VigenteCategoria: Notarial y Registral
3 de diciembre de 2025 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de Título Supletorio de Terreno en Gracias, Lempira
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Estos avisos públicos notifican sobre solicitudes de Título Supletorio, un procedimiento legal que permite a ciudadanos obtener documento oficial de propiedad de terrenos cuando carecen de escritura registrada. El proceso requiere testigos que confirmen la posesión pacífica del terreno durante años, permitiendo formalizar la propiedad ante los juzgados.
Texto completo
El infrascrito, Secretario, por ley del Juzgado de Letras de
Gracias, Departamento de Lempira, al público en general y para
los efectos de Ley; HACE SABER: Que en fecha diecisiete de
septiembre del año dos mil veinticinco, este Despacho tuvo por
presentada una solicitud de TÍTULO SUPLETORIO por el
señor JEARSON HAROBIS COTO ZELAYA, con número de
Identidad 0401-1990-00208, sobre un lote de terreno ubicado en
Aldea Villami, Municipio de Gracias, Departamento de Lempira,
el que tiene un área de DOSCIENTOS VEINTIUNO PUNTO
OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (221.86 MTS2)
de extensión superficial el que tiene las siguientes colindancias:
Al NORTE, mide veintiuno punto sesenta y cinco metros (21.65
Mts.) y colinda con propiedad de Noemi Flores Orellana; al SUR,
mide veinte punto sesenta y dos metros (20.62 Mts.) y colinda con
propiedad de Hermes Reyes; al ESTE, mide diez punto cincuenta
metros (10.50 Mts.) y colinda con propiedad de Isac Chávez; al
OESTE, mide diez punto cincuenta metros (10.50 Mts.) y colinda
con carretera que conduce hacia el Rion (Santa Rosa de Copán),
tal como acredita con el plano debidamente sellado y firmado que
se acompaña. Y para llenar los trámites y requisitos que la Ley
establece, pide se siga la información de los testigos ANGEL
PEREZ, MAURICIO PEREZ RAMIREZ, FRANCISCO
PONCE ALVARADO, mayores de edad, hondureños y residentes
en la Aldea Villami, del Municipio de Gracias, Departamento de
Lempira y para que lo represente en las presentes diligencias
confirió poder a las Abogadas LUDIN EMERITA TEJADA
PORTILLO, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras
bajo el número 34500 y SINDY NOHELIA SANTOS TEJADA,
inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número
35658.
Gracias, Lempira, 03 de Diciembre del 2025.
DARGUIN ADALID MOLINA
SECRETARIO, POR LEY
22 M., 22 J. y 22 J. 2026.
PODER JUDICIAL
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la
solicitud de Título Supletorio de Dominio, solicitada por el
señor ANGEL ANTONIO REGALADO MORENO, quien es
mayor de edad, agricultor, hondureño, con Documento Nacional
de Identificación DNI número: 0401-1961-00150, con domicilio
en esta ciudad de Santa Rosa Copán, Departamento de Copán, es
dueño de un lote de terreno ubicado en el lugar denominado LAS
SANDIAS, del Municipio de Santa Rosa de Copán, Departamento
de Copán, que consta de UNO PUNTO CIENTO OCHENTA Y
NUEVE MANZANAS (1.189 Mz.), el cual tiene las colindancias
y puntos siguientes: AL NORTE, con propiedad de Ines Santos y
Octavio Regalado; al SUR, con propiedad de Raimundo Moreno;
al ESTE, con propiedad de Miguel Castañeda; al OESTE, con
propiedad de Raimundo Moreno; del Punto 0 al punto l mide,
26.71 metros; del punto l al punto 2 mide, 13.35 metros; del
Punto 2 al Punto 3 mide, 4.72 metros; del Punto 3 al punto 4
mide, 12.90 metros; del punto 4 al punto 5 mide, 4.99 metros;
del punto 5 al punto 6 mide, 19.75 metros; del punto 6 al punto 7
mide, 14.35 metros; del punto 7 al punto 8 mide, 11.44 metros;
del punto 8 al punto 9 mide, 5.49 metros; del punto 9 al punto
10 mide, 14.88 metros; del punto 10 al punto 11 mide, 19.90
metros; del punto 11 al punto 12 mide, 10.46 metros; del punto
l2 al punto 13 mide, 10.27 metros; del punto 13 al punto 14
mide, 18.41 metros; del punto 14 al punto 15 mide, 30.47 metros;
del punto l5 al punto 16 mide, 14.71 metros; del punto 16 al
punto 17 mide, 20.97 metros; del punto 17 al punto 18 metros
mide, 13.46 metros; del punto 18 al punto 19 mide, 5.03 metros;
del punto 19 al punto 20 mide, 2.53 metros; del punto 20 al
