VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-1393 | 19 de enero de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 2023-1393 — Registro de Marca de Fábrica POSTEX DUO - DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA
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Resumen
Este documento registra tres asuntos legales: (1) el registro de la marca farmacéutica "POSTEX DUO" para productos de uro-ginecología solicitada por una empresa uruguaya; (2) una demanda de una empleada contra el Estado por cancelación ilegal de su cargo, pidiendo reintegro y salarios adeudados; (3) una demanda de un exmilitar contra el Estado para anular una resolución que le niega beneficios de cesantía laboral.
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-1393
Fecha de presentación: 2023-03-08
Fecha de emisión: 19 de enero de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio: REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, Uruguay.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
DORA ELIZABETH LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "POSTEX
DUO"; sin dar exclusividad de las palabras por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para uso en uro - ginecología,
de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 M., 6 y 21 J. 2024
________
POSTEX DUO
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de marzo del dos
mil veinticuatro (2024), comparecieron ante este Juzgado
la señora CLAUDIA CECILIA ORTEGA, incoando
demanda en materia personal. Con orden de ingreso número
0801-2024-00214, contra el Estado de Honduras, a través
de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL, se interpone demanda contencioso administrativa
en materia especial de personal.- Se solicita el reconocimiento
de una situación jurídica individualizada y que se adopten
las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre
ellas el reintegro al cargo del cual fui ilegalmente cancelada.-
Se solicita el pago de los salarios dejados de percibir a título
de indemnización de daños y perjuicios.- Se acompañan
documentos.- Se confiere poder.- Condena en costas. En
relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación número
SETRASS-074-2024 de fecha 15 de febrero del 2024.
ALAN MAURICIO MARTINEZ
SECRETARIO ADJUNTO
21 J. 2024
________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha once (11) de enero del año dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado el señor MELVIN IVAN
MOLINA OCHOA, interponiendo demanda especial en
materia Ordinaria, con número de ingreso 0801-2024-
00012, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de
la SECRETARIA DE DEFENSA NACIONAL, para
que se declare la nulidad de un acto administrativo. El
reconocimiento de una situación jurídica individualizada a
efecto de que se anule la resolución No. 250-2023, de fecha
11 de diciembre del año 2023, emitida por la Secretaría de
Estado en el Despacho de Defensas Nacional, documento en
el que se me niega el derecho a el pago del complemento
de auxilio por cesantía laboral como exmiembro de las
Fuerzas Armadas de Honduras; beneficio laboral que por
ley me corresponde. Se señala el lugar donde se encuentra
el expediente administrativo. Citación y emplazamiento al
Procurador General de la República como representante legal
del Estado de Honduras. Librar comunicaciones. Inspección
del juez. Costas del juicio. Se acompañan documentos; en
relación a la Resolución 250-2023 de fecha 11 de diciembre
del año 2023.
ABG TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
21 J. 2024
_______
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M . D . C . , 22 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,567
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA
SECCION JUDICIAL DE CHOLUTECA
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