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Poder Judicial
Aviso — Aviso de Título Supletorio - Zopilotepe, Juticalpa, Olancho
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Resumen
Este aviso publica dos trámites judiciales: primero, una solicitud de título de propiedad para un terreno en Zopilotepe que Ramón Bernando Vallecillo Hernández ha poseído pacíficamente durante 13 años; segundo, una demanda de la empresa Agencia La Mundial contra el Estado para anular una multa de L. 1,398,553.00 impuesta por la Dirección General de Protección al Consumidor.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE JUTICALPA
"DEPARTAMENTO DE OLANCHO"
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Juticalpa, Departamento de Olancho, al público en
general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que en fecha
cuatro (04) del mes de diciembre del año dos mil veinticinco
(2025), el señor RAMON BERNANDO VALLECILLO
HERNANDEZ, con Documento Nacional de Identificación
(DNI) número 1501-1988-00076, solicitó TÍTULO
SUPLETORIO, de un terreno que se describe así: "Un lote
de terreno ubicado en la Aldea de Zopilotepe, jurisdicción
del municipio de Juticalpa, Departamento de Olancho; el
cual tiene las siguientes medidas y colindancias: Partiendo
del punto uno al punto dos (1-2) rumbo N 0°31"1826E, con
una distancia de 27; mide del punto dos al punto tres (2-
3) rumbo N 36°30 E, con una distancia de 29.5; mide del
punto tres al punto cuatro (3-4) rumbo S 0°33"0 E, con una
distancia de 22.5; mide del punto cuatro al punto uno (4-1)
rumbo S 12°45"00", con una distancia de 28.5.- AL NORTE,
colinda con propiedad del señor Erasmo Zelaya Rivera; AL
SUR, colinda con propiedad del señor Mauricio Vallecillo
Hernández; AL ESTE, colinda con propiedad del señor
Ismael Vargas; AL OESTE, colinda con calle de por medio
y con propiedad del señor Carlos Muñoz; dicho inmueble
consta de una ÁREA TOTAL DE SETECIENTOS
DIECIOCHO METROS CUADRADOS (718.00 Mtrs2).
Que el inmueble descrito le pertenece porque lo ha poseído
en forma quieta, pacífica y no interrumpida, por más de
trece años consecutivos.- Se ofrece información testifical de
los señores DELMA LIZETH ESCOBAR MURILLO;
BERTHA DEL CARMEN RIVAS VILLALOVO; y,
ANALETICIA VALLECILLO HERNANDEZ; vecinos
del lugar donde se ubica el inmueble.
Juticalpa, Olancho, 29 de enero del año 2026.
ABG. KENIA YAMILETH TORRES RIVERA
Secretaria
15 A., 15 M. y 15 J. 2026
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintitrés (23) de enero de dos mil veintiséis
(2026), compareció a este Juzgado la Abogada MÓNICA
ALEXANDRA TORO HERNANDEZ, actuando en su
condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil
denominada AGENCIA LA MUNDIAL, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (LA MUNDIAL),
interponiendo demanda en materia ordinaria con orden
de ingreso No.0801-2026-00116 J-5 contra el Estado de
Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO
ECONÓMICO, POR MEDIO DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR, para
que se impugne un acto administrativo de carácter particular
contrario a ley, consistente en la Resolución número DGPC-
227-2025 de fecha veintiséis (26) de noviembre del dos mil
veinticinco (2025) dictada por la Secretaría de Estado en el
Despacho de Desarrollo Económico por medio de la Dirección
General de Protección al Consumidor, notificada el 15 de
diciembre del dos mil veinticinco (2025), y en consecuencia
se decrete la ilegalidad y nulidad absoluta del mismo por no
ser conforme a derecho; se declare el reconocimiento de una
situación jurídica individualizada y la adopción de medidas
para su pleno restablecimiento, y se deje sin valor y efecto
la multa administrativa impuesta a la Sociedad Mercantil
Agencia La Mundial, S.A. DE C.V., por la cantidad de un
millón trescientos noventa y ocho mil quinientos cincuenta
y tres lempiras (L. 1,398,553.00), indicación precisa del
acto impugnado, hechos lo que se demanda, se anuncian
y relacionan medios de prueba, fundamentación jurídica,
petición anexos, se acredita poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
15 M. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,145
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