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Decreto No. 0501-2024-00115 | 22 de marzo de 2022 | Poder Judicial
Aviso No. 0501-2024-00115 — Demanda de nulidad de Acuerdos Administrativos - Dilma Xiomara Mendoza Castañeda, Carlos Alberto Cabrera Orellana y Josué Antonio Cabrera Núñez
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Resumen
Este aviso publica demandas presentadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo para anular decisiones del gobierno (despidos, cancelaciones de beneficios). Los demandantes, principalmente empleados públicos, solicitan ser reinstalados en sus trabajos y recibir los salarios y derechos que dejaron de percibir. El tribunal notifica públicamente estos casos para que las autoridades estatales demandadas comparezcan a defenderse.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho
(28) de abril del dos mil veintidós (2024), compareció ante este
Juzgado el señor EDUIN REYNERIO MENCIA CASTRO,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso
número 0801-2022-00303 contra el Estado de Honduras, a
través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE
TERRESTRE (IHTT), demanda en materia de personal en contra
del Estado de Terrestre (IHTT) adscrito a la Secretaría de Estado
en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) para la
nulidad de la acción de personal Nº 508 de fecha 22 de marzo de
2022, al ser el Acto Administrativo de carácter particular mediante
el cual se da por finalizada la relación jurídica de empleo. Que se
reconozca la situacion jurídica individualizada por la separación
inconstitucional e incausada del cargo de seguridad comisionado
y como medida para el restablecimiento de la situación se ordene
mediante sentencia definitiva el reintegro a mi puesto de o y el
pago de todas las indeminizaciones legales y convencionales
correspondientes. - Indefensión y notificación de defectuosa. -
Impugnación indirecta de Acto Administrativo de caracter general.
- Se acompaña documentos. - Costas del juicio. - Poder.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
17 O. 2024 ___________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de mayo del
año 2023, comparece el señor Edson Ahmed Cruz Castro, interpuso
demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-
00611, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría
de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales, se interpone
demanda contenciosa administrativa en materia especial de
personal.- Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se
pide el reintegro, salario dejados de percibir desde la cancelación
hasta su reinstalación al puesto de trabajo del cual se despidió.-
Reconocimiento de los respectivos incrementos salariales más
los derechos laborales conexos.- Poder.- Condena en costas.- Se
acompañan documentos; en relación al Acuerdo de Cancelación
No. 34-C-2023 de fecha 26 de abril del año 2023.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
17 O. 2024
___________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 26 de agosto del 2024, por el ciudadano
SANTOS ANIBAL GONZALES INESTROZA, en su
condición personal, para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO
ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad
de los Actos Administrativos impugnados consistentes en la
Resolución SDN No. 212-2024 de fecha 14 de agosto del
2023, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho
de Defensa Nacional; reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se adopte cuantas medidas sean necesarias para el pago del
complemento de auxilio de cesantía, más los intereses y
daños y perjuicios ocasionados a la parte demandante. Contra
el Estado de Honduras, a través de la Procuraduría General
de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo
el orden de ingreso, quedando registrada en esta Judicatura
bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00648. Asimismo,
se hace la advertencia que los legitimados como parte
demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la
Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la
presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
17 O. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2024 N o . 36,667
PODER JUDICIAL
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria Juzgado de Letras de
Ocotepeque, al público en general y para efectos
de Ley.- HACE CONSTAR: Que la señora ROSA
ELENA TOBIAS GARCIA.- Ha solicitado Título
Supletorio del Inmueble siguientes.- Un Lote de
Terreno, admítase el escrito que antecede, librése
atenta comunicación al señor Director de Regulación
Predial del Instituto de la Propiedad de la ciudad
de Tegucigalpa, Distrito Central, para que dicho
funcionario por su digno informe a este tribunal con
el fin que certifique la Naturaleza Jurídica de los
lotes de terreno, que se describen a continuación:
1.-) Un Inmueble ubicado en la aldea San Luis,
en el municipio de San Marcos Ocotepeque,
departamento de Ocotepeque, con una área total
de CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO
SETENTA Y SIETE PUNTO VEINTIOCHO
METROS CUADRADOS (54,177.28 Mts2) con las
colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con
las propiedades de los señores Santiago Escalante
Melgar y Jorge Alberto Melgar Ramos; AL SUR,
colinda con la propiedad del señor Juan Ramón
Avelar Alcántara, calle pública de por medio con
la propiedad del señor Donaldo Avelar Alcántara
y con cementerio municipal; AL ESTE, colinda
con la propiedad del señor Armando Pineda, calle
pública de por medio y con propiedad del señor
Jorge Alberto Melgar Ramos; y, AL OESTE,
colinda con calle de por medio y propiedades de los
señores Ada Alicia Tobías Castro, Paulina Cardoza
Tobías, Eva Yolanda García Tobías y Roberto
Carlos Márquez García. 2.-) Un Inmueble ubicada
en la aldea de San Luis, municipio de San Marcos,
departamento de Ocotepeque, con una área total de
MIL CUATROCIENTOS TREINTA PUNTO DIEZ
METROS CUADRADOS (1,430.10 Mts2); con
las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda
con la propiedad del señor Cruz Tobías; AL SUR,
colinda con las propiedades del señor Cruz Tobías;
AL SUR, colinda con la propiedad del señor Elmer
Adilson Tobías Melgar, calle pública de por medio;
AL ESTE, colinda con propiedad del señor Cruz
Tobías; AL OESTE, colinda con la propiedad del
señor Marco Antonio Melgar, dicho terreno lo
ha poseido por más de 20 años en forma quieta y
pacífica.- Representante Legal, Abogada VILMA
ARACELY AYALA BATRES.
Ocotepeque, 14 de agosto del año 2024
ABG. MARIA DOLORES LEONOR.-
SRIA ADJUNTA
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL
DE OCOTEPEQUE
18 S., 18 O y 18 N. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 18 D E O C T U BRE D E L 2024 N o . 36,667
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha diecinueve (19) de agosto de dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado la Abogada CINTHIA
CONSUELO CRUZ FIGUEROA, quien actúa en su
condición de representante procesal del señor RICARDO
KAFIE DOKSI, interponiendo demanda en materia ordinaria
con orden de ingreso 0801-2024-00625, contra el Estado
de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO
EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que se declare la
nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de
la administración pública, consistente en un acto presunto
por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado
en el Despacho de Salud (SESAL), al no resolver dentro del
plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos e
incentivos de salario y pago del complemento de bonificación
concedida según el artículo 46 y 47 del Estatuto del Médico
Empleado, se reconozca la situación jurídica individualizada
y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento
del derecho subjetivo vulnerado, se reconozca mediante
sentencia el pago de los incrementos de salario y reajuste al
mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico
Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento
del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como
incentivo de salario bienal del 3.5%, decimotercer mes,
decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás
derechos a partir del 1 de enero del 2013 al 2016 y una vez
reajustado el salario se apliquen las disposiciones contenidas
en el artículo 120 reformado del Código de Trabajo, en
consecuencia con lo que manda el artículo 8, numeral 5
de la Ley del Médico Empleado para efectos de cálculo y
pago del complemento de la bonificación, se solicita a este
Tribunal que la presente demanda se trámite de acuerdo lo
dispuesto a las reglas de Brasilia número 3 de la Cumbre
Iberoamericana Sobre Acceso a la Justicia, de personas en
condición de vulnerabilidad, intereses, costas, documentos,
habilitación de días y horas inhábiles, poder.
ABG. HAMELIN FANUEL AVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
18 O. 2024
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Decreto 0501-2024-00160-LAP | 2024