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Poder Judicial

Aviso — Demanda contencioso administrativa por Harold Everardo Pacheco Cardona, Ana Maricela Oviedo Benavidez, Sila Mariela Bonilla Galvez y Jose Daniel Doblado Fino

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Resumen

Se notifica que cuatro personas demandan al Estado de Honduras ante un juzgado administrativo para anular decisiones de cancelación de sus empleos, alegando que fueron ilegales. Buscan que se les reponga en sus trabajos y se les paguen los salarios y beneficios que dejaron de percibir desde que fueron despedidos hasta que se resuelva el caso.

Texto completo

El infrascrito, Secretario por Ley, del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del año dos mil veintidós (2022), se promovió la demanda por parte del Abogado FERNANDO PUERTO CASTRO, en su condición de Representante Procesal de los señores HAROLD EVERARDO PACHECO CARDONA, ANA MARICELA OVIEDO BENAVIDEZ, SILA MARIELA BONILLA GALVEZ y JOSE DANIEL DOBLADO FINO, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-00984, contra el Estado de Honduras a través de la COMISION TECNICA LIQUIDADORA, para que se declare la nulidad de cuatro actos administrativos de carácter particular, consistente en los ACUERDOS DE CANCELACIÓN No. CTL-1504- 2022 y No. CTL-1518-2022 de fecha 18 de julio del año 2022, No. CTL-1315-2022 y No. CTL-1380-2022, de fecha 04 de julio del año 2022, que se anule totalmente los mismos por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica al pago de prestaciones e indemnizaciones legales y a título de daños y perjuicios al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la injusta e ilegal cancelación hasta que con sujeción a las normas procesales quede firme la sentencia condenatoria.- Se acredita representación.- Se anexan documentos.- Costas.- HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 6 O. 2023 PODER. JUDICIAL JUZGADO DE LETRA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario por Ley, del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), se promovió la demanda por parte del Abogado JHONATAN GABRIEL ROSALES CORRALES, en su condición de Representante Procesal de los señores MARINA LIZETH ESPINOZA MEZA, MARCO TULIO ORDOÑEZ SANCHEZ y KAREN SORAYA ANDINO MONCADA, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801-2022-01413, contra el Estado de Honduras a través de la COMISION TECNICA LIQUIDADORA, para que se declare la nulidad de tres actos administrativos de carácter particular, consistente en los ACUERDOS DE CANCELACIÓN No. CTL-898-2022, No. CTL-859- 2022 y No. CTL¬757-2022, todos de fecha 24 de agosto del año 2022,que se anule totalmente los mismos por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro a mis representados a sus puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que sean reintegrados a sus puestos de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social, incrementos salariales otorgados a todos los empleados del sector público y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrado mis representados conforme a la Ley de Servicio Civil y memorial Respetuoso celebrado entre SITRAEPSOPTRAVI y la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI).- Se acredita representación.- Se anexan documentos.- Costas.- HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO POR LEY 6 O. 2023 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 O C T U BRE D E L 2023 N o . 36,354 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,

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