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8 de agosto de 2023 | Poder Judicial

Aviso — Aviso de Título Supletorio - Carlos Orellana Espinoza

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Resumen

Este aviso publica tres notificaciones judiciales: (1) Carlos Orellana Espinoza solicita título de propiedad de un terreno de 82,004.69 m² en Ocotepeque que posee pacíficamente hace más de 12 años; (2) Roberto Carlos Oliva Funes demanda al Estado para que lo reintegren a su puesto de Guardian I tras un despido que considera ilegal, pidiendo salarios adeudados; (3) Lester Eduardo Rodríguez López demanda a la Administración Aduanera por su cancelación injusta, solicitando reintegro y compensación de salarios y beneficios perdidos.

Texto completo

AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE CONSTAR: Que el señor CARLOS ORELLANA ESPINOZA, ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguientes: Un lote de terreno con un área de OCHENTA Y DOS MIL CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTECIMAS DE METRO CUADRADO (82,004.69M2), equivalente A ONCE MANZANAS CON SETENTA Y CINCO CENTECIMAS DE MANZANA (11,75 Mz), ubicado en lugar denominado El Acan, municipio de San Francisco del Valle, departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con DENIS ARNOLDO HENRIQUEZ MEJIA; AL NORESTE, colinda con Lebi Aguilar Orellana, Suyapa del Carmen Santos Polanco y Denis Arnoldo Henríquez Mejía; AL NOROESTE, colinda con Sucesión Orellana; AL SUR, colinda con Carmela Gomes De Jesús y calle privada en propiedad de Carlos Orellana Espinoza de por medio con Margarita Ortega Manca y Daniel Pleitez Ortega; AL SURESTE, colinda con carretera pavimentada; y, AL SUROESTE, colinda con Carmen Menéndez Posadas, inmueble este que hube por donación de parte de su esposa la señora DORIS AMANDA MELGAR RIVERA, mediante documento privado de fecha (3) de febrero del año dos mil diez (2010).- El cual es de naturaleza privada y he poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de doce años (12 años). Representante Legal Abg. EDGAR JAVIER MADRID.- Ocotepeque, 20 de junio del año 2023 Abg. JORGE ARTURO LOPEZ, SRIO. ADJUNTO JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 25 J., 25 J. y 26 A. 2024 _________ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,569 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de octubre del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor ROBERTO CARLOS OLIVA FUNES, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2023-01102, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACON, se interpone demanda en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad del acto administrativo de carácter particular consistente en el acuerdo número 615-2023 de fecha 06 de septiembre del año dos mil veintitrés, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular del derecho que se reclama y adoptar como medidas necesarias para su pleno restablecimiento, el reintegro al cargo de Guardian I de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrado al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviere el puesto en el transcurso del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante proceso, como ser pago de decimotercero y decimocuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos. Se otorga poder. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 25 J. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de agosto del año dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado la Abogada XIOMARA YALMIRA GOMEZ GARMENDIA, quien actúa en condición de representante procesal del señor LESTER EDUARDO RODRIGUEZ LOPEZ, incoando demanda Personal con orden de ingreso número 0801-2023- 00968, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional.- "Para que se declare la nulidad del acto administrativo de carácter particular por no ser conforme a derecho el acuerdo de cancelación ADUANAS- DE-GNGTH-154-2023 de fecha ocho (08) de agosto del año dos mil veintitrés (2023) emitido por la Administración Aduanera de Honduras (AAH) notificado en ocho (08) de agosto del año dos mil veintitrés (2023).- Para que se declare su ilegalidad y nulidad por infracción de ley.- Que se declare reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias para reintegro al cargo.- Pago de los sueldos dejados de percibir desde mi cancelación injusta hasta la fecha de ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones, cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido por haber sido cancelado injustamente. Se enuncian medios de prueba.- Citación y emplazamiento.- Especial condena en costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- En Relación al Acuerdo de cancelación ADUANAS-DE-GNGTH-154-2023, de fecha 08 de agosto del 2023. Y notificado en fecha 08 de agosto de 2023. VIKY MONTOYA SECRETARIA, POR LEY 25 J. 2024 Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 26 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,570

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