Vigente
17 de junio de 2022 | Poder Judicial
Aviso — Demanda Especial en materia personal - REYNA ISABEL PINEDA FERNANDEZ por acto administrativo de cesantía
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Resumen
Estos avisos notifican demandas legales contra organismos estatales. La ciudadana Reyna Isabel Pineda impugna su despido; una cooperativa cuestiona decisiones del Consejo de Cooperativas; y Scarleth Bonilla demanda la nulidad de su cancelación laboral y pide restitución en su cargo con pago de salarios adeudados.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha 30 de junio del año 2022, compareció a este Juzgado el Abogado
JORGE BELARMINO REYES GUEVARA, en su condición de representante
procesal de la ciudadana REYNA ISABEL PINEDA FERNANDEZ, por la
VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL,
para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado
consistente en el ACUERDO DE CESANTIA No. 424-2022 de fecha 17 de
junio del 2022, emitido por de la Secretaría de Estado en los Despachos de
Gobernación, Justicia y Descentralización. Que se reconozca una situación
jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias
establecidas en el artículo 112 de la Ley de jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso
No. 0801-2022-00643. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados
como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán
EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTO
4 N. 2025
______
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha doce de agosto del 2025, compareció a este Juzgado la Abogada
Ruth Etelvina Rico Canales, en su condición de Apoderada Legal de la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Fraternidad Pespirense Limitada, para la VÍA
DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad
y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en el acto
expreso consistente en la Resolución No. D.E.-006-2024 de fecha 19 de abril
del 2024, emitida por el Director Ejecutivo, la Resolución No. J.D. 002-20-05-
2025 de fecha 20 de mayo del 2025 y la Resolución No. I.D. 002-06-02-2025
de fecha seis de febrero del 2025, emitida por la Junta Directiva del Consejo
Nacional Supervisor de Cooperativas; contra el Consejo Nacional Supervisor de
Cooperativas, quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso
número 0801-2025-00570. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados
como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán
EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTO
4 N. 2025
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,986
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA
DEPARTAMENTO DE CORTÉS
EXP. 0501-2024-3780-LCV
AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE
TÍTULO VALOR
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras
Civil de la sección judicial de San Pedro Sula, Cortés
al público en general y para los efectos de ley y según lo
establece el artículo 634 párrafo tercero y 640 del Código de
Comercio, HACE SABER: El seis (06) de enero del año dos
mil veinticinco (2025), el Abogado JESUS HUMBERTO
MEDINA ALVA, en su condición de representante procesal
de las señoras RULA ALBERT JOUDEH SIWADY,
también conocida como RULA ALBERT SIWADY o RULA
SIWADY SALTI; RINA ALBERT JOUDEH SIWADY,
también conocida como RINA ALBERT SIWADY o RINA
SIWADY SALTI y RAWAN ALBERT JUDEH SIWADY,
tambien conocida como RAWAN ALBERT SIWADY
o RAWAN SIWADY SALTI, presentó solicitud de
Cancelación y Reposición de un Títulos Valores, tendiente a
que se cancele y reponga los títulos valores consistente en un
TÍTULO de acciones número 002587 por 1,231 acciones
de fecha 30 de septiembre de 1997, emitido por la Sociedad
Mercantil INVERSIONES LOMESA, S.A. DE C.V.,
a favor del señor ALBERT JUDEH SIWADY, también
conocido como ALBERT JUDEH ABDALLAH SIWADY,
ALBERTO JULIO SIWADY ABULARAGE O ALBERT
JUDEH SIWADY. Lo que se pone en conocimiento del
público para los efectos de ley correspondientes.
San Pedro Sula, Cortés, 27 de agosto del año dos mil veinticinco
(2025).
ABG. RENE ELISABETH MARTINEZ RODRIGUEZ
SECRETARIA ADJUNTA
6 N. 2025 __________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro
Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diecisiete
de septiembre del año dos mil veinticinco, la señora Scarleth
Johany Bonilla Moreno.-Interpone demanda con número de
Correlativo 0501-2025-00086-LAO.- Contra el Estado de
Honduras, representado legalmente por el Procurador General
de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas,
por actos de la Secretaría de Estado en los Despacho de
Salud. Dicha demanda tiene como finalidad que se declare
la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en el Acuerdo N°. 7163-2025, emitido
por la Secretaría de Estado en los Despachos Salud de fecha
veintiocho de agosto del año dos mil veinticinco (2025), que
se reconozca una situación jurídica individualizada por el
acto ilegal e injusto del cual ha sido objeto. Que se adopte las
medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser
a) Restitución en el cargo; y, b) Pago de los salarios dejados
de percibir de la fecha de la cancelación o despido.
03 de noviembre del año 2025.
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán
Secretario General
6 N. 2025 __________
LA EMPRESA NACIONAL
DE ARTES GRÁFICAS
no es responsable del contenido de
las publicaciones, en todos los casos
la misma es fiel con el original que
recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 6 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,986
PODER JUDICIAL Honduras
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZÁN
CENTRO DE JUSTICIA CIVIL
AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO
VALOR
EXPEDIENTE 0801-2025-03769-CV
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del
Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para
los efectos de Ley: HACE SABER: Que en la SOLICITUD DE
CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR,
registrada bajo el expediente número 0801-2025-03769-CV,
presentada por el señor ANDRES MAXIMINO MENOCAL
MEDINA, en su condición de Representante procesal de su
hija KAREN MELISSA MENOCAL COVER, solicitando la
cancelación y reposición del siguiente; un Certificado de Depósito
a Plazo Fijo, con número de título valor 198846 al 198849, suscrito
con BANCO DAVIVIENDA HONDURAS, S.A., a favor de la
señora KAREN MELISSA MENOCAL COVER; debiendo
dicho funcionario hacerle entrega de la respectiva cédula de
notificación bajo las prevenciones de Ley pertinentes; asimismo,
publíquese un extracto de la presente solicitud en el Diario Oficial
La Gaceta con la descripción del referido título, lo que se pone en
conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente.
Tegucigalpa, M.D.C., 16 de octubre del año 2025.
MARYORI N. AGUILAR
SECRETARIA ADJUNTA
6 N. 2025
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