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Decreto No. 0801-2023-00607 | 29 de noviembre de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2023-00607 — Aviso de demanda por declaración de ilegalidad y nulidad de acto tácito - Karlo Roberto Matute Zablah
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Resumen
Estos avisos notifican demandas contra el Estado hondureño por trabajadores despedidos sin seguir la ley. Los demandantes buscan que se declaren ilegales sus despidos y solicitan ser reintegrados a sus empleos con pago de salarios adeudados, incrementos y beneficios laborales. El juzgado convoca a las entidades demandadas (Cancillería, Gobernación, Aduanas y Ministerio Público) para responder en juicio.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio
del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 29
de noviembre del 2024, compareció a este Juzgado Abogado:
MARIO ENRIQUE MARTÍNEZ FLORES en causa propia, por
la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA
PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los
actos administrativos impugnados consistente en el Acuerdo de
Cancelación por Cesantía No. 530-SRH-2024 de fecha 14 de
noviembre del 2024, emitido por la Secretaría de Estado en los
Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
(SRECI). Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno
restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas
en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo
el orden de ingreso No. 0801-2024-00899. Asimismo, se hace
la advertencia que los legitimados como parte demandada con
arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de
lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán
EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTA
7 O. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,960
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis
(16) de mayo del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante
este Juzgado el señor ALEXIS ABEL CASCO ALVAREZ,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso
número 0801-2024-00388, contra el Estado de Honduras a través
de la SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN JUSTICIA Y
DESCENTRALIZACIÓN, se interpone demanda en materia
de personal para que se declarare la nulidad e ilegalidad del acto
administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo
número 243-2024 de fecha veinticinco de abril del año dos mil
veinticuatro, efectivo y notificado el treinta de abril de dos mil
veinticuatro; emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización, por no ser dictado
conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener
vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades
esenciales establecidas en la Ley. Que se reconozca la situación
jurídica individualizada del titular del derecho que se reclama y
adoptar como medidas necesarias para su pleno restablecimiento,
el reintegro al cargo de Conductor de Automóviles III de la
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia
y Descentralización, o a otro de igual o mejor salario y categoría,
pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación
hasta ser reintegrado al cargo mediante sentencia definitiva
procedente, reconociéndose los respectivos incrementos salariales
que en su caso tuviere el puesto en el transcurso del juicio, más
el pago de los derechos laborales que ocurran durante el proceso
como ser pago de decimotercero y decimocuarto mes de salario,
vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Costas
del juicio. Se acompañan documentos. Se otorga poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
7 O. 2025
___________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco
(25) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024), interpuso
demanda ante este Juzgado la señora Maybelin Paola Bustamante
Ardón, con orden de ingreso número 0801-2024-00737, contra
la Administración Aduanera de Honduras, incoando demanda en
materia de personal para que se declare nulidad e ilegalidad del
acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo
de Cancelación número Aduana de GNGTH-131-2024. De fecha
(4) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024) efectivo y
notificado el cinco (5) de septiembre del año dos mil veinticuatro
(2024), emitido por la Administración Aduanera de Honduras,
por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento
jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las
formalidades esenciales establecidas en la ley que se reconozca
la situación jurídica individualizada de la titular del derecho que
se reclama y adoptar como medidas necesarias para su pleno
restablecimiento el reintegro al cargo de Oficial Administrativo II,
o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados
de percibir desde la fecha de cancelación hasta ser reintegrado
al cargo mediante sentencia procedente reconociéndose los
respectivos incrementos salariales en su caso tuviere el puesto
en el transcurso del juicio, más el pago de los derechos laborales
que ocurran durante el proceso como ser pago de decimotercero
y decimocuarto mes de salarios, vacaciones y bonificaciones
por concepto de vacaciones.- Costas del juicio.- Se acompañan
documentos.- Se otorga poder.- Va en relación al Acuerdo de
Cancelación No. ADUANAS-DE-GNGTH-131-2024, de fecha
04 de septiembre del año dos mil 2024.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
7 O. 2025
__________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo; en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de
enero del año dos mil veinticinco (2025), interpuso demanda ante
este Juzgado el Abogado HASAN NASRI HIRMAS apoderado-
legal del señor YONI BAYRON PONCE con orden de ingreso
número 0801-2025-00008, contra el Estado de Honduras a
través del Ministerio Público, incoando demanda especial en
materia de personal para la declaración de nulidad de un acto
administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo
de Cancelación FGR/JAZ-NO.57-2024 de fecha 5 de febrero
del 2024.- Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y como medida para restablecerla, que se condene
al Ministerio Público (MP) al reintegro de mi cliente a su cargo
en iguales o mejores condiciones a las que ostenta y al pago
de salarios dejados de percibir desde la fecha de emisión del
ilegal Acuerdo de Cancelación hasta la fecha en que se ejecute
la sentencia definitiva.- Asimismo, se pide el reconocimiento de
derechos y beneficios que se hayan generado a favor de mi cliente
durante la secuela del juicio, entre ellos los aumentos salariales y
la nulidad del nombramiento de cualquier sustituto que a la fecha
del reintegro se encuentre ocupando el puesto que le corresponde a
mi cliente .- Se denuncia notificación defectuosa.- Se acompañan
documentos .-Poder .- Se solicita especial condena en costa.-
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
7 O. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,960
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZÁN
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