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9 de septiembre de 2024 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de Título Supletorio de María Virginia Alvarado Erazo en Santa Rosa de Copán
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Resumen
Este aviso publica dos solicitudes de Título Supletorio presentadas ante el Juzgado de Santa Rosa de Copán. María Virginia Alvarado Erazo y José Armando Cardoza Paz solicitan que se reconozca oficialmente su propiedad sobre terrenos que poseen pacíficamente desde hace más de 15 años, teniendo solo documentos privados de compraventa. El Juzgado notifica públicamente para que propietarios vecinos o interesados presenten objeciones si las tienen.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en
la solicitud de Título Supletorio promovida por la señora
MARIA VIRGINIA ALVARADO ERAZO, quien es mayor
de edad, soltera, ama de casa, hondureña, con domicilio
en la comunidad de El Zapote, municipio de San Pedro,
departamento de Copán, con DNI número: 0420-1967-0006l,
es dueño de un lote de terreno en ubicado en El Zapote,
jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento
de Copán, este terreno cumple con una superficie total de
CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PUNTO
CERO SIETE METROS CUADRADOS (4,152.07 m2)
equivalentes a CERO PUNTO SESENTA MANZANAS
(0.60 Mz) o CERO PUNTO CUARENTA Y DOS
HECTÁREAS (0.42 has), dicho inmueble cuenta con las
equivalencias y colindancias siguientes: principiando en: del
punto Cero al punto Uno (0-1) con rumbo Norte se midieron
ochenta y siete grados, treinta y seis minutos, cincuenta punto
sesenta segundos al Este (N 87°36'50.60'' E), colindando
con calle de por medio la cual conduce a la comunidad de
Yaunera, San Pedro de Copán y con la propiedad del señor
Roque Paz Paz, teniendo una distancia de veintiséis punto 70
sesenta y dos metros (26.62 m); del punto Uno al punto Dos
(1-2) se midieron en rumbo Sur sesenta y cinco grados, trece
minutos, veintinueve punto cuarenta y nueve segundos Este
(S 65°13'29.49? E), colindando con calle de por medio, misma
que conduce a la comunidad de Yaunera San Pedro de Copán
y con la propiedad del señor Roque Paz Paz, obteniendo una
distancia de dieciséis punto noventa y seis metros (16.96 m);
del punto Dos al punto Tres (2-3) se midieron en rumbo Sur
cincuenta y cinco grados, cincuenta minutos, veinticinco
punto diez segundos al Este ($ 55°50°25.10° B), colindando
con la calle de por medio que conduce a la comunidad de
Yaunera, San Pedro de Copán y propiedad del señor Roque
Paz Paz, teniendo una distancia de treinta y tres punto
ochenta y cuatro metros (33.84 m); del punto Tres al punto
Cuatro (3-4) se midieron rumbo Sur treinta y dos grados,
veintiocho minutos, dieciséis punto veintinueve segundos al
Oeste (S 32º28'16.29 W), colindando con la propiedad del
señor Walter Francisco Contreras Alvarado, obteniendo una
distancia de treinta y nueve punto doce metros (39.12 m);
del punto Cuatro al punto Cinco (4-5) se midieron rumbo
Norte setenta y seis grados, cero cinco minutos, cincuenta
punto treinta y tres segundos al Oeste (N 76º05 50.33º W),
colindando con la propiedad del señor Walter Francisco
Contreras Alvarado, teniendo una distancia de ciento cuatro
punto cero cinco metros (104.05 m); del punto Cinco al
punto Cero (5-0) (donde se inició la relación de medidas), se
midieron rumbo Norte cincuenta y siete grados, treinta y seis
minutos, cero cero punto cincuenta y ocho segundos al Este
(N 57036º00.58 E), colindando con la propiedad de la señora
Teodolinda Chacón Landaverde, teniendo una distancia de
sesenta y uno punto cincuenta y nueve metros (61.59 m).
