VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2019-00125 | 8 de septiembre de 2020 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2019-00125 — Notificación de demanda contencioso administrativa por Jorge Aníbal Morales Alvarado
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Resumen
Este aviso notifica tres demandas presentadas ante el Juzgado Contencioso Administrativo por trabajadores que reclaman la nulidad de sus despidos. Los demandantes solicitan ser reintegrados a sus cargos, recibir salarios adeudados e indemnizaciones por daños sufridos al haber sido separados del trabajo sin seguir los procedimientos legales correctos.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veinticinco (25) de enero de dos mil veintiuno
(2021), compareció ante este Juzgado el señor ROBY
ROBERTO RODRIGUEZ MATUTE, en su condición
personal, incoando demanda en materia de personal, con
número 0801-2021-00103, para que se declare la nulidad
de un acto particular de la administración pública, dictado
con infracción del ordenamiento de formalidades esenciales
para su formación. Reconocimiento de una situación
jurídica individualizada por haber lesionado derechos
del administrado y para su pleno restablecimiento que se
ordene el reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los
salarios dejados de percibir o, en su defecto, el pago de las
prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho
corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder.
Condena en costas.- En relación a los actos impugnados
consistentes en el acuerdo de cancelación número. No. 1298-
2020, de fecha 25 de noviembre del año 2020.
KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2021 _________
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación, del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha once (11) de enero del año dos mil veintiuno
(2021), compareció a este juzgado el abogado CESAR
ARTURO HELLER PORTILLO, incoando demanda
Contenciosa Administrativa, vía procedimiento especial
en materia personal con orden de ingreso número 0801-
2021-00010 contra el Estado de Honduras a través de la
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD, para que se declare la nulidad de un acto
particular de la administración pública, consistente en el
acuerdo de cancelación número 0756-2020 de fecha 26 de
agosto del año 2020, dictado con infracción del ordenamiento
jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales
para su formación.- Reconocimiento de una situación
jurídica individualizada por haber lesionado derechos del
administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene
el reintegro al cargo que ocupaba mi representada y el pago
de los salarios dejados de percibir o, en su defecto, el pago de
las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho
corresponda.- Se acompañan documentos.- Se confier-
Poder.- Condena en costas.-
ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2021
_________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha once (11) de enero del dos mil veintiuno
(2021), interpuso demanda ante este Juzgado el señor
Fredily Emanuel Avila González, con orden de ingreso
número 0801-2021-00048, contra la Secretaría de Estado
en el Despacho de Seguridad, incoando demanda especial
Contencioso administrativa en materia personal para que
se declare la nulidad de un acto administrativo particular
de la administración pública, dictado con infracción del
ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades
esenciales para su formación.- Reconocimiento de una
situación jurídica individualizada por haber lesionado
derechos del administrado y para su pleno restablecimiento
que se ordene el reintegro al cargo que ocupaba y el pago de
los salarios dejados de percibir o, en su defecto, el pago de
las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho
corresponda.- Se acompañan documentos.- Se confiere
poder.- Condena en costas.- Va en relación al Acuerdo No.
0828-2020 de fecha 08 de septiembre de 2020, emitida por
la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2021
Sección B Avisos Legales
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 12 DE MARZO DEL 2021 No. 35,542
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