VigenteCategoria: Laboral
28 de junio de 2024
Aviso — Demanda mediante procedimiento especial en materia de personal contra Secretaría de Finanzas por acuerdo N°. CTL-1229-2022
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Resumen
Una abogada demanda al Estado hondureño por su despido injustificado como funcionaria pública. Pide que se declare nulo el despido, que la reintegren al cargo con todos sus beneficios, que le paguen los salarios perdidos desde su despido y que se realicen las contribuciones al fondo de pensiones que dejaron de hacerse.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 01 de agosto
del año 2024 comparece la Abogada Irys Yamileth Duarte
Ordoñez quien actúa en causa propia, interpuso demanda
ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-
00536, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría
de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, se
interpone demanda en materia de personal para que se declare
la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter
particular de cancelación por cesantía por no estar dictado
conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se
adopten las medidas de: 1) el reintegro al cargo en iguales
o mejores condiciones; 2) a título de daños y perjuicios el
pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la
cancelación por cesantía hasta aquella en que sea restituida
en el cargo junto con todos los derechos adquiridos otorgados
en ley como ser: Décimo tercer y décimo cuarto mes,
vacaciones, quinquenios, aumentos generales y los ajustes
y beneficios establecidos en el manual de puestos y salarios
de la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional; 3) Que se ordene la nulidad del acto de
nombramiento del sustituto (A) si fuera el caso; 4) Que se
hagan las aportaciones tanto patronales como personales al
INJUPEMP que resulten de los salarios dejados de percibir y
derechos adjuntos en ausencia.- Condena en costas a la parte
demandada.- Se actúa en causa propia.- Petición.- Se anexan
documentos; en relación al Acuerdo No. 228-SRH-2024 de
fecha 28 de junio del 2024.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
6 N. 2024
Sección “B”JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
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