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Decreto No. 0801-2024-00841 | 21 de mayo de 2025 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2024-00841 — Aviso de demanda contencioso-administrativa por ALBERTO ANTONIO SALINAS RODRIGUEZ contra Administración Aduanera de Honduras
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Resumen
Estos avisos notifican sobre demandas legales contra el Estado hondureño. Empleados públicos cuestionan su despido ante tribunales especializados, solicitando que se anulen las decisiones, se les reintegre al trabajo y reciban salarios atrasados. También se publica una solicitud de título de propiedad para un terreno en Choluteca.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dos (02)
de junio del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante
este juzgado la señora FLORENCIA NICOLLE MOLINA
MENDEZ, incoando demanda contencioso-administrativa en
Materia Especial de Personal con orden de ingreso número 0801-
2025-00394, en contra del Estado de Honduras, a través de la
SECRETARÍA DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA
LA CORRUPCIÓN, contraída a solicitar. "Se promueve demanda
especial para la nulidad de un Acto Administrativo en materia de
personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación STLCC-SG-
AMP-No.059-2025 de fecha 21 de mayo de 2025 y notificado
en fecha 28 de mayo del año 2025.- Que se anule totalmente el
mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento
jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y
para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a su puesto
de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los
sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta
la fecha en la que se reintegre a su puesto de trabajo, incluyendo
los colaterales consistente en décimo tercer mes en concepto de
aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación
social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones
que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de
cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumentos
salariales que se generen durante su ausencia.- Se relacionan con
claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que
se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita
representación.- Costas".
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
10 O. 2025
__________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17)
de febrero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante
este Juzgado el señor Bryan Noel Contreras Juárez, incoando
demanda vía procedimiento especial de personal, contra el Estado
de Honduras, a través de la Secretaría de Gobernación,
Justicia y Descentralización, con orden de ingreso número 0801-
2025-00105, "Se promueve demanda especial para la nulidad de
un Acto Administrativo en materia de personal, consistente en
el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. 061-2025 de fecha 28
de enero del año 2025.- Que se anule totalmente el mismo por
haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.-
Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su
pleno restablecimiento se condene al reintegro a su puesto de
trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los
sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta
la fecha en que se reintegre a su puesto de trabajo, incluyendo
los colaterales consistentes en el décimo tercer mes en concepto
de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación
social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones
que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de
cancelación hasta la fecha que sea reintegrado.- Aumentos
salariales que se generen durante su ausencia.- Se relacionan con
claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que
se pretenden utilizar.- Se acompañan documentos. Se acredita
representación.- Costas".
ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
10 O. 2025
__________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE
CHOLUTECA
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de
ley HACE SABER: Que el Abogado ERICH ANNDONNIE
BAQUEDANO QUIROZ, quien actúa en representación legal
del señor ALEX SAMUEL HERNANDEZ REYES, mayor de
edad, casado, comerciante, hondureño, con Documento Nacional
de Identificación número 0601-1985-05362 y con domicilio
en la colonia Marcelino Champagnat, del municipio de Santa
Ana de Yusguare, departamento de Choluteca, presentó a este
Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un predio ubicado
en el Caserío SABANA LARGA, Aldea SAN FRANCISCO,
municipio de San Marcos de Colón, departamento de Choluteca,
Mapa Final KD-31 extensión del predio 01 HAS, 33 AS, 00.62
CAS, equivalente a 01 MANZANAS CON 9,076.51 VARAS
CUADRADAS el predio está ubicado en el SITIO: SAN
ANDRES DE LAS LAJAS de Naturaleza Jurídica: PRIVADA
según información digital proporcionado por la Oficina Central
INA Y COLINDANCIAS: NORTE, Deysi Elizabeth Mendoza,
Ramon Arístides Posadas; SUR, Esperanza Vargas, Wilmer
Vargas, calle de por medio con: Norma Estela Mendoza; ESTE,
Orlando Vargas y Pablo Vargas, Esperanza Vargas; OESTE,
Deysi Elizabeth Mendoza. OBSERVACIONES. La naturaleza
jurídica y su respectivo plano, fue determinada y elaborada con la
información presentada por el solicitante. Este predio lo adquirió
de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros
poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo,
el cual fue comprado a las señoras Olga Marina Mendoza Varela
y Silfida Bety Sánchez Mendoza, sin mediar documento alguno.
Choluteca, 12 de junio del año 2025
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
10 O. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 10 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,963
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
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