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7 de abril de 2026 | Poder Judicial
Aviso — Declaratoria de Herencia ab intestato de Rosibel Martínez Arriaga
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Resumen
Este documento contiene dos avisos legales: primero, declara a Rosibel Martínez Arriaga como heredera legal de los bienes de su padre fallecido Carlos Antonio Martínez Mendoza, otorgándole posesión efectiva de la herencia. Segundo, notifica sobre una demanda judicial donde profesores de la UNAH impugnan cambios en el reglamento de su fondo de pensiones por considerarlos ilegales.
Texto completo
El suscrito, Notario, al público en general y para los
efectos de Ley, HACE SABER: Que en el expediente
contentivo de la Solicitud de Declaratoria de Herencia ab
intestato, presentada en Sede Notarial, por ROSIBEL
MARTÍNEZ ARRIAGA, en fecha dos (2) de marzo del
dos mil veintiséis (2026), se emitió resolución definitiva
mediante Instrumento Público número veinticinco (25) de
fecha treinta (30) de marzo del presente año, mediante la
cual RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la
solicitud de declaratoria de heredero ab intestato presentada
ante este despacho por ROSIBEL MARTÍNEZ ARRIAGA,
en su condición de hija del causante CARLOS ANTONIO
MARTINEZ MENDOZA (Q.D.D.G.), conocido también
como CARLOS MARTÍNEZ MENDOZA. SEGUNDO:
DECLARAR Heredero ab intestato a la señora ROSIBEL
MARTÍNEZ ARRIAGA de todos los bienes, derechos,
acciones y obligaciones dejados por su difunto padre el
señor CARLOS ANTONIO MARTINEZ MENDOZA
(Q.D.D.G.) conocido también como CARLOS MARTÍNEZ
MENDOZA y se le conceda la posesión efectiva de la
herencia, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor
derecho. TERCERO: Y MANDA: 1) Que se hagan las
publicaciones correspondientes de un extracto de la presente
resolución en el Diario Oficial La Gaceta o en cualquier otro
periódico de mayor circulación nacional que se edite en este
Departamento, o por carteles que se fijarán en tres parajes más
frecuentados del lugar, publicaciones que se realizarán por
un quince días; 2) Que se extienda Testimonio al interesado
para las anotaciones e inscripciones prevenidas por la Ley,
así como para los demás trámites correspondientes.- 2) El
infrascrito Notario advierte a las solicitantes, la obligación
que tienen de inscribir el testimonio respectivo en el
Registro de Sentencias del Instituto de la Propiedad de este
Departamento de Francisco Morazán.
Tegucigalpa, M.D.C., 31 marzo 2026.
CARLOS ROBERTO OLIVA GONZALEZ
NOTARIO
4 M. 2026.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 4 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,132
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 7 de abril del 2026
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha cinco (5) de marzo del año dos mil veintiséis
(2026), interpuso demanda ante este Juzgado el señor SERGIO
ALEJANDRO MEJIA UMAÑA, en representación del
CLAUSTRO DE PROFESORES DE LA FACULTAD
DE CIENCIAS JURÍDICAS DE LA UNIVERSIDAD
NACIONAL AUTÓNOMA DE HONDURAS (UNAH)
y como representante procesal el Abogado CRISTIAN
GERARDO MEDINA SEVILLA, con orden de ingreso
número 0801-2026-00404, contra Instituto de Previsión Social
de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras, incoando demanda contenciosa administrativa
“para que se declare la nulidad e ilegalidad parcial por
no ser conforme a derecho de un acto administrativo de
carácter general consistente en la resolución INPREUNAH
JD-001/19-12-2025 de fecha diecinueve (19) de diciembre
del dos mil veinticinco (2025) contentiva de la reforma del
Reglamento General del Instituto de Previsión Social de
los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras (INPREUNAH), específicamente los artículos
51,65,86, 90, 94 y 100, emitida por el Instituto de Previsión
Social de los Empleados de la Universidad Nacional
Autónoma de Honduras (INPREUNAH), publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N°. 37,051 de fecha veintitrés
(23) de enero de dos mil veintiséis (2026), por ser emitido
con infracción del ordenamiento jurídico y contener vicios
de nulidad absoluta. Se solicita el reconocimiento de una
situación jurídica individualizada y como medida para su
pleno restablecimiento se deje sin valor y efecto la reforma
del Reglamento General del Instituto de Previsión Social
de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras (INPREUNAH) específicamente los artículos 51,
65, 86, 90, 94 y 100, emitida por el Instituto de Previsión
Social de los Empleados de la Universidad Nacional
Autónoma de Honduras (INPREUNAH), y se ordene la
publicación de la sentencia en el Diario Oficial La Gaceta, se
acompañan documentos. Se confiere poder”.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
4 M. 2026
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA
ROSA DE COPÁN, HONDURAS
AVISO
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