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17 de junio de 2025Vigente

Aviso No. 0801-2023-00953 — Demanda de nulidad de Resoluciones 046-2022 y 121-2023 interpuesta por Luvian Damaris Castellanos

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 0801-2023-00953
  • Publicación: 17 de junio de 2025
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 36,866
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una ciudadana demanda al Estado hondureño (INJUPEMP) para anular dos resoluciones administrativas que afectaron la compra de su vivienda, alegando que se violaron procedimientos legales y formalidades esenciales. Solicita que se declaren nulas estas decisiones y se le devuelva el dinero pagado con intereses y daños.

Texto completo

comparece la señora LUVIAN DAMARIS CASTELLANOS, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2023-00953, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP), interpone para que se declare la nulidad de una resolución que es un acto administrativo de carácter particular, por la infracción de procedimiento procesal administrativo, por el quebrantamiento de formalidades esenciales en un contrato sobre la adquisidor de una vivienda, que se adopten medidas necesarias en el pago de daños y perjuicios, devolución de dinero, pagado con sus respectivos intereses. Que se condene en costas en el presente juicio. Petición acompañando documentos. Poder se hace mención de reserva de actuar en jurisdicción civil en demanda de reivindicatoria de dominio e indemnización por daños; en relación a la Resoluciones No. 046-2022 y la Resolución No. 121-2023 ambas de fecha 09 de enero del año 2023. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 17 J. 2025 _________

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de septiembre del año dos mil veintidós (2022),