demanda laboral de un empleado contra el Instituto de la Propiedad pidiendo reintegro al cargo y pago de salarios adeudados; (2) una licencia de distribuidor otorgada a una empresa de medicinas; (3) una demanda laboral contra el Instituto de Migración por cancelación injusta pidiendo reintegro y beneficios; (4) una solicitud de título de propiedad para un terreno en Choluteca.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21)
de noviembre del dos mil veinticinco (2025), compareció a este
Juzgado el señor ELVIN DE JESUS MARTINEZ DURON,
incoando demanda Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento
en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2025-
00869 contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO
DE LA PROPIEDAD, demanda contencioso administrativa
en materia especial de personal, se solicita reconocimiento
de una situación jurídica individualizada y que se adopten las
medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas, la
restitución en mi cargo o a otro de igual categoría y salario, el
pago de los salarios dejados de percibir, vacaciones, decimotercer
y decimocuarto mes, contados a partir de la fecha de la cancelación
y cualquier incremento salarial o beneficio que se aplique a los
empleados del Instituto de la Propiedad durante la secuela del
juicio, hasta la emisión de sentencia y que esta adquiera el carácter
de firme, nivelación salarial retroactiva con respecto a otros
empleados que ostentan el cargo de trascriptor, reconocimiento de
antigüedad desde la celebración del primer contrato de trabajo se
acompañan documentos, se relacionan con claridad los hechos de
la demanda con los medios de prueba, se confiere. Se pide especial
pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada.
ABG KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
27 E. 2026
__________
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO
otorgada mediante resolución No 1665-2025 de fecha 08
de diciembre del 2025 y por carta de fecha 07 de mayo
de 2025 que LITERALMENTE DICE: La Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en
cumplimiento con lo establecido en el artículo 4 de la Ley
de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras extiende, la presente LICENCIA
DE DISTRIBUIDOR, NO EXCLUSIVO a la sociedad
mercantil DROGUERÍA FARSIMÁN, S. DE R.L. como
concesionaria de la empresa concedente LABORATORIOS
SIEGFRIED, S.A., de nacionalidad panameña, como
DISTRIBUIDOR en forma NO EXCLUSIVA, para
comercializar, importar, distribuir, licitar, no implica la cesión
de derechos sobre el producto, marca registro o propiedad
intelectual relacionada, los cuales continúan siendo propiedad
exclusiva de LABORATORIOS SIEGFRIED, S.A., en
la República de Honduras, por TIEMPO INDEFINIDO.
En virtud que cumple con los requisitos establecidos en
la Ley de Representantes, Agentes y Distribuidores de
Empresa Nacionales y Extranjeras. NOTIFÍQUESE. (f)
y (s) Msc. KARLA NINOSKA PÉREZ. Subsecretaria
de Integración Económica y Comercio Exterior, Delegado
mediante Acuerdo No. 151-2024 (f) y (s) JOEL EDUARDO
SALINAS LANZA, Secretario General.
