VigenteCategoria: Notarial y Registral
15 de abril de 2021 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de Modificación de Escritura de Constitución de BAC/PENSIONES HONDURAS
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este documento contiene varios avisos legales. El principal informa que BAC/Pensiones Honduras aumentó su capital social de 140 a 146 millones de lempiras mediante aporte de accionistas. También incluye avisos de un juzgado sobre cancelación de certificado de depósito, demandas contencioso-administrativas y una licitación pública para remodelación de edificio judicial.
Texto completo
AVISO DE MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE
CONSTITUCIÓN ADMINISTRADORA DE FONDOS
DE PENSIONES Y CESANTÍAS BAC/PENSIONES
HONDURAS, S.A.
Al comercio y público en general, se HACE SABER: Que
mediante Instrumento Público No. 37 del 15 de abril de 2021,
autorizado por el Notario Dennis Matamoros Batson, la sociedad
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES
Y CESANTÍAS BAC/PENSIONES HONDURAS, S.A.,
reformó las Cláusulas Sexto de la Escritura de Constitución y
el Capítulo IV del Capital Social, Artículo 4 de sus Estatutos
Sociales, aumentando su capital social de ciento cuarenta
millones de Lempiras exactos (L 140,000.000.00) con que
cuenta actualmente, a ciento cuarenta y seis millones de
Lempiras exactos (L146,000.000.00), es decir un incremento de
seis millones de Lempiras exactos (L 6,000.000.00), mediante
aporte en efectivo por parte de los accionistas en proporción a
su participación societaria, de conformidad con los acuerdos
alcanzados en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas
celebrada el 18 de marzo de 2021.
Tegucigalpa, M.D.C. 25 de mayo 2021.
LA ADMINISTRACIÓN.
29 M. 2021.
_____
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS CIVIL
DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TITULO
VALOR
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general y
para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en el expediente
registrado bajo el número 0801-2019-04588-CV, contentivo a una
solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, ante este
Despacho de Justicia, compareció la señora KAREN YAQUELIN
CERRATO GIRÓN, solicitando la Cancelación y Reposición del
siguiente Título Valor: 1) Certificado de Depósito a Plazo Fijo
No.400772881, por un monto de DOSCIENTOS NOVENTA
Y UN MIL LEMPIRAS (L.291,000.00), con fecha de apertura
el cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), el
cual vence el cuatro de septiembre del año dos mil diecinueve
(2019), el cual fue aperturado en el BANCO DE AMERICA
CENTRAL HONDURAS, S.A. (BAC HONDURAS); lo que
se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley
correspondiente.
Tegucigalpa, M.D.C., 12 de mayo de 2021.
Carlos Antonio Martínez Ramos
Secretario Adjunto
29 M. 2021.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 D E M A Y O D E L 2021 N o . 35,613
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha uno (01) de marzo del dos mil veintiuno
(2021), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado
Luis Fernando Sauceda Godoy, Representante Procesal de
la Sociedad Mercantil QUALITY INVERSIONES, S. DE
R.L., con orden de ingreso número 0801-2021-00212, contra
la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura
y Servicios Públicos (INSEP), incoando demanda ordinaria
en materia contenciosa administrativa para que se declare
no ser conforme a derecho y consecuentemente se declare la
nulidad e ilegalidad de un acto presunto en sentido negativo
producido por el silencio administrativo. Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada.-Se adopten las
medias para el pleno restablecimiento de los derechos de
mi mandante consistentes en: A) Se ordene el pago por la
cantidad de ciento siete mil ochocientos cuarenta y cuatro
lempiras con ochenta centavos (L. 107,844.80) cantidad
adeudada por Servicios de suministros prestados y derivados
de las órdenes de compra, facturas y órdenes de entrega
números 01036, 01043, 01270, 01311, 01324, 01348,
01350, 01355, 01363, 01367, 01369; B) Reconocimiento
de pago de intereses causados conforme al artículo 25 de la
Ley de Contratación del Estado que se han generado y que
sigan generándose hasta la completa satisfacción del pago
adeudado.-Anexos.- Poder.- Especial condena en costas.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARAIA ADJUNTA
29 M. 2021.
_____
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de abril
del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado el
señor ZEUS ADONIS GOMEZ ACOSTA, incoando demanda
Contenciosa Administrativa vía Procedimiento en Materia Ordinaria
con orden de ingreso número 0801-2021-00253, contra el Estado
de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Seguridad, para la nulidad de un acto administrativo particular
consistente en RESOLUCION-SEDS-0526-2021, de fecha dos
de marzo del año dos mil veintiuno, que resuelve el recurso de
reposición interpuesta en contra de la primera Resolución SEDS-
0539-2020 de fecha trece de marzo del año dos mil veinte. Por haber
sido emitida con exceso y desviación de poder por la Secretaria de
Estado en el Despacho de Seguridad. Que se reconozca la situación
jurídica individualizada por haber sido emitido el acto con exceso
y desviación de poder. Y como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento de sus derechos mediante Sentencia se ordene
el pago de los salarios dejados de percibir desde el 01 de julio del
año 2015 hasta la fecha del fallo Judicial. Que se active en planillas
de pago el décimo tercer mes de salario, décimo cuarto mes de
salario, vacaciones, aumentos, nivelación salarial u otro beneficio
causado en el transcurso de la suspensión indebida del salario. Que
se paguen cotizaciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social
para continuar con tratamiento médico, ingesta de medicamentos,
debido a una enfermedad degenerativa e irreversible, pago de
cuotas patronales del Instituto de Previsión Militar, I.P.M., para
realizar trámite de pensión según dictamen de la Comisión Técnica
de invalidez del Instituto Hondureño de Seguridad Social. Pago de
las costas del juicio. Documentos debidamente autenticados. Poder.
