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15 de abril de 2021 | Poder Judicial

Aviso — Aviso de Modificación de Escritura de Constitución de BAC/PENSIONES HONDURAS

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Resumen

Este documento contiene varios avisos legales. El principal informa que BAC/Pensiones Honduras aumentó su capital social de 140 a 146 millones de lempiras mediante aporte de accionistas. También incluye avisos de un juzgado sobre cancelación de certificado de depósito, demandas contencioso-administrativas y una licitación pública para remodelación de edificio judicial.

Texto completo

AVISO DE MODIFICACIÓN DE ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS BAC/PENSIONES HONDURAS, S.A. Al comercio y público en general, se HACE SABER: Que mediante Instrumento Público No. 37 del 15 de abril de 2021, autorizado por el Notario Dennis Matamoros Batson, la sociedad ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS BAC/PENSIONES HONDURAS, S.A., reformó las Cláusulas Sexto de la Escritura de Constitución y el Capítulo IV del Capital Social, Artículo 4 de sus Estatutos Sociales, aumentando su capital social de ciento cuarenta millones de Lempiras exactos (L 140,000.000.00) con que cuenta actualmente, a ciento cuarenta y seis millones de Lempiras exactos (L146,000.000.00), es decir un incremento de seis millones de Lempiras exactos (L 6,000.000.00), mediante aporte en efectivo por parte de los accionistas en proporción a su participación societaria, de conformidad con los acuerdos alcanzados en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 18 de marzo de 2021. Tegucigalpa, M.D.C. 25 de mayo 2021. LA ADMINISTRACIÓN. 29 M. 2021. _____ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TITULO VALOR El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en el expediente registrado bajo el número 0801-2019-04588-CV, contentivo a una solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor, ante este Despacho de Justicia, compareció la señora KAREN YAQUELIN CERRATO GIRÓN, solicitando la Cancelación y Reposición del siguiente Título Valor: 1) Certificado de Depósito a Plazo Fijo No.400772881, por un monto de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL LEMPIRAS (L.291,000.00), con fecha de apertura el cuatro de septiembre del año dos mil diecisiete (2017), el cual vence el cuatro de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), el cual fue aperturado en el BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS, S.A. (BAC HONDURAS); lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 12 de mayo de 2021. Carlos Antonio Martínez Ramos Secretario Adjunto 29 M. 2021. Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 29 D E M A Y O D E L 2021 N o . 35,613 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de marzo del dos mil veintiuno (2021), interpuso demanda ante este Juzgado el Abogado Luis Fernando Sauceda Godoy, Representante Procesal de la Sociedad Mercantil QUALITY INVERSIONES, S. DE R.L., con orden de ingreso número 0801-2021-00212, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), incoando demanda ordinaria en materia contenciosa administrativa para que se declare no ser conforme a derecho y consecuentemente se declare la nulidad e ilegalidad de un acto presunto en sentido negativo producido por el silencio administrativo. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.-Se adopten las medias para el pleno restablecimiento de los derechos de mi mandante consistentes en: A) Se ordene el pago por la cantidad de ciento siete mil ochocientos cuarenta y cuatro lempiras con ochenta centavos (L. 107,844.80) cantidad adeudada por Servicios de suministros prestados y derivados de las órdenes de compra, facturas y órdenes de entrega números 01036, 01043, 01270, 01311, 01324, 01348, 01350, 01355, 01363, 01367, 01369; B) Reconocimiento de pago de intereses causados conforme al artículo 25 de la Ley de Contratación del Estado que se han generado y que sigan generándose hasta la completa satisfacción del pago adeudado.-Anexos.- Poder.- Especial condena en costas. