Aviso No. 2025-6669 — Solicitud de registro de marca de servicio - Yo soy Honorín
Resumen
Banco Hondureño del Café registra la marca de servicio "Yo soy Honorín" para proteger sus servicios financieros, bancarios y de transferencias. Esta marca mixta (combinación de palabra y diseño) permite que solo BANHCAFE pueda usarla en servicios como créditos, débitos, remesas y operaciones bancarias en línea.
Articulos
Articulo 88
de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 13, 28 M. y 12 J. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 13 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,140 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C.,08 de mayo del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado JUAN RAFAEL SOTO AGUILAR, actuando en su condición de Apoderado Legal de los señora MARTHA CECILIA MORAZÁN MEDINA, incoando demanda con orden de ingreso 0801- 2025-00864 vía procedimiento en Materia Personal contra el Estado de Honduras, a través del MINISTERIO PÚBLICO, para que se declare mediante sentencia definitiva la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación por separación o retiro voluntario emitido por el Ministerio Público, por contener vicios de nulidad, como el exceso poder y la desviación de poder. Que se reconozca la situación juridica individualizada y para su pleno restablecimiento adoptar como medidas necesarias del derecho subjetivo vulnerado, el pago del cien por ciento (100%) de las prestaciones laborales desde la fecha de nombramiento hasta la ejecución de la sentencia, a título de daños y perjuicios la indemnización de pago de los salarios dejados de percibir con los incrementos de salarios en ausencia sean estos generales o selectivos, derechos adquiridos, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y demás derechos proporcionales, desde la fecha efectiva de la cancelación hasta la fecha de ejecución de la sentencia. Costas del juicio. Se acompañan documentos debidamente autenticados. Poder. ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO 13 M. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de octubre del 2025 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de febrero del año dos mil diecinueve (2019), compareció ante este Juzgado el Abogado CRISTIAN JOAQUIN VEGA DELGADO, en su condición de Representante Procesal del señor JOSE ANTONIO MENDOZA OLIVA, incoando demanda contencioso-administrativa vía procedimiento especial en materia ordinaria con orden de ingreso número 0801-2019-00094, en contra del Estado de Honduras, a través del TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS (TSC), para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el informe número 001-2011-DAM-CFTM-AM-A, Resoluciones número 787- 2014-SG-TSC y 098/2018-SG-TSC esta última que puso fin al Procedimiento Administrativo. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Se acompañan documentos. Apertura a pruebas. Se acredita poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 13 M. 2026. ____ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 13 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,140 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. Tegucigalpa, M.D.C., 27 de marzo del 2026 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de octubre del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado el señor MARLON ADOLFO VILLAGRA ALVAREZ y el Abogado JOSE ELIAS OSORTO CHEVEZ, en su condición de representante procesal, incoando demanda vía procedimiento en materia personal, con orden de ingreso número 0801-2021-00416 contra el Estado de Honduras, a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, contraída a solicitar: "para que se declare la ilegalidad y nulidad recibido de uno acto administrativos por cancelación de manera injusta ilegal e arbitraria, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, de carácter particular por no estar ajustado a derecho, habiendo infringido el ordenamiento jurídico, al haberse quebrantado las formalidades esenciales del procedimiento administrativo y haberse actuado e incurrido en exceso y desviación de poder al haber emitido una resolución sin llevar a cabo el procedimiento legal establecido, dejar sin valor y efecto el oficio SEDS-SG-4813-2021, de fecha 21 de septiembre del 2021, que transcribe el Acuerdo de Cancelación vía la resolución SEDS-1468-2021, de fecha 21 de septiembre del 2021, notificado en fecha 23 de septiembre de 2021, la cual supuestamente agota la vía administrativa, que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de los derechos, el reintegro a las labores en el puesto de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir desde el momento de la suspensión de mis labores y los demás derechos dejados de percibir como ser, ascenso al grado superior inmediato, aumentos, bonos, nivelación en todo la ausencia del proceso, hasta que quede firme este juicio, se solicita la retribución civil a las autoridades responsables una vez declarado con lugar este juicio, según artículos 321, 323 y 324 de la Constitución de la República de Honduras, con especial condena en costas procesales, costas judiciales y costas profesionales.- Se acompañan documentos. Poder". ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 13 M. 2026 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO