VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2022-7704 | 21 de enero de 2023 | Poder Judicial
Aviso No. 2022-7704 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica FRIITO DEL FRUTAL + PLUS
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Resumen
Este aviso publica el registro de la marca "FRIITO DEL FRUTAL + PLUS" solicitado por la empresa Alimentos Maravilla, S.A. La marca protege bebidas sin alcohol con sabor a frutas y zumos de frutas. El registro fue aprobado el 21 de enero de 2023 y se protege en su conjunto sin darle protección individual a cada palabra.
Texto completo
Número de Solicitud: 2022-7704
Fecha de presentación: 2022-12-21
Fecha de emisión: 21 de enero de 2023
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ALIMENTOS MARAVILLA, S.A.
Domicilio: Calzada Rossevelt número 8-33, zona 3 del municipio de Mixco, República
de Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
KATHERINE LIZETH LÓPEZ FLORES
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FRI...ITO DEL FRUTAL + PLUS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto sin darle protección a
ninguna de las palabras de forma separadas.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas sin alcohol con sabor a frutas; bebidas a
base de frutas y zumos de frutas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 F., 8 y 23 M. 2023.
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 01 de marzo
del año 2022 la señora Liliam Lizeth Montoya Hernández,
interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso
No. 0801-2022-00109, contra el Estado de Honduras a
través de la Secretaría de Estado en los Despachos de
Desarrollo e Inclusión Social, interpuso demanda en materia
de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de
un acto administrativo de carácter particular por no ser
conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico,
y quebrantar las formalidades esenciales establecidas en la
ley; que reconozca la situación jurídica individualizada del
titular de los derechos que se reclaman y adoptando como
medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las
mismas, el reintegro al cargo de Auxiliar de Contabilidad,
dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Desarrollo e Inclusión Social "SEDIS", o a otro de igual o
mejor categoría y salario; pago de salarios dejados de percibir
desde la fecha de la cancelación hasta que sea reintegrada
a mi cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, que
se me reconozca los respectivos incrementos salariales que
le fueron otorgados a mis compañeros por tener acuerdo o
contrato diferente al mío, también los aumentos que tuviera el
puesto del cual fui despedido ilegalmente durante la secuela
del juicio, más el pago de los derechos laborales que nunca
me han pagado y los que ocurran durante el juicio: décimo
tercer mes, décimo cuarto mes y vacaciones y bonificación
por concepto de vacaciones; que se condene en costas; se
acompañan documentos; se confiere poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA.
21 F. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
REPÚBLICA DE H ONDURAS - T E G U CIGALPA, M. D. C., 21 DE FEBRERO DEL 2023 No. 36,161
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C .A.
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece
(13) de junio del año dos mil veintidós (2022), compareció ante
este Juzgado la Abogada GABRIELA NICOLE BARRIOS
HERRERA, en su condición de representante legal del señor
ASDRÚBAL MONTES MAIRENA, interponiendo demanda
contencioso administrativa en procedimiento especial en materia
de personal, con orden de ingreso No. 0801-2022-00542, contra el
Estado de Honduras a través de la SECRETARIA DE ESTADO
EN EL DESPACHO DE SALUD. Contraída a solicitar: "la
ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en la resolución No. 141- 2021-SS emitido
por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al
declarar improcedente el reclamo administrativo de reubicación
urgente en virtud de situación especial de riesgo. Se reconozca
la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias
para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado
se reubique a mi representado y se reconozca mediante sentencia
que se ordene la emisión del acuerdo de traslado. Se solicita la
suspensión del acto reclamado como medida cautelar...”
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
21 F. 2023
________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06)
de enero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado la
ciudadana NELLY ONDINA BARNICA SOLÓRZANO, quien
confirió poder al Abogado RAÚL BARNICA SOLÓRZANO,
interponiendo demanda en materia de personal con orden
de ingreso 0801-2023-00050, CONTRA EL ESTADO DE
HONDURAS a través de LA SECRETARIA DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES
Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, para que se declare
la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la
administración pública, consistente en el acuerdo de cancelación
número 745-SRH-2022 de fecha 15 de diciembre de 2022,
emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional. Por no ser conforme a derecho, reconocimiento de
una situación jurídica individualizada, que se adopten medidas
para su pleno restablecimiento entre ellas se ordene mi restitución
al cargo, reconociendo los incrementos salariales durante la secuela
del juicio y a título de indemnización por daños y perjuicios, el
pago de salarios dejados de percibir y demás derechos dejados de
percibir y que son gozados por los otros servidores en mi ausencia,
más los intereses que dichas cantidades causaren.- Costas. Poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
21 f. 2023
________
La G aceta
Sección B A v isos L egales
REPÚBLICA DE H ONDURAS - T E G U CIGALPA, M. D. C., 21 DE FEBRERO DEL 2023 No. 36,161
Sección “B”
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Honduras
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