En relación a la RESOLUCION-SEDS-0526-2021, de fecha dos de
marzo del año dos mil veintiuno.
ABG. GERARDO CASTRO NAVARRO
SECRETARIO ADJUNTO
29 M. 2021.
_____
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 31 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,614
Poder Judicial
ADENDUM N°. 1
Licitación Pública Nacional N°. 06-2021
“Ampliación y remodelación del Edificio Judicial de El
Progreso, departamento de Yoro”
El Poder Judicial, comunica a todas las Empresas
Constructoras y Contratistas Individuales, que retiraron el
documento base para participar en este proceso; que pueden
pasar por las oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicada
en el segundo nivel del nuevo Edificio de la Dirección
Administrativa y la Unidad de Licitaciones, en un horario de
7:30 A.M. a 4:00 P.M., para retirar CD que contiene toda la
información del presente Adendum N°. 1:
1. La fecha de Recepción y Apertura de Ofertas: Se
modifica para el día JUEVES 03 DE JUNIO DE 2021,
a las 9:00 A.M., en el Salón de Sesiones de las nuevas
Oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de
Licitaciones del Poder Judicial en Tegucigalpa, M.D.C.
2. También incluye, las respuestas a consultas realizadas
por escrito por parte de las empresas participantes,
durante el período de preguntas y respuestas y se incluye
el protocolo de bioseguridad.
3. Las ofertas conforme a lo establecido en el Artículo 98 del
Decreto Legislativo 182-2020, los sobres a los que hace
referencia el Artículo 111 del reglamento de la Ley de
Contratación de Estado, serán los sobres electrónicos que
se encuentran en la plataforma de HONDUCOMPRAS
2, según lo disponga el Pliego de Condiciones en relación
a los documentos que conforma la oferta, deberán ser
escaneados de manera íntegra anexados al archivo
digital para ser enviados, a través de la plataforma de
Honducompras 2 al enlace https://h2.honducompras.gob.hn/
STS/Users/Login/Index?SkinName=HN mismo que es
de manera obligatoria para tomar en consideración la
oferta. Se requiere asimismo la presentación en físico de
dicha documentación, en la fecha y hora indicada en este
Adendum N°. 1, para las evaluaciones correspondientes.
Se les recuerda que el presente Adendum, pasa a formar
parte íntegra de los documentos contractuales, por lo que
recomendamos prestar la atención que corresponde a la
información incluida.
Tegucigalpa, M.D.C., 25 de mayo de 2021.
UNIDAD DE LICITACIONES
31 M. 2021.
_____
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVA,
otorgada mediante Resolución Número 046-2021 de fecha 22
de febrero del año 2021, mediante Carta de fecha 13 de mayo
del año 2020, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley
de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la
Sociedad Mercantil INVERSIONES SALAM, S. DE R.L.
DE C.V., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVA de la
Empresa Concedente FABRICATO, S.A., de nacionalidad
colombiana: con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO
DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO
INDEFINIDO; F. y S. MARÍA ANTONIA RIVERA,
Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ
CÁRCAMO, Secretaria General. Esta certificación no
surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el
Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General
de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado.
Para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los tres días del mes de marzo del año dos mil
veintiuno.
DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO
Secretaria General
31 M. 2021.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 31 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,614
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
Leyes relacionadas
Aviso — Aviso Juzgado de Letras Contencioso Administrativo - Demanda de Gustavo Adolfo Dubón Banegas
Un trabajador demanda al Instituto Hondureño de Transporte Terrestre ante los tribunales para anular su despido. Busca ser reintegrado a su puesto con salarios adeudados, prestaciones y beneficios desde diciembre de 2023, además del pago de costas del juicio.
Decreto | 2024
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - Ministerio Público
Un juzgado anuncia una demanda contra la Secretaría de Derechos Humanos presentada por tres empleados que reclaman igualdad salarial por igual trabajo, pago retroactivo desde su reclamo inicial, y prestaciones laborales pendientes (decimotercero, decimocuarto y vacaciones), argumentando que la Secretaría violó sus derechos al no responder su solicitud.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Fiscal Administrativo - BANCO DE AMERICA CENTRAL
El Banco de América Central Honduras presentó una demanda ante el juzgado fiscal para anular una resolución tributaria de 2019 que considera ilegal. El banco busca que se declare nula la decisión, se reconozcan sus derechos y se le indemnice por los daños causados.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - INJUPEMP
Un juzgado de lo contencioso administrativo anuncia que recibió una demanda contra el Estado hondureño a través del INJUPEMP (institución de pensiones) solicitando anular decisiones administrativas sobre una compraventa de propiedad y corregir defectos del inmueble. Esta notificación pública busca informar a los interesados sobre el inicio del proceso judicial.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso Demanda Fiscal - Resoluciones DEI-AGCRNO-055-F-2013 y otras
Una empresa (INVEMA) demanda al Servicio de Administración de Rentas (SAR) para anular decisiones fiscales que le retuvieron impuestos sobre la renta de sus trabajadores recolectores de basura, argumentando que esas retenciones son ilegales. La demanda busca que se declare la ilegalidad de las resoluciones y se devuelva lo cobrado indebidamente.
Decreto | 2020