VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 101-2024 | Poder Judicial

Aviso No. 101-2024 — Demanda de nulidad de notificación de cancelación del Instituto Nacional de Migración

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este aviso publica dos demandas judiciales donde trabajadores (Raúl Ernesto Molina Mejía y Diony Marissol Bonilla Tobar) reclaman que se anulen sus despidos de entidades públicas por considerarlos ilegales e injustificados. Buscan ser reinstalados en sus puestos, recibir salarios atrasados, bonificaciones y otros derechos laborales que les corresponden desde su despido.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta de agosto del año dos mil veinticuatro, el señor Raúl Ernesto Molina Mejía.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2024-00122-LAO.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgo y Contingencias (COPECO).- Dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación No.241-C-2024 de fecha catorce de agosto del año dos mil veinticuatro Raúl Ernesto Molina Mejía, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO) por no ser conforme a derecho, infracción del ordenamiento jurídico por estar dictado con quebrantamiento de forma y exceso de poder; notificación defectuosa que se le reconozca una situación jurídica individualizada por haber sido separada ilegal e injustificadamente se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro en iguales o mejores condiciones reconocimiento de aumentos salariales bonificaciones y demás derechos que se produzcan y ocurran posteriores a la ilegítima cesantía, a título de daños y perjuicios, los salarios dejados de percibir y demás derechos como ser vacaciones causadas y proporcionales ajustes y pagos dobles, décimo tercer, décimo cuarto meses, a partir de la fecha de la entrega de Acuerdo de Cesantía- lo que constituyó notificación defectuosa.- Hasta que conforme a las normas procesales queden firme los fallos de reconocimiento de antigüedad laboral.- Se ordene e implementar medidas necesarias para el cumplimiento de la sentencia.- COSTAS. San Pedro Sula, Cortés, doce de septiembre del año dos mil veinticuatro. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 8 O. 2024 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno de agosto del año dos mil veinticuatro, la señora Diony Marissol Bonilla Tobar.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2024-00104 -LAO.- Y número asignado por el Juzgado 105-2024-S.P.S.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Administración Aduanera de Honduras, para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación Nº. ADUANAS-DE-GNTH-095-2024, emitida por la Administración Aduanera de Honduras en fecha dieciséis de julio del año dos mil veinticuatro (2024) por no ser conforme a derecho, infracción del ordenamiento jurídico por estar dictado con quebrantamiento de forma y exceso de poder, notificación defectuosa, se reconozca una situación jurídica individualizada por haber sido separada ilegal e injustificadamente se adopte las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, el reintegro en iguales o mejores condiciones, reconocimiento de aumentos salariales, bonificaciones y demás derechos que se produzcan y ocurran posteriores al ilegítimo despido, a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir y demás derechos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones causadas, vacaciones proporcionales conforme antigüedad y los ajustes a partir de la fechas de la entrega de acuerdo de despido hasta que conforme a las normas procesales quede firme el fallo. San Pedro Sula, Cortés, doce de septiembre del año dos mil veinticuatro Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 8 O. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E O C T U BRE D E L 2024 N o . 36,660 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA

Leyes relacionadas

Aviso No. EXP-0501-2024-03612-LCV — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor - MIRNA MARIA MARMOL YANEZ y LUIS MANUEL ORELLANA GONZALES
Este aviso judicial cancela y reemplaza títulos de acciones (certificados de propiedad) de Mirna María Mármol Yáñez y Luis Manuel Orellana González. Afecta a estos dos ciudadanos que solicitaron a través de su abogado actualizar sus 17 títulos de acciones (640 y 2,101 acciones respectivamente) siguiendo las normas del Código de Comercio.
Decreto EXP-0501-2024-03612-LCV | 2024
Resolución Judicial No. 0801-2024-07801-CV — Aviso de sentencia de declaratoria de herencia ab-intestato
Este documento contiene varios avisos judiciales: una sentencia que declara herederas a dos mujeres de los bienes de su madre fallecida; dos demandas de empleados contra el Estado pidiendo que se anule su despido y reciban sus salarios adeudados; una solicitud para cancelar y reponer un certificado de depósito bancario extraviado; y una demanda contra el gobierno para anular una multa administrativa. Estos avisos se publican para que personas interesadas conozcan los procedimientos legales en curso.
Decreto 0801-2024-07801-CV | 2025
Aviso No. 2023-3854 — Solicitud de registro de marca de fábrica Crasti Iclos
Este aviso aprueba el registro de la marca «Crasti Iclos» de la empresa MEGA LABS S.A. para medicamentos respiratorios e hipertensión pulmonar. La marca está protegida como un conjunto único con colores y tipografía específicos, permitiendo a la empresa usar esta identificación exclusivamente en sus productos de clase 5.
Decreto 2023-3854 | 2026
Aviso No. 0501-2023-03760-LCV — Aviso de Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor
Estos avisos publicados por juzgados hondureños informan al público sobre solicitudes de cancelación y reposición de títulos valores (certificados bancarios, bonos y acciones) que se han perdido o extraviado. Los propietarios solicitan a través de sus abogados que los juzgados cancelen los documentos originales y emitan nuevos en su lugar para proteger sus derechos.
Decreto 0501-2023-03760-LCV | 2024
Aviso No. 0801-2022-01801 — Demanda contencioso administrativa - Anulación de acto administrativo de personal del INM
Este aviso publica una demanda judicial donde un empleado del Instituto Nacional de Migración (INM) reclama que su despido fue ilegal e injusto, y solicita al juzgado que anule la decisión y lo reintegre a su puesto con pago de salarios atrasados. El documento también incluye avisos sobre cancelación de documentos financieros en juzgados civiles.
Decreto 0801-2022-01801 | 2024