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Decreto No. 0801-2025-00677 | 15 de agosto de 2025 | Congreso Nacional
Aviso No. 0801-2025-00677 — Aviso - Demanda Contencioso-Administrativa de Marcos Yovanny Amador Torres y otros contra Secretaría de la Presidencia
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Resumen
Estos avisos publican demandas presentadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo contra entidades del Estado hondureño. Los ciudadanos y empresas demandan para anular decisiones administrativas que consideran ilegales, buscan el reconocimiento de sus derechos y solicitan compensaciones por daños. El propósito es notificar públicamente sobre estos juicios.
Texto completo
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de
septiembre del dos mil veinticinco (2025), compareció ante este
Juzgado el Abogado FABIAN JOSE VILLEDA CORONA, en
su condición de representante procesal de la Sociedad BANCO
ATLÁNTIDA S.A., incoando demanda en materia ordinaria
con orden de ingreso número 0801-2025-00667, contra el
Estado de Honduras, a través de la COMISIÓN NACIONAL
DE BANCOS Y SEGUROS, se promueve demanda ordinaria
para que se declare la nulidad del acto administrativo contenido
en la resolución GPU No. 204/21-07-2025 mediante la cual la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), confirmo
la resolución GPU No. 295/18-12-2024, por ser actos dictados
careciendo de competencia y exceso de poder.- Reconocimiento
de situación jurídica individualizada.- Se acredita poder.- Se
anexan documentos.- Petición.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
4 N. 2025
La G aceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 4 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,984
Sección B A v isos L egales
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio
del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes. HACE SABER: Que en fecha 15 de agosto del
2025, compareció a este Juzgado la Abogada KEREN MAYLIN
CASTRO MIDENCE, en su condición de representante procesal
del ciudadano OLVIN SAMUEL ROSALES GALO. Por la VÍA
DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración
de ilegalidad y nulidad de un acto administrativo consistente en
la RESOLUCIÓN No. 916-2025-SS de fecha 23 de julio de
2025 emitida por la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE SALUD, el reconocimiento de la situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se
condene al Estado de Honduras, a reclasificar al demandante
según la categoría que le corresponde, al pago de retroactivo
de reajuste por concepto de reclasificación a la categoría que
le corresponde al demandante y por el incremento de índice
inflatorio anual adeudado, se le nivele el salario según la categoría
que le corresponde, así mismo se reajuste el décimo tercer mes y
décimo cuarto mes, bono de vacaciones, todo con base al Estatuto
del Profesional de la Psicología y se le reconozca la antigüedad
laboral desde el primer contrato firmado y costas; contra el Estado
de Honduras, a través de la Procuraduría General de la República,
quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso
No. 0801-2025-00584. Asimismo, se hace la advertencia que
los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C)
del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS
con la presente publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTA
4 N. 2025
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 02 de junio del 2025
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha nueve
(09) de junio del año dos mil veintitrés (2023), compareció
ante este Juzgado el señor DENNIS EDGARDO CASTILLO
BETANCOURT, incoando demanda contencioso-administrativa
en materia especial de personal con orden de ingreso número
0801-2023-00696, en contra del Estado de Honduras, a través de
la SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
contraída a solicitar “Demanda especial en materia de personal
para la nulidad de un acto administrativo emitido por la Secretaría
de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social.- Que
reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación
ilegal e injustificada de que fue objeto.- Y como medida para
el pleno restablecimiento de sus derechos que se reintegre a su
puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y en concepto
de indemnización por daños y perjuicios que se le paguen los
salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de
vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás
beneficios colaterales, especialmente los fueros gremiales que
ostentaba cuando fue objeto el despido, todo ello contado desde
la fecha de cancelación de su Acuerdo de Nombramiento hasta la
fecha de ejecución de la sentencia que se dicte.- Se acompañan
documentos.- Condena en costas.- Poder”.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
4 N. 2025
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio
del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 21 de noviembre
del 2022, compareció a este Juzgado la Abogada Alejandra María
Suarez Fortín, en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad
Mercantil. Asociación Libertad y Democracia POR LA VÍA
DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración
de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados
consistentes en el acto presunto en sentido negativo por el silencio
administrativo en relación con el reclamo administrativo No. SG-
500-2018 de fecha 17 de diciembre del año 2018, ante el Estado
de Honduras, por actuaciones de la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas; reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las
medidas necesarias como ser que se de cumplimiento forzoso del
Decreto Ley No. 387-2005 emitido por el Congreso Nacional en
fecha 20 de enero del 2006 y para su efecto se emita condena
para el pago de daños y perjuicios por la cantidad de cuarenta y
ocho millones cincuenta y nueve mil, treinta y cuatro lempiras
con cuarenta centavos (L, 48,059,034.40), en concepto de capital
más el interés legal derivados de la obligación legal establecido
en el Decreto Legislativo No. 387-2005; emitido por actuaciones
de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. Que se
reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento
se adopten las medidas necesarias establecidas en la Ley de
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando
registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-
2022-01876. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados
como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17
de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y
los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente
publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTA
4 N. 2025
La G aceta R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 4 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 36,984
Sección B A v isos L egales
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintiuno de marzo del dos mil diecinueve, compareció
a este juzgado el Abogado JORGE A. CHAVARRIA en
su condición de Representante Procesal del señor PERRY
ALONZO BODDEN STANLEY, incoando demanda
ordinaria contenciosa administrativa contra el Tribunal
Superior de Cuentas, con orden de ingreso No.0801-2019-
00129, para que se declare no ser conforme a derecho
unos actos administrativos de carácter particular y como
consecuencia la nulidad parcial de los mismos por infringir
el ordenamiento jurídico, por haber sido dictados los
actos impugnados con exceso de poder y contrariando lo
dispuesto en la Ley General de la Administración Pública.
Se ejerce la acción de plena jurisdicción en el sentido que
se reconozca la situación jurídica individualizada. Que se
adopten medidas necesarias para el pleno restablecimiento
de la situación jurídica individualizada.- Se acredita
representación. - Se acompañan documentos.- Se señala el
Expediente Administrativo No. 1290-11-A, como el pliego
de responsabilidad civil No. 002-001-2018- DASM-ERP,
en donde corren agregados los documentos originales.-
Anexos.- Costas. En relación al acto impugnado consistente
en la Resolución Número 001/2018-SG-TSC-RR de fecha
dieciocho (18) de enero del dos mil dieciocho (2018), la
cual declara sin lugar el Recurso de Reposición, interpuesto
contra la Resolución Número 125/2014-SG-TSC de fecha
seis (6) de febrero del dos mil catorce (2014).
RITO FRANCISCO OYUELA
SECRETARIO ADJUNTO
4 N. 2025
Sección “B” JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
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