Para los fines que el interesado convenga, se le extiende la
presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, a los quince (15) días del mes de diciembre del año
dos mil veinticinco.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
27 E. 2026
LA EMPRESA NACIONAL
DE ARTES GRÁFICAS
no es responsable del contenido de
las publicaciones, en todos los casos
la misma es fiel con el original que
recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,045
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de abril del
año 2025, comparece la señora KAREN LIZZETH BUESO
APLICANO, interpuso demanda ante este Juzgado con orden
de ingreso No.0801-2025-00290, contra el ESTADO DE
HONDURAS, a través del INSTITUTO DE MIGRACIÓN,
se interpone demanda en materia de personal, para que se
declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo tácito
de carácter particular.- Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada por cancelación injusta e ilegal y como medida
para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras,
al reintegro en el cargo u otro de igual categoría y salario en el
Instituto Nacional de Migración (INM), más el pago de los
sueldos dejados de percibir a partir de la fecha de cancelación
injusta hasta la fecha que sea reintegrado al cargo, más pago de
derecho adquirido, como ser décimo tercer y décimo cuarto mes de
salario, vacaciones que me correspondan; reconozca también los
aumentos que se autoricen durante la sustanciación del juicio, se
otorgue nivelación salarial.- Que se suma la cuota correspondiente
al pago patronal con el Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los
Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), se
anule el Acuerdo de Nombramiento de mi sustituta, con especial
condena en costas.- Se acompañan documentos.- Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
16 E. 2026 _______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE
CHOLUTECA
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para
los efectos de Ley HACE SABER: Que el Abogado SAID
ANTONIO RODAS MARIN, quien actúa en representación
legal del señor EMILIO YANEZ, mayor de edad, hondureño
casado con Documento Nacional de Identificación número 1701-
1958-00636, con domicilio en el barrio La Venecia, municipio de
Choluteca, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado
Solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble ubicado
en la Aldea Naranjal, municipio de Santa Ana de Yusguare,
departamento de Choluteca, mapa final JC-14. Extensión del
predio: 01 HECTÁREAS 19 ÁREAS 06.08 CENTEARIAS,
el predio está ubicado en el SITIO: LAS MINAS O MINITAS
de Naturaleza Jurídica Privado. COLINDANCIAS: NORTE,
RÍO SAMPILE DE POR MEDIO CON EMILIO YANEZ;
SUR, RÍO SAMPILE DE POR MEDIO CON WILFREDO
SANCHEZ; ESTE, RÍO SAMPILE DE POR MEDIO CON:
EMILIO YANES, BELTRAN MARADIAGA; OESTE,
ENCAJONADA DE POR MEDIO CON: FRANCISCO
HERNANDEZ, FREDY RODRIGUEZ BETANCOURTH-.
Este inmueble lo adquirió de forma quieta, pacífica, tranquila y
no interrumpida, de buena fe por más de veinte años (20) años
consecutivos de poseerlo.
Choluteca , 11 de noviembre del año 2025
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
16 E, 16 F y 16 M. 2026 _______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 23 de mayo 2025
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintidós (22)
de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024), compareció
ante este Juzgado el Abogado HOSNY EDAS QUIJADA
MADRID, actuando en su condición de representante procesal
de las señoras NOLVIA YANETH MARTINEZ ZELAYA Y
MARLEN JEOBANY ZELEYA HERNÁNDEZ, incoando
demanda contencioso-administrativa en materia de personal con
orden de ingreso número 0801-2024-00885, en contra del Estado
de Honduras, a través de la AGENCIA HONDUREÑA DE
AERONÁUTICA CIVIL, contraída a solicitar. "Demanda de
procedimiento especial en materia personal para que se declare
la ilegalidad y la consecuente nulidad de un acto administrativo
de carácter particular emitido por la Agencia Hondureña de
Aeronáutica Civil, por no estar ajustado conforme a derecho, pues
violenta la garantía constitucional del debido proceso, normas
especiales y sus reglamentos; que se reconozca la situación
jurídica individualizada, para lo cual solicito se adopten las
siguientes medidas para su pleno restablecimiento, como ser la
restitución al cargo y el pago de los sueldos dejados de percibir
desde la fecha del despido ilegal e injusto hasta la fecha en que
mis representadas sean reinstaladas en su puesto de trabajo; pago
de derechos adquiridos adeudados al momento del despido de mi
representada; pago de aumentos generales del salario otorgados
por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, a sus empleados
permanentes incluyendo el puesto de trabajo de mis representadas
a partir de la fecha de despido. - Y los aumentos generales de salario
otorgados durante el tiempo que dure el juicio.- Se acompañan
documento. Esto en relación con los Acuerdos de Cancelación
No. 162-24 y 163-24 de fecha cuatro (04) de noviembre del dos
mil veinticuatro (2024).
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
16 E. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E E N E R O D E L 2026 N o . 37,039
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
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Decreto 0801-2024-00896 | 2024