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7 de abril de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2025-00113 — Demanda Contencioso Administrativa contra Instituto Nacional de Migración por Cancelación

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2025-00113
  • Publicación: 7 de abril de 2025
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 36,810
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un juzgado anuncia que recibió una demanda contra el Instituto Nacional de Migración el 20 de febrero de 2025. Una empleada solicita que se declare ilegal su cancelación de febrero y exige ser reinstalada en su cargo, recuperar salarios no pagados y reconocimiento de antigüedad. El tribunal debe decidir si la cancelación fue legal o no.

Texto completo

El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este juzgado el Abogado PATRICK PAMILO RIVERA VALLADARES, en su condición de Representante Procesal de la señora REYNA OLIVIA MANN THOMAS, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025-00113 vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, se solicita la declaración de ilegalidad y nulidad de un Acto Administrativo consistente en un acto tácito de cancelación de fecha 05 de febrero de 2025. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del cual fue ilegalmente cancelada o a uno de mejor categoría. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la vigencia del acto impugnado hasta que sea reintegrada al cargo con absoluto respeto a mi antigüedad en el cargo u demás derechos correspondientes. Así como el reconocimiento de la antigüedad desde la fecha en que su relación inicio por contrato hasta la fecha en que quede firme la sentencia. Se acompaña documentos. Se designa o señala donde obran otros originales e inclusive el Acuerdo de Cancelación. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 7 A. 2025

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