Aviso No. 0501-2025-00030-LAO — Aviso de demanda ordinaria de New Star S.A. DE C.V. contra Municipalidad de La Ceiba
Poder Judicial
- Decreto: 0501-2025-00030-LAO
- Publicación: 8 de enero de 2024
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Laboral
Resumen
Un juzgado de lo contencioso administrativo notifica una demanda de Daniela Alvarado contra la Administración Aduanera de Honduras, que canceló su puesto de trabajo. Ella solicita anular esa cancelación, ser reinstalada en su empleo con los mismos beneficios, recibir los salarios no pagados y reconocer su antigüedad laboral, argumentando que se violaron sus derechos constitucionales.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha siete de agosto del año dos mil veinticinco, la señora Daniela Alvarado Tabora, interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos de la Administración Aduanera de Honduras; misma que se encuentra registrada bajo el número No. 67-2025, en este despacho dicha demanda personal tiene como finalidad que se declare no conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación No. ADUANAS-DE- GNGTH-064-2025, de fecha 21 de julio del 2025, emitido por el Secretario General Nacional Administración Aduanera de Honduras, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente y violentando garantías constitucionales del debido proceso, normas especiales y sus reglamentos; asimismo solicita la compareciente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, se ordene el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incrementos salariales, nivelación de salario, que se den en su ausencia a partir de la fecha en que se fue notificado la cancelación del acuerdo hasta que sea reinstalada a su puesto de trabajo, reconocimiento de su antigüedad laboral desde la fecha en que inició la relación laboral mediante contrato o acuerdo de nombramiento, habilitación de días y horas inhábiles y se condenen en costas. San Pedro Sula, Cortés, 23 de octubre del año 2025 Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 6 N. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de septiembre de 2025 AVISO