VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 0801-2021-00054 | 9 de octubre de 2020

Aviso No. 0801-2021-00054 — Aviso de Demanda en Materia Contencioso Administrativa - Jose Francisco Perdomo Rodriguez

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Resumen

José Francisco Perdomo Rodriguez demanda al Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad para que se declare nula su cancelación como Subcomisionado de Policía, alegando que fue despedido ilegalmente sin cumplir procedimientos legales. Solicita ser reintegrado al cargo con el pago de todos los salarios no percibidos, incrementos salariales y prestaciones laborales adeudadas desde su despido en octubre de 2020.

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce (12) de enero del dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado el Abogado MARCOS ANTONIO PALACIOS CASTRO, quien delega poder en el Abogado LEE ANTONIO RAMIREZ, en su condición de Apoderados Legales del señor JOSE FRANCISCO PERDOMO RODRIGUEZ, incoando demanda vía procedimiento en Materia de Personal con orden de ingreso número 0801-2021-00054, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho al infringir el ordenamiento juridico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca una situación juridica individualizada de titular de derechos reclamados y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de éstos, el cargo de Subcomisionado de Policía; reintegro, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación arbitraria hasta el reintegro al cargo mediante sentencia condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelada por despido ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones concepto de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio. Habilitación de días y horas inhábiles para cualquier actuación judicial. Se acompañan documentos. Poder. En relación al Acuerdo de cancelación No. SEDS-SG-2876-2020 de fecha 09 de octubre de 2020. ABG. GERARDO CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 29 J. 2021 _________

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