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9 de febrero de 2024Vigente

Aviso No. 0801-2023-01120 — Demanda de nulidad de Acuerdo de Cancelación 649-2023 - Gobernación, Justicia y Descentralización

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2023-01120
  • Publicación: 9 de febrero de 2024
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una empleada pública demanda al Estado por su cancelación ilegal, pidiendo que se declare nula la decisión. Solicita ser reintegrada a su puesto de trabajo y recibir compensación por los salarios no pagados desde su despido. Este aviso notifica públicamente sobre el proceso judicial que inició el 18 de octubre de 2023.

Texto completo

Que en fecha 18 de octubre del año 2023 comparece la Sussan Isabel Castellanos Paz, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-01120, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, incoando demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos solicito que se me reintegre a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y la indemnización de los daños y perjuicios consistente en el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación hasta que se cumpla con el reintegro ordenado.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder; en relación al Acuerdo de Cancelación No.649- 2023 de fecha 09 de octubre del año 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 13 D. 2023 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: