VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2024-00334 | 1 de abril de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2024-00334 — Demanda contencioso administrativo - Mixia Marilis Suazo Sabio
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Resumen
Estos avisos publican tres demandas laborales contra el Estado hondureño por despidos alegadamente ilegales. Los trabajadores reclaman que se anulen sus cancelaciones y se ordene su reintegro con pago de salarios, beneficios y daños. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo notifica estos procesos para efectos legales.
Texto completo
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha dieciocho (18) de abril de dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado la abogada MARÍA
MARGARITA AGUILAR REDONDO, quien actúa
en su condición de Apoderada Legal del señor ERICK
PLUTARCO SOUZA MOURRA, quien delega poder en el
abogado JUAN ÁNGEL BENAVIDEZ PAZ, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso
0801-2024-00338, contra el Estado de Honduras a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE ENERGÍA. Para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular de la administración
pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número
SEN-035-2024, de fecha 01 de abril de 2024, recibido en
fecha 02 de abril de 2024, emitido por la Secretaría de Estado
en el Despacho de Energía (SEN), por no haber sido dictado
conforme a derecho, e infringir el ordenamiento jurídico
establecido, que se declare la ilegalidad y su nulidad total, que
se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de
los derechos infringidos, el reintegro de mi representado a
su puesto de trabajo en iguales o en mejores condiciones
a las establecidas, pago de salarios con sus incrementos y
demás beneficios dejados de percibir en su ausencia, desde
la fecha de cancelación, hasta la fecha en que se materialice
el reintegro a su puesto de trabajo del cual fue cancelado por
cesantía de manera ilegal, costas del juicio, se acompañan
documentos, se acredita representación.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
4 J. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 4 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,551
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el señor MILTON
ANDRÉS AMADOR ALVAREZ, quien confirió poder al
Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso
0801-2023-01286, contra el Estado de Honduras a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DEFENSA NACIONAL. Para que se declare la
nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular
de la administración pública consistente en el acto tácito
consistente en la constancia de fecha 07 de noviembre del
2023, emitida por el jefe de Recursos Humanos del Cuartel
General Naval de las Fuerzas Armadas de Honduras. Por
infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de
formalidades esenciales exceso y desviación de poder, por
la cancelación realizada y materializada a través de un acto
administrativo tácito consistente en la constancia de fecha 07
de noviembre del año 2023 extendida por el jefe de Recursos
Humanos (N-1) del Cuartel General Naval, que se reconozca la
situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de
que fui objeto y como medida para el pleno restablecimiento
de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva
el pago de las indemnizaciones laborales y a título de daños y
perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con
todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes,
décimo tercer mes y demás beneficios colaterales, desde
la fecha de la cancelación ilegal de que fui objeto, hasta la
ejecución de la sentencia, se acompañan documentos costas
del juicio, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
4 J. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el Abogado WILSON
VENANCIO LAÍNEZ SÁNCHEZ, en su condición de
Representante Procesal del señor CARLOS VALENTIN
URBINA ZELAYA, interponiendo demanda en materia
de personal con orden de ingreso 0801-2023-01044,
contra El Estado de Honduras a través del INSTITUTO
HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE
(IHTT). Para que se declare la nulidad de un Acto
Administrativo de carácter particular de la Administración
Pública, consistente en un acto tácito, consistente en la nota
de despido de fecha 22 de agosto de 2023 y notificada en
fecha 07 de septiembre de 2023, emitida por el comisionado
Presidente del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre
(IHTT). Por no ser conforme a derecho e infringir el
ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las
formalidades esenciales establecidas en la Ley, que se
reconozca una situación jurídica individualizada del titular
de derechos que se reclama y como medidas necesarias para
el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante
sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo o a otro
en mejores condiciones, más los salarios dejados de percibir
desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento
en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, a
título de daños y perjuicios, incrementos salariales que
en su caso tuviera el puesto del cual mi representado fue
cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más
el pago de los derechos laborales que ocurran durante el
mismo, como décimo tercero, décimo cuarto mes de salario,
vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones,
intereses, especial condena en costas a la parte demanda y
vencida en juicio en primera instancia, habilitación de días y
horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial, se
acompañan documentos, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
4 J. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 5 D E J U N I O D E L 2024 N o . 36,552
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