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Poder Judicial
Aviso — Demanda contencioso administrativa por Harold Everardo Pacheco Cardona, Ana Maricela Oviedo Benavidez, Sila Mariela Bonilla Galvez y Jose Daniel Doblado Fino
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Resumen
Se notifica que cuatro personas demandan al Estado de Honduras ante un juzgado administrativo para anular decisiones de cancelación de sus empleos, alegando que fueron ilegales. Buscan que se les reponga en sus trabajos y se les paguen los salarios y beneficios que dejaron de percibir desde que fueron despedidos hasta que se resuelva el caso.
Texto completo
El infrascrito, Secretario por Ley, del Juzgado de Letras
de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del
artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del
año dos mil veintidós (2022), se promovió la demanda por
parte del Abogado FERNANDO PUERTO CASTRO,
en su condición de Representante Procesal de los señores
HAROLD EVERARDO PACHECO CARDONA, ANA
MARICELA OVIEDO BENAVIDEZ, SILA MARIELA
BONILLA GALVEZ y JOSE DANIEL DOBLADO
FINO, interponiendo demanda Contencioso Administrativo,
vía procedimiento especial en Materia Personal con orden
de ingreso número 0801-2022-00984, contra el Estado
de Honduras a través de la COMISION TECNICA
LIQUIDADORA, para que se declare la nulidad de cuatro
actos administrativos de carácter particular, consistente en
los ACUERDOS DE CANCELACIÓN No. CTL-1504-
2022 y No. CTL-1518-2022 de fecha 18 de julio del año
2022, No. CTL-1315-2022 y No. CTL-1380-2022, de
fecha 04 de julio del año 2022, que se anule totalmente
los mismos por haber sido adoptado con infracción del
ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se condene al Estado de Honduras, a través de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica al
pago de prestaciones e indemnizaciones legales y a título
de daños y perjuicios al pago de salarios dejados de percibir
desde la fecha de la injusta e ilegal cancelación hasta que con
sujeción a las normas procesales quede firme la sentencia
condenatoria.- Se acredita representación.- Se anexan
documentos.- Costas.-
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
6 O. 2023
PODER. JUDICIAL
JUZGADO DE LETRA
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
A V I S O
El infrascrito, Secretario por Ley, del Juzgado de Letras
de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del
artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a
los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de
septiembre del año dos mil veintidós (2022), se promovió la
demanda por parte del Abogado JHONATAN GABRIEL
ROSALES CORRALES, en su condición de Representante
Procesal de los señores MARINA LIZETH ESPINOZA
MEZA, MARCO TULIO ORDOÑEZ SANCHEZ y
KAREN SORAYA ANDINO MONCADA, interponiendo
demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento
especial en Materia Personal con orden de ingreso número
0801-2022-01413, contra el Estado de Honduras a través
de la COMISION TECNICA LIQUIDADORA, para
que se declare la nulidad de tres actos administrativos de
carácter particular, consistente en los ACUERDOS DE
CANCELACIÓN No. CTL-898-2022, No. CTL-859-
2022 y No. CTL¬757-2022, todos de fecha 24 de agosto
del año 2022,que se anule totalmente los mismos por haber
sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.-
Que se reconozca la situación jurídica individualizada y
para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a
mis representados a sus puesto de trabajo en igual o mejores
condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de
percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en
que sean reintegrados a sus puestos de trabajo, incluyendo
los colaterales consistentes en décimo tercer mes en
concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto
de compensación social, incrementos salariales otorgados
a todos los empleados del sector público y las vacaciones
que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha
de cancelación hasta que sea reintegrado mis representados
conforme a la Ley de Servicio Civil y memorial Respetuoso
celebrado entre SITRAEPSOPTRAVI y la Secretaría de
Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI).- Se
acredita representación.- Se anexan documentos.- Costas.-
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO POR LEY
6 O. 2023
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 O C T U BRE D E L 2023 N o . 36,354
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
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