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Decreto No. 01-2023

Aviso No. 01-2023 — Demanda contencioso administrativa - Rene Jeovany Gonzalez Machado contra Ministerio Público

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Resumen

Un juzgado de lo contencioso administrativo en San Pedro Sula notifica una demanda presentada por siete ciudadanos contra el Estado de Honduras, solicitando que se declaren nulos siete acuerdos del SAR (Servicio de Administración de Rentas) del 2022 que afectaron sus empleos. Los demandantes piden ser reinstalados en sus trabajos, recibir salarios no pagados y reconocimiento de derechos laborales.

Texto completo

El infrascrito, Secretario General del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dieciocho de enero del año dos mil veintitrés, los señores Ana Maribel Bonilla Hernández, Diosa Guadalupe Madrid Gálvez, Flor Esperanza Salvador Fuentes, Gladis Elizabeth Pineda Herrera, Magdaleno Banegas Rodas, María Valeria Mestayer Portocarrero y Paola del Carmen Leiva Sorto, actuando en su condición personal; interpuso demanda contra el Estado de Honduras, por actos del Servicio de Administración de Rentas (SAR); dicha demanda se encuentra registrada bajo el número No. 07-2023, con correlativo N.° 0501-2023-00008-LAP, en este despacho y tiene como finalidad que se declare la nulidad de varios actos administrativos de carácter particular, consistente en los Acuerdos siguientes: 1.- Acuerdo SAR N.° 409-2022 de fecha 09 de diciembre del año 2022, 2.- Acuerdo SAR N.º 421-2022, de fecha 09 de diciembre del año 2022, 3.- Acuerdo SAR N. 434-2022 de fecha 09 de diciembre del año 2022, 4.- Acuerdo N.° 435-2022 de fecha 09 de diciembre del año 2022, 5.- Acuerdo No. 454-2022 de fecha 09 de diciembre del año 2022, 6.- Acuerdo N.° 456-2022, de fecha 09 de diciembre del año 2022; y,7.- Acuerdo N.° 469- 2022 de fecha 09 de diciembre del año 2022, emitidos por el Servicio de Administración de Rentas (SAR), asimismo solicita los comparecientes que se reconozca una situación jurídica individualizada del derecho subjetivo violado.- Que se les reintegre al trabajo con el reconocimiento de los salarios dejados de percibir, o una remuneración en concepto de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios y al pago de los demás derechos laborales de conformidad a Ley.- Desistimiento de la causal de terminación de relación laboral por reducción de personal para obtener una más eficaz y económica organización administrativa y se condene en costas. San Pedro Sula, Cortés, 30 de enero del año 2023 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 7 F. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E FEBRERO D E L 2023 N o . 36,149

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