VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2020-00035 | 16 de diciembre de 2019 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2020-00035 — Demanda Contencioso Administrativa contra Secretaría de Finanzas - Carlos Arturo Martínez Flores

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Resumen

Este aviso notifica una demanda legal presentada por Carlos Arturo Martínez Flores contra la Secretaría de Finanzas, impugnando su despido del 16 de diciembre de 2019. Busca anular la cancelación, ser reintegrado a su puesto, recibir salarios atrasados y reconocer sus derechos laborales adquiridos.

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del año 2020 el Abogado Marvin Josué Soriano García, representante procesal del señor Carlos Arturo Martínez Flores, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2020-00035, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, incoando demanda para que se decrete la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, consistente en el Acuerdo de Cancelación número CTL-013- 2019 de fecha 16 de diciembre de 2019, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora SEFINDARA .- Que se declare la ilegalidad del acto y su nulidad por haber sido adoptado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido y por ende con evidente infracción al ordenamiento jurídico.-Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimientos de las mismas, como ser: Reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones como jefe de Foro y Despacho o en su denominación equivalente, homologando su salario conforme a la nueva escritura de puestos que al efecto sea creada en la Administración Aduanera de Honduras; pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal de que fue objeto mi poderdante señor Carlos Arturo Martínez Flores, hasta la fecha en que se ejecute sentencia, así como el pago de demás derechos que se puedan producir durante la secuela del juicio, reservando el derecho al pago de demás derechos que se puedan producir durante la secuela del juicio, reservando el derecho al pago de prestaciones laborales en caso de no desearlo así al momento de su ejecutoria.- Exceso de poder.- Se proponen medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio- Poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 10 F. 2021 _________ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. a garantías constitucionales.- El derecho a la estabilidad laboral.- El derecho a antigüedad y los derechos adquiridos.- Reconocimiento de aumento salarial otorgado a todos los empleados de la Administración Pública mediante Acuerdo Ejecutivo No. 008-2019, publicado el 23 de enero de 2019, ratificado en Acta de entendimiento con No. de Acuerdo Ejecutivo 034-2019, publicado el 29 de marzo de 2019 en el Diario Oficial La Gaceta.- La Garantía del debido proceso.- Derecho a la defensa.- Y al principio de legalidad.- Reconocimiento a la situación jurídica particular individualizada y para el pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones por medio de la Comisión Presidencial del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), a través de la Comisión Técnica Liquidadora SEFIN-DARA, de la Dirección Adjunta de Rentas Aduanera (DARA), hoy Administración Aduanera de Honduras (AAH), creada mediante Decreto 170-2016.- A título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que quede firme la sentencia definitiva.- Reconocimiento de antigüedad laboral.- Los incrementos salariales generales o selectivos en el cargo de igual o mejor categoría que corresponda a la estructura aprobada por la coordinación del gobierno según el proceso de modernización de las Aduanas.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salarios, vacaciones completas y proporcionales.- Nulidad del acuerdo de nombramiento de mi sustituto.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 10 F. 2021 Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE FEBRERO DEL 2021 No. 35,512 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de enero del dos mil veinte (2020), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Eylen Nazali Irías Huezo, con orden de ingreso número 0801-2020-00049, contra la ADMINISTRACION ADUANERA DE HONDURAS, incoando demanda especial contencioso administrativo, en materia de personal para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular de mi Acuerdo de Cancelación No. CTL-038-2019, de manera ilegal y arbitraria por no ser conforme derecho.-Violación _________ Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 17 de enero del año 2020 el Abogado Marvin Josué Soriano García, representante procesal del señor Carlos Arturo Martínez Flores, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2020-00035, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, incoando demanda para que se decrete la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho, consistente en el Acuerdo de Cancelación número CTL-013- 2019 de fecha 16 de diciembre de 2019, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora SEFINDARA .- Que se declare la ilegalidad del acto y su nulidad por haber sido adoptado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido y por ende con evidente infracción al ordenamiento jurídico.-Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimientos de las mismas, como ser: Reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones como jefe de Foro y Despacho o en su denominación equivalente, homologando su salario conforme a la nueva escritura de puestos que al efecto sea creada en la Administración Aduanera de Honduras; pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal de que fue objeto mi poderdante señor Carlos Arturo Martínez Flores, hasta la fecha en que se ejecute sentencia, así como el pago de demás derechos que se puedan producir durante la secuela del juicio, reservando el derecho al pago de demás derechos que se puedan producir durante la secuela del juicio, reservando el derecho al pago de prestaciones laborales en caso de no desearlo así al momento de su ejecutoria.- Exceso de poder.- Se proponen medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio- Poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 10 F. 2021 _________ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. a garantías constitucionales.- El derecho a la estabilidad laboral.- El derecho a antigüedad y los derechos adquiridos.- Reconocimiento de aumento salarial otorgado a todos los empleados de la Administración Pública mediante Acuerdo Ejecutivo No. 008-2019, publicado el 23 de enero de 2019, ratificado en Acta de entendimiento con No. de Acuerdo Ejecutivo 034-2019, publicado el 29 de marzo de 2019 en el Diario Oficial La Gaceta.- La Garantía del debido proceso.- Derecho a la defensa.- Y al principio de legalidad.- Reconocimiento a la situación jurídica particular individualizada y para el pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones por medio de la Comisión Presidencial del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), a través de la Comisión Técnica Liquidadora SEFIN-DARA, de la Dirección Adjunta de Rentas Aduanera (DARA), hoy Administración Aduanera de Honduras (AAH), creada mediante Decreto 170-2016.- A título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que quede firme la sentencia definitiva.- Reconocimiento de antigüedad laboral.- Los incrementos salariales generales o selectivos en el cargo de igual o mejor categoría que corresponda a la estructura aprobada por la coordinación del gobierno según el proceso de modernización de las Aduanas.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salarios, vacaciones completas y proporcionales.- Nulidad del acuerdo de nombramiento de mi sustituto.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 10 F. 2021 Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE H ONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 10 DE F EBRERO DEL 2021 No. 35,512

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