Extremo que acredito con el documento privado de compra
venta del mismo inmueble, siendo el motivo por el cual este
terreno no ha sido inscrito en el registro correspondiente;
propiedad mediante la cual he estado en posesión quieta,
pacífica, tranquila, no interrumpida, de buena fe y por un
tiempo de quince años, por tal razón solicita Título Supletorio
de Dominio del lote descrito.
Santa Rosa de Copán, 09 de septiembre del 2024.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
11 O., 11 N. y 11 D. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E O C T U BRE D E L 2024 N o . 36,662
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE SANTA ROSA DE COPÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la
solicitud de Título Supletorio, promovida por el señor JOSE
ARMANDO CARDOZA PAZ, quien es mayor de edad,
casado, agricultor, hondureño, con domicilio en la comunidad
de Boca del Monte, municipio de San Pedro, departamento de
Copán, con DNI número: 0420-1974-00095, es dueño de un
lote de terreno ubicado en Yaunera, jurisdicción del municipio
de San Pedro, departamento de Copán, tiene una superficie
total de OCHO MIL SETECIENTOS QUINCE PUNTO
TREINTA Y UNO METROS CUADRADOS (8,715.31
M2) equivalentes a UNO PUNTO VEINTICINCO
MANZANAS (1.25 Mz) o CERO PUNTO OCHENTA Y
SIETE HECTÁREAS (0.87 has), dicho inmueble cuenta
con las equivalencias y colindancias siguientes: principiando
en: del punto cero al punto uno (0-1), con rumbo Norte, se
midieron sesenta grados, diecinueve minutos, diecisiete
punto cuarenta y cuatro segundos al Este (N60°19'17.44" E),
colindando con la propiedad de la señora Lidia Suyapa
Cardoza Paz, teniendo ro una distancia de sesenta y siete
punto cero cuatro metros (67.04 M); del punto uno al punto
Los (1-2), se midieron en rumbo Norte, sesenta y siete
grados, cero nueve minutos, cincuenta y ocho punto ochenta
y cuatro segundos Este (N67°09°58.84" E) colindando con
la propiedad de la 9D 9i señora Lidia Suyapa Cardoza Paz,
obteniendo una distancia de veinte punto sesenta y dos metros
(20.62 M); del punto dos al punto tres (2-3), se midieron en
rumbo Norte, ochenta grados, treinta y dos minutos, quince
punto sesenta y cuatro segundos al Este (N 80°32°15.64" E)
colindando con la propiedad de la señora Lidia Suyapa
Cardoza Paz, teniendo una distancia de doce punto diecisiete
metros (12.17 M); del punto tres al punto cuatro (3-4), se
midieron rumbo Norte, cincuenta grados, treinta y siete
minutos, cincuenta punto cuarenta y seis segundos al Este
(N 50°37 50.46"E) colindando con la propiedad de la señora
Lidia Suyapa Cardoza Paz, obteniendo una distancia de
cincuenta punto cuarenta y cinco metros (50.45 M); del
punto cuatro al punto cinco (4-5), se midieron rumbo Sur,
dieciséis grados, cuarenta y uno minutos, cincuenta y siete
punto veintiocho segundos al Este (S 16°41'57.28" E),
colindando con la propiedad del señor Hugo Francisco
Alvarado Mejía, teniendo una distancia de treinta y uno
punto treinta y dos metros (31.32 M); del punto cinco al punto
seis (5-6), se midieron rumbo Sur, treinta y nueve grados,
cero cinco minutos, treinta y siete punto ochenta y nueve
segundos al Oeste (S 39°05"37.89 W), colindando con la
propiedad del señor Jesús Hernán Lemus Ramírez, teniendo
una distancia de veinte punto sesenta y dos metros (20.62 M);
del punto seis al punto siete (6-7), se midieron rumbo Sur,
cincuenta y tres grados, cero siete minutos, cuarenta y ocho
punto treinta y siete segundos al Oeste (S 53°07°48.37"W),
colindando con la propiedad del señor Jesús Hernán Lemus
Ramírez, teniendo una distancia de treinta y cinco punto
cero cero metros (35.00 M); del punto siete al punto ocho
(7-8), se midieron rumbo Sur, treinta y seis grados, veintitrés
minutos, cero tres punto sesenta y siete segundos al Este
(S 36°23'03.67"E), colindando con la propiedad del señor
Jesús Hernán Lemus Ramírez, teniendo una distancia de
veintitrés punto sesenta metros (23.60 M); del punto ocho
al punto nueve (8-9), se midieron rumbo Sur, treinta y seis
grados, cincuenta y dos minutos, once punto sesenta y tres
