VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2021-00460 | 24 de noviembre de 2021 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2021-00460 — Demanda de declaración de ilegalidad y nulidad de Resoluciones RR-SG-003-2021 y RI-SG-003-2021

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Resumen

Este aviso notifica que DICONCO S. DE R.L. demandó al Estado para anular dos resoluciones administrativas de 2021 que afectaron sus derechos como contratista. La empresa reclama que se reconozca su derecho a rescisión sin responsabilidad por fuerza mayor, se paguen costos adicionales y se devuelvan retenciones de un contrato de ejecución.

Texto completo

A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de noviembre del 2021, compareció a este Juzgado por por el Abogado CARLOS ENRIQUE GOMEZ BURGOS, en su condición de representante procesal de la Sociedad Mercantil de denominada DICONCO S. DE R.L., por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad de los Actos Administrativos impugnados consistentes en el RESOLUCIÓN No. RR-SG-003-2021 de fecha 17 de septiembre del 2021 y la RESOLUCIÓN No. RI-SG-003-2021 de fecha 24 de marzo del 2021, emitido por la Desarrollo Comunitario, Aguas y Saneamiento y Contra el Fondo Hondureño de Inversión Social (SEDECOAS-FHIS). Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas de que se declare la resolución o recisión de contrato sin responsabilidad del contratista por causas de fuerza mayor, se reconozcan sus derechos como contratista y el reconocimiento de mayores costos por cláusula escalatoria de la cancelación de valores contractuales pendientes de pago equivalente a costos administrativos por ampliación de tiempo, devolución de retenciones y utilidades dejadas de percibir del contrato de ejecución; contra el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2021-00460. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 22 O. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 23 D E O C T U BRE D E L 2024 N o . 36,670 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la Abogada LESBY IVETH ANDURAY CRUZ, mayor de edad, soltera, hondureña, Abogada, miembro inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras, bajo número 30602, con celular número 3339-5272, actuando en su condición de Representante Procesal de la señora SANTOS PRISILA OSORIO MARTINEZ, mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña, con Identidad número 0603-1975- 00506, con domicilio en la aldea Los Horcones; municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un predio, ubicado en el Caserío Los Horcones aldea La Veta, municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, MAPA FINAL KC-31; extensión del predio 06 HAS, 47 AS, 31.47 CAS, Naturaleza Jurídica SITIO LOS TEJARES/PRIVADO, COLINDANCIAS: NORTE, JORGE AGUILAR, CALLE DE POR MEDIO CON CASERÍO LOS HORCONES; AL SUR, QUINTIN MARTINEZ, NORMAN LOPEZ; ESTE, JORGE AGUILAR, POLICARPO GARCIA; OESTE, TANQUE COMUNITARIO HEREDEROS DE LUCILO AGUILAR, WILBER LOPEZ, QUINTIN MARTINEZ, CEMENTERIO COMUNAL, CASERIO LOS HORCONES, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta, pacífica y no interrumpida, por más de veinte años no existiendo otros poseedores pro-indivisos. Choluteca, 02 de agosto del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 23 A., 23 S. y 23 O. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50), de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha veintitrés de julio del año dos mil veinticuatro, la señora Cinthia Lizeth Villanueva Herrera, interpone demanda con número de Correlativo 0501-2024-00100-LAO.- Y número asignado en el tribunal 101-2024.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.- Dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la notificación de cancelación Nº029-2024, de fecha dieciséis de julio del año dos mil veinticuatro, Cinthia Lizeth Villanueva Herrera, emitido por el Instituto Nacional de Migración, dependencia de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación Justicia y Descentralización, por no ser conforme a derecho, reconocimiento de una situación jurídica individualizada, que se ordene el reintegro y el pago de salarios dejados de percibir, así como otros aumentos y beneficios que reciban los demás Servidores Públicos en anuencia de la parte demandate.- COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, 14 de octubre del año 2024 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 23 O. 2024 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.

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