VigenteCategoria: Financiero y Tributario
Decreto No. 0501-2024-01595-LCV | 16 de septiembre de 2022 | Poder Judicial
Aviso No. 0501-2024-01595-LCV — Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor presentada por Sandra Alvarado Rivera
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Resumen
Estos avisos publicados en La Gaceta comunican procesos judiciales en curso: Sandra Alvarado Rivera solicita reemplazar un certificado de depósito perdido por L.100,000; cinco hermanos demandan al INPREUNAH por negación de beneficio por muerte; y José Francisco Ramírez cuestiona una decisión de la Comisión Técnica Liquidadora. Notifican a las partes sobre procedimientos legales iniciados.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil de la
Sección Judicial de San Pedro Sula, al público en general y para los
efectos de Ley, HACE SABER: Que el día tres (03) de mayo del
año dos mil veinticuatro (2024), se presentó ante este juzgado una
Solicitud de Cancelación y Reposición de Título Valor por la señora
Sandra Alvarado Rivera en su condición personal, solicitando la
Cancelación y reposición de un Certificado de Depósito a Plazo
Número 51000000227 con número de documento 13110 de fecha
trece (13) de marzo del año dos mil diecinueve por la cantidad de
CIEN MIL LEMPIRAS (L.100,000.00) emitido por la sociedad
mercantil COMPAÑÍA FINANCIERA CENTROAMERICANA, S.A,
a nombre de la señora Sandra Alvarado Rivera.
San Pedro Sula, Cortés, 04 de septiembre del año 2024
ABG. INGRID KAROLINA BAUTISTA RODRIGUEZ,
SRIA. ADJ.
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
16 S. 2024
______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23)
de febrero del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este
Juzgado el Abogado IRINALDO MACIAS RIVERA, en su
condición de representante procesal de los señores DUNIA
SARAHI MARTINEZ NICOLAS, LESBIA LILY MARTINEZ
NICOLAS, FREDAL ANTONIO MARTINEZ NICOLAS,
SINDY VANESSA MARTINEZ NICOLAS y GAUDY
YARELI MARTINEZ NICOLAS, incoando demanda en materia
ordinaria. Con orden de ingreso número 0801-2023-00308, contra
el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE PREVISIÓN
DE LOS EMPLEADOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
AUTÓNOMA DE HONDURAS (INPREUNAH), se interpone
demanda ordinaria en materia contenciosa administrativa para
que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo
particular, que fue emitido infringiendo el ordenamiento jurídico
quebrantando las formalidades esenciales del procedimiento
y con exceso y desviación de poder.- Que se reconozca una
situación jurídica individualizada y la adopción de medidas
para su pleno restablecimiento se adopte la medida de dejar sin
valor y efecto la resolución JD-INPREUNAH NO.005/31-10-22
y consecuentemente ordenar el pago del beneficio por muerte a
favor de mis representados.- Más intereses, daños y perjuicios
ocasionados, costas del juicio, pago de honorarios profesionales.-
Se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Petición.
ABG. KARINA ELIZABETH GALVEZ REYES
SECRETARIA GENERAL
16 S. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E SEPTIEMBRE D E L 2024 N o . 36,641
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 16 de septiembre del 2022, compareció a este
por los abogados GUILLERMO SAMIR PEÑA JIMENEZ
y VALERIA FERNANDA MARTINEZ GUZMAN, en
su condición de representantes procesales del ciudadano
JOSE FRANCISCO RAMIREZ en su condición personal
por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN
MATERIA PERSONAL para la declaración de ilegalidad
y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en
el ACUERDO No. CTL- 692-2022, de fecha 24 de agosto
del 2022 emitida por la Comisión Técnica Liquidadora,
reconocimiento de una situación jurídica individualizada
y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas
establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo; contra el Estado de Honduras a
través de la Procuraduría General de la República, quedando
registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No.
0801¬2022-01356. Asimismo, se hace la advertencia
que los legitimados como parte demandada con arreglo
al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se
entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
16 S. 2024 ____________
TECNOCOMP, SA DE CV
CONVOCATORIA
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