VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2020-00035 | 16 de diciembre de 2019 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2020-00035 — Demanda Contencioso Administrativa contra Secretaría de Finanzas - Carlos Arturo Martínez Flores
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Resumen
Este aviso notifica una demanda legal presentada por Carlos Arturo Martínez Flores contra la Secretaría de Finanzas, impugnando su despido del 16 de diciembre de 2019. Busca anular la cancelación, ser reintegrado a su puesto, recibir salarios atrasados y reconocer sus derechos laborales adquiridos.
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del año 2020 el Abogado
Marvin Josué Soriano García, representante procesal del señor Carlos
Arturo Martínez Flores, interpuso demanda ante este Juzgado con
orden de ingreso No.0801-2020-00035, contra el Estado de Honduras
a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE FINANZAS, incoando demanda para que se decrete la nulidad
de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a
derecho, consistente en el Acuerdo de Cancelación número CTL-013-
2019 de fecha 16 de diciembre de 2019, emitido por la Secretaría de
Estado en los Despachos de Finanzas a través de la Comisión Técnica
Liquidadora SEFINDARA .- Que se declare la ilegalidad del acto y su
nulidad por haber sido adoptado prescindiendo total y absolutamente
del procedimiento establecido y por ende con evidente infracción
al ordenamiento jurídico.-Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno
restablecimientos de las mismas, como ser: Reintegro a su puesto de
trabajo en iguales o mejores condiciones como jefe de Foro y Despacho
o en su denominación equivalente, homologando su salario conforme a la
nueva escritura de puestos que al efecto sea creada en la Administración
Aduanera de Honduras; pago de los salarios dejados de percibir desde
la fecha de la cancelación ilegal de que fue objeto mi poderdante señor
Carlos Arturo Martínez Flores, hasta la fecha en que se ejecute sentencia,
así como el pago de demás derechos que se puedan producir durante la
secuela del juicio, reservando el derecho al pago de demás derechos que
se puedan producir durante la secuela del juicio, reservando el derecho
al pago de prestaciones laborales en caso de no desearlo así al momento
de su ejecutoria.- Exceso de poder.- Se proponen medios de prueba.- Se
acompañan documentos.- Costas del juicio- Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
10 F. 2021
_________
La EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS le ofrece los
siguientes servicios:
LIBROS
FOLLETOS
TRIFOLIOS
FORMAS CONTINUAS
AFICHES
FACTURAS
TARJETAS DE PRESENTACIÓN
CARÁTULAS DE ESCRITURAS
CALENDARIOS
EMPASTES DE LIBROS
REVISTAS.
a garantías constitucionales.- El derecho a la estabilidad laboral.- El
derecho a antigüedad y los derechos adquiridos.- Reconocimiento de
aumento salarial otorgado a todos los empleados de la Administración
Pública mediante Acuerdo Ejecutivo No. 008-2019, publicado el 23 de
enero de 2019, ratificado en Acta de entendimiento con No. de Acuerdo
Ejecutivo 034-2019, publicado el 29 de marzo de 2019 en el Diario Oficial
La Gaceta.- La Garantía del debido proceso.- Derecho a la defensa.- Y al
principio de legalidad.- Reconocimiento a la situación jurídica particular
individualizada y para el pleno restablecimiento se adopte como
medida necesaria el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones por medio de la Comisión Presidencial del Sistema Aduanero
y Operadores de Comercio (COPRISAO), a través de la Comisión
Técnica Liquidadora SEFIN-DARA, de la Dirección Adjunta de Rentas
Aduanera (DARA), hoy Administración Aduanera de Honduras (AAH),
creada mediante Decreto 170-2016.- A título de daños y perjuicios el
pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta
que quede firme la sentencia definitiva.- Reconocimiento de antigüedad
laboral.- Los incrementos salariales generales o selectivos en el cargo
de igual o mejor categoría que corresponda a la estructura aprobada
por la coordinación del gobierno según el proceso de modernización
de las Aduanas.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de
salarios, vacaciones completas y proporcionales.- Nulidad del acuerdo
de nombramiento de mi sustituto.- Costas del juicio.- Se acompañan
documentos.- Petición.- Poder.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
10 F. 2021
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE FEBRERO DEL 2021 No. 35,512