punto 21 mide, 10.75 metros, del punto 21 al punto 22 mide,
10.22 metros; del punto 22 al punto 23 mide, 9.06 metros; del
punto 23 al punto 24 mide, 15.98 metros; del punto 24 al punto
25 mide, 23.26 metros; del punto 25 al punto 26 mide, 18.13
metros; del punto 26 al punto 27 mide, 9.73 metros; del punto
27 al punto 28 mide, 10.29 metros; del punto 28 al punto 29
mide, 11.84 metros; del punto 29 al punto 30 mide, 4.93 metros;
del punto 30 al punto 0 mide, 8.88 metros; Representada por el
Abogado OSCAR ESCOBAR MORENO.
Santa Rosa de Copán, 24 de marzo del año 2026.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARDO
SECRETARIA
22 M., 22 J. y 22 J. 2026.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 22 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,148
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
SANTA ROSA COPÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial
de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de
Título Supletorio, solicitada por el señor ANGEL VASQUEZ,
quien es mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, con DNI
número 0404-1971-00057, con domicilio en comunidad de San
Juan Virginia, jurisdicción del Municipio de Copán, Ruinas,
Departamento de Copán, es dueño de un lote de terreno (Polígono
I) en la comunidad de San Juan Virginía, jurisdicción del Municipio
de Copán, Ruinas, Departamento de Copán, el cual se describe de
la siguiente forma: LOTE: consistente en CIENTO SETENTA y
DOS MIL OCHENTA Y CINCO PUNTO SESENTA Y SIETE
METROS CUADRADOS (172,085.67 Mts2) equivalente a
DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS
QUINCE PUNTO OCHO VARAS CUADRADAS (246,815.08
Vrs2) que equivalen a VEINTICUATRO PUNTO SESENTA Y
OCHO MANZANAS (24.68 Mnz) de extensión superficial, con
las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad
de los señores PEDRO GARCIA y JOSE GARCIA; AL SUR,
colinda con propiedad de los señores LASTENIA LEON, CRUZ
JERONIMO y ARCADIO RAMIREZ; AL ESTE, colinda con
propiedad del señor ARCADIO RAMIREZ; AL OESTE, colinda
con propiedad de los señores CRUZ CANA, JULIVALDO
AGUSTIN, PEDRO LOPEZ, GREGORIO LOPEZ y CRUZ
JERONIMO. Representada por el Abogado OSCAR DANILO
MADRID.
Santa Rosa de Copán, 16 de septiembre del año 2025.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
22 M., 22 J. y 22 J. 2026 ______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
REPÚBLICA DE HONDURAS
AVISO TÍTULO SUPLETORIO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Quimistan, Santa Bárbara, al público en
general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el
Abogado CRISTIAN OBED GIRON PAZ, mayor de edad,
casado, hondureño, Abogado, con domicilio en Naranjito, Santa
Bárbara, con número de colegiación 26854, quien le delega poder
a la Abogada SANDRA YESENIA GARCIA ALEGRIA, quien
actúa como Apoderada Legal de la señora ANGELINA VARELA
MURCIA, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de
Dominio, de dos lotes de terreno ubicado en Un lote de terreno
ubicado en el lugar Sitio El Limón, Aldea Camacal, jurisdicción
del Municipio de Naranjito, Departamento de Santa Bárbara, el
cual tiene un área de SEIS PUNTO CUARENTA Y NUEVE Mzn
(6.49 Mzn), cercado por todos sus rumbos, siendo sus linderos
los siguientes; AL NORTE, colindando con propiedad de Ángela
Portillo, Selfa Acosta, Luis Martínez, callejón de por medio; AL
SUR, Luis Martínez, callejón de por medio; AL ESTE, Néstor
Rosales, callejón de por medio; y, AL OESTE, Ángela Portillo; y,
lote número dos ubicado en el lugar Sitio La Lima, jurisdicción del
Municipio de Naranjito, Departamento de Santa Bárbara, el cual
tiene un área de DIECINUEVE PUNTO OCHENTA Y NUEVE
MANZANAS (19.89 Mzn), cercado por todos sus rumbos,
siendo sus linderos los siguientes; AL NORTE, colindando con
propiedad de Maximo Acosta y Angela Portillo; AL SUR, Angela
Portillo; AL ESTE, Miguel Vega; y, AL OESTE, Nelson Garay,
dicho lote de terreno lo obtuve por Herencia Ab-Intestato que a
su muerte dejara mi difunto esposo: El señor MARVIN VEGA
PORTILLO, siendo un total de diecinueve punto ochenta y nueve
manzanas (19.89Mzn), el cual ha poseído en forma quieta pacífica
e interrumpidamente por más de veintidos años.