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARAIA ADJUNTA 29 M. 2021. _____ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de abril del año dos mil veintiuno (2021), compareció ante este Juzgado el señor ZEUS ADONIS GOMEZ ACOSTA, incoando demanda Contenciosa Administrativa vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2021-00253, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, para la nulidad de un acto administrativo particular consistente en RESOLUCION-SEDS-0526-2021, de fecha dos de marzo del año dos mil veintiuno, que resuelve el recurso de reposición interpuesta en contra de la primera Resolución SEDS- 0539-2020 de fecha trece de marzo del año dos mil veinte. Por haber sido emitida con exceso y desviación de poder por la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad. Que se reconozca la situación jurídica individualizada por haber sido emitido el acto con exceso y desviación de poder. Y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de sus derechos mediante Sentencia se ordene el pago de los salarios dejados de percibir desde el 01 de julio del año 2015 hasta la fecha del fallo Judicial. Que se active en planillas de pago el décimo tercer mes de salario, décimo cuarto mes de salario, vacaciones, aumentos, nivelación salarial u otro beneficio causado en el transcurso de la suspensión indebida del salario. Que se paguen cotizaciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social para continuar con tratamiento médico, ingesta de medicamentos, debido a una enfermedad degenerativa e irreversible, pago de cuotas patronales del Instituto de Previsión Militar, I.P.M., para realizar trámite de pensión según dictamen de la Comisión Técnica de invalidez del Instituto Hondureño de Seguridad Social. Pago de las costas del juicio. Documentos debidamente autenticados. Poder. En relación a la RESOLUCION-SEDS-0526-2021, de fecha dos de marzo del año dos mil veintiuno. ABG. GERARDO CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 29 M. 2021. _____ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 31 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,614 Poder Judicial ADENDUM N°. 1 Licitación Pública Nacional N°. 06-2021 “Ampliación y remodelación del Edificio Judicial de El Progreso, departamento de Yoro” El Poder Judicial, comunica a todas las Empresas Constructoras y Contratistas Individuales, que retiraron el documento base para participar en este proceso; que pueden pasar por las oficinas de la Unidad de Licitaciones, ubicada en el segundo nivel del nuevo Edificio de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones, en un horario de 7:30 A.M. a 4:00 P.M., para retirar CD que contiene toda la información del presente Adendum N°. 1: 1. La fecha de Recepción y Apertura de Ofertas: Se modifica para el día JUEVES 03 DE JUNIO DE 2021, a las 9:00 A.M., en el Salón de Sesiones de las nuevas Oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en Tegucigalpa, M.D.C. 2. También incluye, las respuestas a consultas realizadas por escrito por parte de las empresas participantes, durante el período de preguntas y respuestas y se incluye el protocolo de bioseguridad. 3. Las ofertas conforme a lo establecido en el Artículo 98 del Decreto Legislativo 182-2020, los sobres a los que hace referencia el Artículo 111 del reglamento de la Ley de Contratación de Estado, serán los sobres electrónicos que se encuentran en la plataforma de HONDUCOMPRAS 2, según lo disponga el Pliego de Condiciones en relación a los documentos que conforma la oferta, deberán ser escaneados de manera íntegra anexados al archivo digital para ser enviados, a través de la plataforma de Honducompras 2 al enlace https://h2.honducompras.gob.hn/ STS/Users/Login/Index?SkinName=HN mismo que es de manera obligatoria para tomar en consideración la oferta. Se requiere asimismo la presentación en físico de dicha documentación, en la fecha y hora indicada en este Adendum N°. 1, para las evaluaciones correspondientes. Se les recuerda que el presente Adendum, pasa a formar parte íntegra de los documentos contractuales, por lo que recomendamos prestar la atención que corresponde a la información incluida. Tegucigalpa, M.D.C., 25 de mayo de 2021. UNIDAD DE LICITACIONES 31 M. 2021. _____ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVA, otorgada mediante Resolución Número 046-2021 de fecha 22 de febrero del año 2021, mediante Carta de fecha 13 de mayo del año 2020, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil INVERSIONES SALAM, S. DE R.L. DE C.V., como DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVA de la Empresa Concedente FABRICATO, S.A., de nacionalidad colombiana: con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; POR TIEMPO INDEFINIDO; F. y S. MARÍA ANTONIA RIVERA, Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO, Secretaria General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres días del mes de marzo del año dos mil veintiuno. DUNIA GRISEL FUENTEZ CARCAMO Secretaria General 31 M. 2021. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 31 D E MAYO D E L 2021 N o . 35,614 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO

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