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28 de mayo de 2025 | Poder Ejecutivo

Aviso — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor

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Resumen

Este documento contiene varios avisos legales: un notario publica la cancelación y reposición de un certificado de depósito por L1.7 millones; juzgados administrativos notifican demandas contra el Estado por despido ilegal, multas bancarias y decreto inconstitucional; y una alcaldía publica un aviso (incompleto). Afecta a empleados, instituciones financieras y ciudadanos en disputas administrativas.

Texto completo

El infrascrito Notario, EVERTON FRANCISCO HERRERA PAZ, con oficinas en la tercera (3a.) Avenida, Quince (15) y Dieciséis (16) Calles, número Ciento Veinticuatro (124) del Barrio La Guardia, al Suroeste de la ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), se presentó ante esta Notaría la solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR, en sede notarial, promovida por el señor MARCO ANTONIO RAUDALES NAVARRO, mayor de edad, casado, Ingeniero Industrial, hondureño y de este domicilio, quien solicita la cancelación y reposición del título valor denominado CERTIFICADO DE DEPÓSITO A PLAZO FIJO EN LEMPIRAS, emitido por BANCO DEL PAÍS, S.A., en fecha siete (7) de marzo del año dos mil veinticuatro (2024), con fecha de vencimiento seis (6) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), certificado de depósito en moneda nacional con número 10008480 por la cantidad de UN MILLÓN SETECIENTOS MIL LEMPIRAS EXACTOS (L 1,700,000.00). San Pedro Sula, Cortés, al primer (1er). día del mes de septiembre del año dos mil veinticinco (2025). EVERTON FRANCISCO HERRERA PAZ NOTARIO 12 S. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la Ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes HACE SABER: Que en fecha nueve de junio del año dos mil veinticinco, el señor Maynor Alberto Hernández Sagastume; interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos del Instituto Nacional para Atención a Menores Infractores (INAMI); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 53-2025 en este despacho, dicha demanda personal tiene como finalidad la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. 148-DE-INAMI-2025 de fecha 28 de mayo del 2025, emitido por Carmen Azalia Espinoza Carrasco, Directora Ejecutiva INAMI, que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico por constituir un despido ilegal por violación al debido proceso y al derecho de defensa por no cumplir con el procedimiento reglamentario y no haber causal para el despido; asimismo solicita el compareciente que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento, se ordene el reintegro al cargo en igual o mejores condiciones, en concepto de indemnización de daños y perjuicios el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que se ejecute la sentencia; que se reconozca su antigüedad, reconocimineto de aumentos salariales, bonificaciones y demás derechos que se produzcan en el ínterin de la demanda, además del reajuste del salario conforme lo que establece la Ley y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 27 de agosto del año 2025 Abogado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 12 S. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2025 N o . 36,941 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de agosto del año 2024 comparece el Abogado ANDRES ALEJANDRO ALVARADO BUESO, actuando en su condición de Representante Procesal de la Sociedad Mercantil denominada BANCO ATLANTIDA, S.A. Interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00804 contra la COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS, se presenta demanda Contencioso Administrativa vía procedimiento ordinario para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular así como el acto confirmatorio que resuelve el recurso de reposición interpuesto, ambos emitidos por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).- El reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas la devolución de la multa impuesta en virtud del Reglamento de Sanciones aprobado por la CNBS y pagada bajo protesto junto con sus intereses a la tasa vigente para operaciones de mercado abierto del Banco Central de Honduras determinada según lo indica la Ley del Sistema Financiero.- Se acompañan documentos.- Se delega poder.- Petición; en relación a las resoluciones SBO No. 852/19- 12-2023 de fecha 19 de diciembre de 2023 y la Resolución SBO No. 599-30-08-2024. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 12 S. 2025 ________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de mayo de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el Abogado JANO CRISTO DE LEÓN RIVERA, actuando en su condición de Representante Procesal los señores CECILLE ISEL FLORES AGUILAR, quien actúa en causa propia y en su condición de Representante Legal de sus menores hijas ELLIE CLARICE FIGUEROA FLORES Y CLARIE MARIE FIGUEROA FLORES; y, SANTOS ROBERTO PEÑA ENAMORADO, quien actúa en causa propia y en su condición de Representante Legal de su menor hija MARÍA CELESTE PEÑA RAMÍREZ, interponiendo demanda en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2025-00353, contra el ESTADO DE HONDURAS, por actuaciones del PODER EJECUTIVO EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, se demanda el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y las medidas para su pleno restablecimiento, que se declare ilegal la aplicabilidad de un acto de carácter general de la administración pública, consistente en el Decreto Ejecutivo PCM 14-2025 publicado el 24 de marzo del 2025 en el número de Diario Oficial La Gaceta 36,798, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, normativa legal y constitucional, suspensión del acto impugnado, se acompañan documentos, se acredita poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 S. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el señor GUSTAVO ADOLFO ARGUETA, quien confirió poder al Abogado CRISTIAN ERAZO DELGADO, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024- 00642, contra el Estado de Honduras a través del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS, para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el ACUERDO SAR-N0. 391-2024, de fecha 30 de julio de 2024, notificado el 02 de agosto de 2024, emitido por el Servicio de Administración de Rentas. Y por ende se anule el mismo por incurrir en infracción al ordenamiento jurídico y adolecer causas de nulidad, el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del que fui cancelado o a otro de igual o mejor categoría, petición, se acompañan documentos, se confiere poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 12 S. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 12 D E SEPTIEMBRE D E L 2025 N o . 36,941 ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHOLUTECA Choluteca, Honduras, C.A. B. El Centro, frente Catedral, Tel. 2782-0011 AVISO

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