VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 0801-2022-00025 | 17 de mayo de 2019 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2022-00025 — Aviso de Demanda Fiscal Administrativa - Refinería Texaco de Honduras contra Servicio de Administración de Rentas

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Resumen

Este aviso notifica una demanda legal que Farmacéutica Internacional presentó contra el Estado de Honduras (Secretaría de Salud) para anular una multa impuesta en 2019, argumentando que la sanción ya prescribió y se aplicó sin seguir la ley. La empresa pide que se declare nula la multa y sus sanciones adicionales, o que se aplique según el contrato existente entre las partes.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Fiscal Adminis- trativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 01 de febrero del año 2022, comparece el Abogado MAX RICARDO SALGADO LAGOS, representante procesal de la sociedad mercantil denominada FARMACEUTICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00003 Fiscal, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incoando demanda de procedimiento especial en materia tributaria o impositiva de nulidad de un acto administrativo de carácter particular contenido en la resolución No. 73-2019-ss de fecha 17 de mayo del 2019 emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Salud Pública (SESAL), por no ser conforme a derecho el referido acto ya que fue dictado con infracción del ordenamiento jurídico. Reconocimiento de situación jurídica individualizada a efecto una de declarar que ha operado la prescripción de acción y como consecuencia inaplicar la multa impuesta. Que no se apliquen sanciones accesorias a la multa por encontrarse prescrita también dicha acción. Y como pretensión alternativa, sin tratar de aceptar la procedencia de la imposición de la multa por los motivos de nulidad expuestos, se proceda conforme a los parámetros que establece la cláusula decimoquinta del contrato tal como lo dispuso la Gerencia Administrativa de SESAL mediante oficio No.1148-2012- GASS de fecha 02 de octubre del 2012. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 4 D. 2023 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE REPOSICION Y CANCELACION DE TITULO VALOR

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