VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2023-00002 | 5 de diciembre de 2022 | Poder Judicial

Aviso No. 0801-2023-00002 — Aviso de demanda contenciosa administrativa en materia personal contra Secretaría de Estado en el Despacho de Salud

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Resumen

Este aviso notifica que María del Carmen Hernández Miranda demandó al Estado hondureño (Ministerio de Salud) para anular su despido y exigir su reintegro al puesto de trabajo con pago de salarios atrasados, bonificaciones y prestaciones desde su cancelación en diciembre de 2022. La demanda alega que el despido fue ilegal e injustificado.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de diciembre del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora MARIA DEL CARMEN HERNANDEZ MIRANDA, a interponer demanda contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, la cual se registra con orden de ingreso 0801- 2023-00002 incoando demanda especial para la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción al ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que se me reintegre a mi puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, quinquenios, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado previo a la cancelación y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la fecha que sea reintegrada.- Aumentos salariales que se generen durante mi ausencia.- Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar.- Se solicita se tenga como usuario vulnerable por razón de salud de conformidad con las Reglas de Brasilia número 3 y 4 sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad.- Se alega notificación defectuosa por parte de la autoridad nominadora conforme al artículo 91 de la Ley de Procedimiento Administrativo.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación.- Costas.- Relacionado con el Acuerdo de Cancelación 14921-2022 de fecha 05 de diciembre del 2022. ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ SECRETARIA GENERAL 2 M. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 2 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,217 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.

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