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Decreto No. 0801-2023-00380 | 15 de marzo de 2023 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2023-00380 — Demanda Contenciosa Administrativa en Materia de Personal contra Agencia de Regulación Sanitaria
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Resumen
Este aviso judicial publica dos demandas contenciosas administrativas de empleados públicos contra el Estado de Honduras. Los demandantes cuestionan la ilegalidad de sus despidos de ARSA (2023) y SAR (2024), solicitando la nulidad de los acuerdos de cancelación, reinserción laboral y pago de salarios e indemnizaciones por daños.
Texto completo
Que en fecha
veinte (20) de marzo del dos mil veintitrés (2023), compareció
a este Juzgado la Abogada NORMA PATRICIA REYES
CRUZ, en su condición de Apoderada Legal de los señores:
1) JOSSELYN NICOLLE ROSALES SALGADO, 2)
YARO JOSUE CACERES TERUEL; y, 3) WILFREDO
LAINEZ OYUELA, incoando demanda Contenciosa
Administrativa en materia de personal, registrada bajo el
número de ingreso 0801-2023-00380, contra el Estado de
Honduras a través de la Agencia de Regulación Sanitaria
(ARSA). “Se interpone demanda contenciosa administrativa
especial en materia de personal para que se declare la nulidad
e ilegalidad de los actos administrativos de carácter particular
consistentes en los Acuerdos de Cancelación números
ARSA-113-2023 notificado el siete (07) de marzo de 2023,
el Acuerdo ARSA-153-2023 notificado el 15 de marzo de
2023 y el Acuerdo arsa-155-2023 de fecha 16 de marzo de
2023, por no ser dictados conforme a derecho, por infringir
el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y
quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas
en la ley incluso con exceso y desviación de poder.- Que
se reconozca la situación jurídica individualizada y se
adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de
los derechos, se ordene a la Agencia de Regulación Sanitaria
(ARSA) el reintegro a un puesto de trabajo de igual o mejor
categoría a mis representados y a título de daños y perjuicios
el pago de sueldos dejados de percibir desde la fecha de
cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales
quede firme la sentencia.- Más el pago de los beneficios que
ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo
cuarto mes de salario, vacaciones, bonificación por concepto
de vacaciones, vacaciones no gozadas y reconocimiento de
los incrementos salariales.- Condena en costas.- Habilitación
de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación
judicial.- Se acompañan documentos.- Poder”. En relación:
Al acto que se impugna consiste en los Acuerdos de
Cancelación ARSA-113-2023 notificado el 7 de marzo del
2023, el Acuerdo de Cancelación ARSA-153-2023 notificado
en fecha 15 de marzo del 2023 y el Acuerdo de Cancelación
ARSA-155-2022 de fecha l6 de marzo del 2023.
VIKY MONTOYA
SECRETARIA ADJUNTA
25 J. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 25 D E J U N I O D E L 2025 N o . 36,873
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
once (11) de septiembre del año dos mil veinticuatro (2024),
compareció ante este Juzgado la Abogada Marcela Amador
Theodore, en su condición de representante procesal de los
señores Yessy Yamileth Martínez Andino, Nidia Arling
Guillen Rubio, Kevin Manuel Gonzales Vijil, Josué
Virgilio Zelaya Martínez y Dania Melisa Andino Galo,
incoando demanda vía procedimiento especial en materia de
personal, contra el Estado de Honduras a través del Servicio
de Administración de Rentas (SAR), con orden de ingreso
No.0801-2024-00691, para que se declare la nulidad de
cinco actos administrativos, por ser violatorios de derechos
constitucionales, así como prescindir total y absolutamente
de los procedimientos establecidos, consistente en los
Acuerdos SAR-No. 432-2024, SAR-No. 434-2024, SAR-
No. 424-2024, SAR-No. 435-2024 y SAR-No. 430-2024,
todos de fecha 30 de agosto del 2024, emitidos por el Servicio
de Administración de Rentas (SAR). Reconocimiento
de la situación jurídica individualizada paran su pleno
restablecimiento, se reconozca el reintegro a sus puestos de
trabajo en igual o mejor categoría y condiciones. A título de
daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir
desde la fecha de cancelación hasta que de acuerdo a las
normas procesales quede firme la sentencia, pago de los
derechos adquiridos, pago de quinquenios, pago de ajuste
anual de acuerdo al porcentaje de costo de vida indicado
por el Banco Central de Honduras, de acuerdo al artículo
29 del régimen de carrera de empleados y funcionarios en
el Servicio de Administración de Rentas o cualquier otro
derecho que se derive durante la secuela del juicio como ser
décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, bonos,
aumentos salariales. Se alega notificación defectuosa.
Devolución de cantidades retenidas ilegalmente de
aportaciones a INJUPEMP. Pago de horas extras. Poder.
Petición. Se acompañan documentos.
ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ
SECRETARIO ADJUNTO
25 J. 2025
PODERJUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER:
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