Aviso No. 0801-2022-00233 — Demanda de Angelica Yulisa Godoy Reyes contra Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Decreto: 0801-2022-00233
- Publicación: 25 de agosto de 2022
- Gaceta: 36,019
- Categoria: Laboral
Resumen
Este aviso notifica dos demandas legales contra el Estado hondureño. Dos mujeres denuncian que fueron despedidas ilegalmente de sus empleos públicos y piden que se anule su cancelación, que sean reintegradas a sus puestos y que reciban los salarios y beneficios que dejaron de percibir desde su despido.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de abril del año 2022 el abogado José Helidoro Zamora Flores, representante procesal de la señora Angelica Yulisa Godoy Reyes, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2022-00233, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaria de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, interpuso demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo ejecutivo de cancelación número 129-2022 de fecha veintidós (22) de marzo del año dos mil veintidós (2022), por no ser dictado conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico, y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento jurídico, y por contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho, el reintegro al puesto de trabajo de igual o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia.- Más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificaciones por concepto de vacaciones y reconocimiento de los incrementos salariales.- Condena en costas.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos.- Poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 3 S. 2022. _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 25 de julio del año 2022 la señora Elena Guadalupe Molina Sánchez, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2022-00705, contra el Estado de Honduras por actuaciones de la Comisión Técnica Liquidadora suprimida por la Secretaria de Coordinación General de Gobierno interpuso demanda especial en materia de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad y subsecuente nulidad de un acto administrativo de carácter particular. Reconocimiento de una situación como ser el reintegro al cargo del cual fui cancelada o a otro de igual o mejor categoría al momento de la ejecución de la sentencia y el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta hasta la fecha de reinstalación al cargo.- Que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento.- Se acompañan documentos. - Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretendan utilizar. - Se confiere poder. - Especial condena en costas a la parte demandada, en relación al acuerdo de cancelación No. CTL- 1339-2022 de fecha 04 de julio del 2022, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 3 S. 2022. _______
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