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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segundos al Oeste (S 36°52?11.63"W), colindando con calle
de por medio y con las propiedades de los señores José
Orlando Cardoza Aguirre y María Mariana Cardoza Moreno,
teniendo una distancia de cuarenta punto cero cero metros
(40.00 M); del punto nueve al punto diez (9-10), se midieron
rumbo Sur, cincuenta y tres grados, veintiún minutos,
catorce punto sesenta segundos al Oeste ($ 53°21?14.60?W),
colindando con calle de por medio y con las propiedades de
los señores José Orlando Cardoza Aguirre y María Mariana
Cardoza Moreno, teniendo una distancia de cincuenta
punto cero cero metros (50.00 M); del punto diez al punto
cero (10-0), (donde se inició la relación de las medidas) se
midieron rumbo Norte, treinta y dos grados, veinticuatro
minutos, cincuenta y uno punto cero siete segundos al Oeste
(N 32°24351.07 W), colindando con propiedad perteneciente
a mi persona, José Armando Cardoza Paz; teniendo una
distancia de ochenta y seis punto cero seis metros (86.06 M)
extremo que acredito con el documento privado de compra
venta del mismo inmueble, siendo el motivo por el cual este
terreno no ha sido inscrito en el registro correspondiente;
propiedad mediante la cual he estado en posesión quieta,
pacífica, tranquila, no interrumpida y de buena fe, por tal
razón solicita Título Supletorio de Dominio del lote descrito.
Santa Rosa de Copán, 09 de septiembre del 2024.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
11 O., 11 N., 11 D,. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha dos de agosto del 2024, compareció a este
juzgado el Abogado Guillermo Samir Peña Jiménez en
su condición de representante procesal de la ciudadana
Mayra Lourdes Hernández García, POR LA VÍA DEL
PROCEDIMIENTO PERSONAL para la declaración
de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado
consistente en el Acuerdo número 2721-2024 de fecha 26
de junio del 2024, emitido por actuaciones de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud. Que se reconozca una
situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten
las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de
la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden
de ingreso No. 0801-2024-00547. Asimismo, se hace la
advertencia que los legitimados como parte demandada con
arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se
entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
11 O. 2024
_______
LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES
GRÁFICAS
no es responsable del contenido de
las publicaciones, en todos los casos la
misma es fiel con el original que
recibimos para el propósit
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La G aceta
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PODER JUDICIAL
AVISO
Exp. 0501-2024-01636-LCV
Leyes relacionadas
Aviso — Aviso Juzgado de Letras Contencioso Administrativo - Demanda de Gustavo Adolfo Dubón Banegas
Un trabajador demanda al Instituto Hondureño de Transporte Terrestre ante los tribunales para anular su despido. Busca ser reintegrado a su puesto con salarios adeudados, prestaciones y beneficios desde diciembre de 2023, además del pago de costas del juicio.
Decreto | 2024
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Un juzgado anuncia una demanda contra la Secretaría de Derechos Humanos presentada por tres empleados que reclaman igualdad salarial por igual trabajo, pago retroactivo desde su reclamo inicial, y prestaciones laborales pendientes (decimotercero, decimocuarto y vacaciones), argumentando que la Secretaría violó sus derechos al no responder su solicitud.
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Decreto | 2021
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Una empresa (INVEMA) demanda al Servicio de Administración de Rentas (SAR) para anular decisiones fiscales que le retuvieron impuestos sobre la renta de sus trabajadores recolectores de basura, argumentando que esas retenciones son ilegales. La demanda busca que se declare la ilegalidad de las resoluciones y se devuelva lo cobrado indebidamente.
Decreto | 2020