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de enero del dos mil veinte
(2020), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Eylen Nazali
Irías Huezo, con orden de ingreso número 0801-2020-00049, contra
la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS, incoando
demanda especial contencioso administrativo, en materia de personal
para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de
carácter particular de mi Acuerdo de Cancelación No. CTL-038-2019,
de manera ilegal y arbitraria por no ser conforme derecho.-Violación
_________
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del año 2020 el Abogado
Marvin Josué Soriano García, representante procesal del señor Carlos
Arturo Martínez Flores, interpuso demanda ante este Juzgado con
orden de ingreso No.0801-2020-00035, contra el Estado de Honduras
a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE FINANZAS, incoando demanda para que se decrete la nulidad
de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a
derecho, consistente en el Acuerdo de Cancelación número CTL-013-
2019 de fecha 16 de diciembre de 2019, emitido por la Secretaría de
Estado en los Despachos de Finanzas a través de la Comisión Técnica
Liquidadora SEFINDARA .- Que se declare la ilegalidad del acto y su
nulidad por haber sido adoptado prescindiendo total y absolutamente
del procedimiento establecido y por ende con evidente infracción
al ordenamiento jurídico.-Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno
restablecimientos de las mismas, como ser: Reintegro a su puesto de
trabajo en iguales o mejores condiciones como jefe de Foro y Despacho
o en su denominación equivalente, homologando su salario conforme a la
nueva escritura de puestos que al efecto sea creada en la Administración
Aduanera de Honduras; pago de los salarios dejados de percibir desde
la fecha de la cancelación ilegal de que fue objeto mi poderdante señor
Carlos Arturo Martínez Flores, hasta la fecha en que se ejecute sentencia,
así como el pago de demás derechos que se puedan producir durante la
secuela del juicio, reservando el derecho al pago de demás derechos que
se puedan producir durante la secuela del juicio, reservando el derecho
al pago de prestaciones laborales en caso de no desearlo así al momento
de su ejecutoria.- Exceso de poder.- Se proponen medios de prueba.- Se
acompañan documentos.- Costas del juicio- Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
10 F. 2021
_________
La EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS le ofrece los
siguientes servicios:
LIBROS
FOLLETOS
TRIFOLIOS
FORMAS CONTINUAS
AFICHES
FACTURAS
TARJETAS DE PRESENTACIÓN
CARÁTULAS DE ESCRITURAS
CALENDARIOS
EMPASTES DE LIBROS
REVISTAS.
a garantías constitucionales.- El derecho a la estabilidad laboral.- El
derecho a antigüedad y los derechos adquiridos.- Reconocimiento de
aumento salarial otorgado a todos los empleados de la Administración
Pública mediante Acuerdo Ejecutivo No. 008-2019, publicado el 23 de
enero de 2019, ratificado en Acta de entendimiento con No. de Acuerdo
Ejecutivo 034-2019, publicado el 29 de marzo de 2019 en el Diario Oficial
La Gaceta.- La Garantía del debido proceso.- Derecho a la defensa.- Y al
principio de legalidad.- Reconocimiento a la situación jurídica particular
individualizada y para el pleno restablecimiento se adopte como
medida necesaria el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones por medio de la Comisión Presidencial del Sistema Aduanero
y Operadores de Comercio (COPRISAO), a través de la Comisión
Técnica Liquidadora SEFIN-DARA, de la Dirección Adjunta de Rentas
Aduanera (DARA), hoy Administración Aduanera de Honduras (AAH),
creada mediante Decreto 170-2016.- A título de daños y perjuicios el
pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta
que quede firme la sentencia definitiva.- Reconocimiento de antigüedad
laboral.- Los incrementos salariales generales o selectivos en el cargo
de igual o mejor categoría que corresponda a la estructura aprobada
por la coordinación del gobierno según el proceso de modernización
de las Aduanas.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de
salarios, vacaciones completas y proporcionales.- Nulidad del acuerdo
de nombramiento de mi sustituto.- Costas del juicio.- Se acompañan
documentos.- Petición.- Poder.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
10 F. 2021
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE F EBRERO DEL 2021 No. 35,512
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