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8 de agosto de 2023 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de Título Supletorio - Carlos Orellana Espinoza
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Resumen
Este aviso publica tres notificaciones judiciales: (1) Carlos Orellana Espinoza solicita título de propiedad de un terreno de 82,004.69 m² en Ocotepeque que posee pacíficamente hace más de 12 años; (2) Roberto Carlos Oliva Funes demanda al Estado para que lo reintegren a su puesto de Guardian I tras un despido que considera ilegal, pidiendo salarios adeudados; (3) Lester Eduardo Rodríguez López demanda a la Administración Aduanera por su cancelación injusta, solicitando reintegro y compensación de salarios y beneficios perdidos.
Texto completo
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria Juzgado de Letras de Ocotepeque, al
público en general y para efectos de Ley, HACE CONSTAR:
Que el señor CARLOS ORELLANA ESPINOZA, ha solicitado
Título Supletorio del inmueble siguientes: Un lote de terreno
con un área de OCHENTA Y DOS MIL CUATRO METROS
CUADRADOS CON SESENTA Y NUEVE CENTECIMAS DE
METRO CUADRADO (82,004.69M2), equivalente A ONCE
MANZANAS CON SETENTA Y CINCO CENTECIMAS
DE MANZANA (11,75 Mz), ubicado en lugar denominado El
Acan, municipio de San Francisco del Valle, departamento de
Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda
con DENIS ARNOLDO HENRIQUEZ MEJIA; AL NORESTE,
colinda con Lebi Aguilar Orellana, Suyapa del Carmen Santos
Polanco y Denis Arnoldo Henríquez Mejía; AL NOROESTE,
colinda con Sucesión Orellana; AL SUR, colinda con Carmela
Gomes De Jesús y calle privada en propiedad de Carlos Orellana
Espinoza de por medio con Margarita Ortega Manca y Daniel
Pleitez Ortega; AL SURESTE, colinda con carretera pavimentada;
y, AL SUROESTE, colinda con Carmen Menéndez Posadas,
inmueble este que hube por donación de parte de su esposa
la señora DORIS AMANDA MELGAR RIVERA, mediante
documento privado de fecha (3) de febrero del año dos mil diez
(2010).- El cual es de naturaleza privada y he poseído en forma
quieta, pacífica y no interrumpida por más de doce años (12 años).
Representante Legal Abg. EDGAR JAVIER MADRID.-
Ocotepeque, 20 de junio del año 2023
Abg. JORGE ARTURO LOPEZ, SRIO. ADJUNTO
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL
DE OCOTEPEQUE
25 J., 25 J. y 26 A. 2024
_________
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,569
Sección “B”
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha diez (10) de octubre del
dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el
señor ROBERTO CARLOS OLIVA FUNES, incoando
demanda en materia personal. Con orden de ingreso número
0801-2023-01102, contra el Estado de Honduras, a través de
la SECRETARIA DE GOBERNACION, JUSTICIA Y
DESCENTRALIZACON, se interpone demanda en materia
de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad del
acto administrativo de carácter particular consistente en el
acuerdo número 615-2023 de fecha 06 de septiembre del año
dos mil veintitrés, emitido por la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, por
no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento
jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de
las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se
reconozca la situación jurídica individualizada del titular del
derecho que se reclama y adoptar como medidas necesarias
para su pleno restablecimiento, el reintegro al cargo de
Guardian I de la Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización, o a otro de
igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados
de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea
reintegrado al cargo mediante sentencia definitiva procedente,
reconociéndose los respectivos incrementos salariales que
en su caso tuviere el puesto en el transcurso del juicio,
más el pago de los derechos laborales que ocurran durante
proceso, como ser pago de decimotercero y decimocuarto
mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de
vacaciones.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.
Se otorga poder.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
25 J. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha veintinueve (29) de agosto del año
dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado la Abogada
XIOMARA YALMIRA GOMEZ GARMENDIA, quien
actúa en condición de representante procesal del señor
LESTER EDUARDO RODRIGUEZ LOPEZ, incoando
demanda Personal con orden de ingreso número 0801-2023-
00968, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría
de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y
Cooperación Internacional.- "Para que se declare la nulidad
del acto administrativo de carácter particular por no ser
conforme a derecho el acuerdo de cancelación ADUANAS-
DE-GNGTH-154-2023 de fecha ocho (08) de agosto del
año dos mil veintitrés (2023) emitido por la Administración
Aduanera de Honduras (AAH) notificado en ocho (08) de
agosto del año dos mil veintitrés (2023).- Para que se declare
su ilegalidad y nulidad por infracción de ley.- Que se declare
reconocimiento de una situación jurídica individualizada y
para su pleno restablecimiento se adopten medidas necesarias
para reintegro al cargo.- Pago de los sueldos dejados de
percibir desde mi cancelación injusta hasta la fecha de
ejecución de la sentencia respectiva, pago de incrementos
generales o selectivos que se produzcan en el lapso de tiempo
que dure el litigio y derechos adquiridos como ser décimo
tercer mes, décimo cuarto mes, bonificaciones, vacaciones,
cotizaciones de INJUPEMP, pago de cotizaciones al IHSS
y todos aquellos derechos colaterales que hubiera adquirido
por haber sido cancelado injustamente. Se enuncian medios
de prueba.- Citación y emplazamiento.- Especial condena
en costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se
confiere poder.- En Relación al Acuerdo de cancelación
ADUANAS-DE-GNGTH-154-2023, de fecha 08 de agosto
del 2023. Y notificado en fecha 08 de agosto de 2023.
VIKY MONTOYA
SECRETARIA, POR LEY
25 J. 2024
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 26 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,570
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