VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2022-00411 | 8 de abril de 2022

Aviso No. 0801-2022-00411 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Antonio Rene Amaya Sorto y Gari Alexander Zelaya

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Resumen

Este aviso notifica demandas contencioso-administrativas presentadas ante el Juzgado de Letras. Los demandantes (empleados públicos) reclaman que fueron despedidos ilegalmente y solicitan ser reintegrados a sus cargos, recibir salarios adeudados y beneficios. El Estado de Honduras es demandado para que cumpla con restituir sus derechos laborales.

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de mayo del año dos mil veintidós (2022), interpusieron demanda ante este Juzgado los señores Antonio Rene Amaya Sorto y Gari Alexander Zelaya, con orden de ingreso número 0801-2022- 00411, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, incoando demanda en materia de personal para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal reconocimiento de una situación jurídica particular individualizada y adopción de medidas necesarias para el restablecimiento de las mismas entre ellas se ordene el reintegro al cargo en iguales o mejores condiciones con el pago de salarios dejados de percibir, a título de daños y perjuicios incrementos salariales y demás beneficios durante la ausencia como los aumentos de salarios conforme al régime de empleados.- Vacaciones adeudadas.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición y poder.- Va en relación a los Acuerdos de Cancelación No. 276-2022 de fecha 08 de abril del 2022 y 277-2022 de fecha 08 de abril del 2022. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 2 M. 2023 _____ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 2 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,217 veintiocho (28); de este punto con rumbo Sur, cero nueve grados (09°), treinta y un minutos (31’’); cero cero segundos (00"), Oeste y distancia de sesenta y nueve metros con cero dos centímetros (69.02 Mts.), se llega al punto número veintinueve (29); de este punto, con rumbo Sur, cuarenta y nueve grados (49°), cuarenta y seis minutos (46), cero cero segundos (00"), Oeste y distancia de treinta metros con cero cero centímetros (30.00 mts.), se llega al punto número treinta (30), de este punto, con rumbo Norte, sesenta y cuatro grados (64°), diecisiete minutos (17"), cero cero segundos (00"), Oeste y distancia de ciento cuarenta y cuatro metros con ochenta centímetros (144.80 mts.), se llega al punto número treinta y uno (31); de este punto, con rumbo Norte, treinta y un grados (31°), treinta y cuatro minutos (34"), cincuenta y siete segundos (57"), Este y distancia de ciento veintitrés metros con treinta y seis centímetros (123.36 mts.), se llega al punto número treinta y dos (32); de este punto, con rumbo Norte, sesenta grados (60°) veintiséis minutos (26), cero cuatro segundos (04"), Oeste y distancia de ciento diecinueve metros con ochenta y dos centímetros (119.82 mts.), se llega al punto número treinta y tres (33), de este punto con rumbo Norte, cuarenta y seis grados (46°), cero siete minutos (07"), cuarenta y dos segundos (42"), Oeste y distancia de ciento cuarenta y cinco metros con noventa y nueve centímetros (145.99 mts.), se llega al punto número cero uno (01), que es el punto de partida, cerrándose así el perímetro de dicha área haciendo una extensión superficial de SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIUN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTESIMAS DE METRO CUADRADO (69.721,59 M2), equivalentes a CIEN MIL VARAS CUADRADAS (100,000.00 V2), equivalentes, a su vez, a DIEZ MANZANAS (10 MZS).- Inscrito dicha compra-venta hecha a favor del demandado bajo el asiento número setenta y seis (76), tomo dos mil cuatrocientos setenta y ocho (2468), y su hipoteca inscrita bajo el cincuenta y tres asiento número cincuenta y tres (53) del tomo cuatro mil novecientos cuarenta y uno (4941), ambos del Instituto de la Propiedad, Inmueble y Mercantil del departamento de Francisco Morázan". Este extracto deberá ser publicado en un diario de mayor circulación en esta ciudad y en una radiodifusora, en ambos casos de cobertura nacional por 3 veces con intervalo de 3 días hábiles y con caracteres que sean fácilmente legibles para el lector. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de marzo del 2023. GUSTAVO ADOLFO ORTEZ DIAZ SECRETARIO ADJUNTO 2 M., 2 J. y 3 J. 2023 __________ CERTIFICACION El infrascrito Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Agentes y Distribuidores de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a KUATTRO, S. DE R.L., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente GLAXO SMITH KLINE HONDURAS, de nacionalidad hondureña, con jurisdicción EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, otorgada mediante Resolución Número 462- 2014 de fecha 28 de abril del 2014, correo electrónico de fecha 04 de septiembre 2013; fecha de vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; ALDEN RIVERA MONTES, Secretario de Estado en los Despachos de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. JOSE MARIO GOMEZ COLINDRES, Secretario General. Para los fines que el interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil catorce. JOSE MARIO GOMEZ COLINDRES Secretario General 2 M. 2023 __________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 enero del 2023, compareció a este juzgado el abogado Mario Guillermo Montes Montoya, en su condición de representante procesal de la ciudadana Sendy Saraida García Avilez. Por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA DE PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en ACUERDO No. 839-SRH-2022, de fecha diecinueve de diciembre del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Que se reconozca una situación jurídica individualizada por la cancelación que fue objeto por cesantía, se condene al Estado de Honduras mediante sentencia definitiva al reintegro al cargo que desempeñaba u otro de igual o mejor categoría y salario, al pago de salarios caídos en concepto de daños y perjuicios con reserva al derecho a las prestaciones en el caso de que no se ordene la procedencia del reintegro, reconocimiento de los beneficios colaterales causados, pago retroactivo de incrementos salariales aprobados por el gobierno, incrementos salariales que se produzcan durante la secuela del juicio y demás derechos. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023- 00031.- Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. Abg. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 2 M. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 2 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,217 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de junio del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora TANIA WALESKA MEJIA AVILA, contra la Secretaría de Estado a Través de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia con orden de ingreso 0801-2022-00606 incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular, emitido por la Dirección de Niñez Adolescencia y Familia (DINAF).- Consistente en un Acuerdo de Cancelación por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumento más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de la cancelación hasta el reintegro en el puesto de trabajo de iguales o mejores condiciones, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras.- Se acompañan documentos.- Relacionado con el Acuerdo 238- 2022 de fecha 3 de junio del 2022. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 2 M. 2023

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