VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-4679 | 10 de abril de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 2023-4679 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - DE LA COSTA
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Resumen
Este documento contiene tres avisos legales: uno sobre el registro de la marca "DE LA COSTA" para tajadas (clase 29) solicitada por Humberto Girón Jiménez, y dos demandas ante tribunales contencioso-administrativos contra institutos públicos por cancelaciones laborales y actos administrativos sin debido proceso.
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-4679
Fecha de presentación: 2023-07-24
Fecha de emisión: 10 de abril de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HUMBERTO GIRON JIMENEZ
Domicilio: Residencial Villa Real, bloque H, Casa 55, San Pedro, CP 504, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ROBERTO CARLOS GIRON
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DE LA COSTA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Tajadas, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
26 J., 11 y 26 J. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha diecisiete (17) de abril de dos mil veinticuatro (2024),
compareció a este Juzgado la Abogada KARLA YADIRA
PAREDES ORTEGA, quien actúa en su condición de
Apoderada Legal de la señora MIXIA MARILIS SUAZO
SABIO, interponiendo demanda en materia de personal
con orden de ingreso 0801-2024-00334, contra el Estado de
Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD.
Para que se declare la anulación de un acto administrativo de
carácter particular de la administración pública, consistente
en el acuerdo de cancelación No. SE-IP-216-2024, de fecha
21 de marzo de 2024, emitido por el Instituto de la Propiedad,
por haberse dictado prescindiendo total y absolutamente
del procedimiento establecido en violación de garantías
constitucionales, reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y para su pleno restablecimiento se ordene
el reintegro en el cargo en iguales o mejores condiciones,
condenando a la parte demandada al pago de los salarios,
aumentos y beneficios legales dejados de percibir en ausencia,
se ordene el goce del periodo de vacaciones no concedidas
desde el periodo 2022-2023 y los subsiguientes períodos que
se generen durante se ventile el presente juicio junto al pago
de la correspondiente bonificación, pago de costas del juicio,
se acompañan documentos, los cuales una vez cotejados por
el Secretario del despacho se proceda a su devolución, se
acredita representación.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
26 J. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 28 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,572
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 23 de enero del 2023,
compareció a este Juzgado el Abogado Wilson Omar
Díaz Flores, en su condición de representante procesal
de la ciudadana Vivian Nicole Mora González, para la
VÍA DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE
PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad
del Acto Administrativo impugnado consistente en el
ACUERDO No. 840-SRH-2022 de fecha 19 de diciembre
del 2022, emitido por actuaciones de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional. Que se reconozca una situación jurídica y para
su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias
establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de
lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta
Judicatura bajo el orden de ingreso No.
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