Quimistan, Santa Bárbara, cinco de marzo del año dos mil
veintiséis.
ARMANDO ENRIQUE BU BUESO
SECRETARIO ADJUNTO
22 M. 2026 ______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco
(25) de marzo de dos mil veintiséis (2026), compareció a este
Juzgado el señor ISAÍAS JOEL SIERRA GÓMEZ, quien
delegó poder al Abogado PEDRO ENRIQUE ALONZO
FLORES, interponiendo demanda en materia de personal
con orden de ingreso número 0801-2026-00727 J-5, contra el
Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE
MIGRACIÓN (INM), para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de
Cancelación No.094-2026, de fecha 06 de marzo de 2026, por no
ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada.- Reintegro en el puesto de trabajo, en iguales o
mejores condiciones y a gozar de los aumentos que se produzcan
en mi ausencia, así como de cualquier otras mejoras.- Salarios
dejados de percibir.- Se acompañan documentos.- Costas.- Poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
22 M. 2026 ______
LA
no es responsable del contenido de las publica-
ciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 22 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,148
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE SANTA ROSA DE COPÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
Leyes relacionadas
Aviso — Aviso Juzgado de Letras Contencioso Administrativo - Demanda de Gustavo Adolfo Dubón Banegas
Un trabajador demanda al Instituto Hondureño de Transporte Terrestre ante los tribunales para anular su despido. Busca ser reintegrado a su puesto con salarios adeudados, prestaciones y beneficios desde diciembre de 2023, además del pago de costas del juicio.
Decreto | 2024
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - Ministerio Público
Un juzgado anuncia una demanda contra la Secretaría de Derechos Humanos presentada por tres empleados que reclaman igualdad salarial por igual trabajo, pago retroactivo desde su reclamo inicial, y prestaciones laborales pendientes (decimotercero, decimocuarto y vacaciones), argumentando que la Secretaría violó sus derechos al no responder su solicitud.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Fiscal Administrativo - BANCO DE AMERICA CENTRAL
El Banco de América Central Honduras presentó una demanda ante el juzgado fiscal para anular una resolución tributaria de 2019 que considera ilegal. El banco busca que se declare nula la decisión, se reconozcan sus derechos y se le indemnice por los daños causados.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - INJUPEMP
Un juzgado de lo contencioso administrativo anuncia que recibió una demanda contra el Estado hondureño a través del INJUPEMP (institución de pensiones) solicitando anular decisiones administrativas sobre una compraventa de propiedad y corregir defectos del inmueble. Esta notificación pública busca informar a los interesados sobre el inicio del proceso judicial.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso Demanda Fiscal - Resoluciones DEI-AGCRNO-055-F-2013 y otras
Una empresa (INVEMA) demanda al Servicio de Administración de Rentas (SAR) para anular decisiones fiscales que le retuvieron impuestos sobre la renta de sus trabajadores recolectores de basura, argumentando que esas retenciones son ilegales. La demanda busca que se declare la ilegalidad de las resoluciones y se devuelva lo cobrado indebidamente.
Decreto | 2020