Vigente
9 de agosto de 2024 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este aviso notifica públicamente tres trámites legales: (1) La solicitud de cancelación y reemplazo de un certificado de depósito a plazo fijo por L. 1,700,000 ante Financiera Solidaria; (2) Una demanda de un empleado contra el Instituto de la Propiedad por cancelación injustificada de su puesto; (3) Una demanda de tres maestros contra el Ministerio de Educación por cancelación arbitraria de sus cargos, solicitando reintegro y pago de salarios adeudados.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la
Sección Judicial, de San Pedro Sula, al público en general
para efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo
634 párrafo tercero y 640 del Código de Comercio, HACE
SABER: Que en fecha treinta (30) de mayo del año dos mil
veinticuatro (2024), el abogado JOSE DONOSO CUBERO
MEJIA en su condición de representante judicial del señor
GERMAN LUCIANO SALINAS CASTRO, también
conocido como GERMAN SALINAS, presentó Solicitud
de Cancelación y Reposición de un Título Valor consistente
en un Certificado de Depósito a Plazo Fijo número 05430,
por la cantidad de UN MILLON SETENCIENTOS MIL
LEMPIRAS EXACTOS (L. 1,700,000.00) en la institución
financiera reconocida como FINANCIERA SOLIDARIA
S.A. (FINSOL), a favor de los señores GERMAN
SALINAS y IRIS CASTILLO.
San Pedro Sula, Cortés, 09 de Agosto del 2024.
ABG. SONIA ELIZABETH GONZALEZ LAINEZ,
SECRETARIA ADJUNTA.- JUZGADO DE LETRAS DE
LO CIVIL DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
22 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 22 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,619
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veinte (20) de mayo del dos mil veinticuatro
(2024), compareció ante este Juzgado el señor MIGUEL
ANGEL ZEPEDA PAZ, incoando demanda en materia
personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00404,
contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO
DE LA PROPIEDAD. Demanda especial en materia de
personal para la nulidad de un Acto Administrativo emitido
por el Instituto de la Propiedad. Que se reconozca la
situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e
injustificada de que fui objeto.- Y como medida para el pleno
restablecimiento de mis derechos que se me reintegre a mi
puesto de trabajo en igual o mejores condiciones y concepto
de indemnización por daños y perjuicios que se me paguen
los salarios dejados de percibir, con todos los aumentos,
pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes,
y demás beneficios colaterales desde la fecha de cancelación
de mi Acuerdo de Nombramiento hasta la fecha de ejecución
de la sentencia que se dicte.- Se acompañan documentos.-
Condena en costas.- Poder. En relación al acto impugnado
Acuerdo de Cancelación número SE-IP-222-2024 de fecha
02 abril del 2024.
ABG. HEMELIN FANUEL AVILA GRACIA
SECRETARIO, POR LEY
22 A. 2024
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de
San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al
artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha diecinueve
de julio del año dos mil veinticuatro, el Abogado Leopoldo
Enrique Romero Banegas, actuando en su condición de
Apoderado Judicial de los señores José Maria Arias, Elda
Elia Contreras Galán y Marta Evelin Calderón Archiaga;
interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos
de la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación;
misma que se encuentra registrada bajo el número No. 98-
2024, con correlativo No. 0501-2024-00097-LAP, en este
despacho dicha demanda personal tiene como finalidad que
se declare la nulidad de los Actos Administrativos consistente
en los Acuerdos: José Maria Arias Acuerdo No. 0819-SE-
2024, de fecha 24 de mayo del 2024 y notificado el 02 de
julio del 2024, Elda Elia Contreras Galán Acuerdo No.
0647-SE-2024, de fecha 26 de abril del 2024 y notificado el
26 de junio del 2024 y Marta Evelin Calderón Archiaga,
Acuerdo No. 0729-SE-2024, de fecha 07 de mayo del 2024
y notificado el 11 de junio del 2024, por haberse dictado
en evidente exceso y desviación de poder, en violación al
principio de legalidad, derecho a la defensa, debido proceso,
convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del
Trabajo (O.I.T.). La convención colectiva segundo memorial
respetuoso suscrito entre la Secretaría de Estado en el
Despacho de Educación y el Sindicato de Empleados Públicos
de la Educación (SIEMPE), a los principios constitucionales
del derecho humano al trabajo y estabilidad laboral y a la
Jurisprudencia en casos similares, asimismo solicita el
compareciente el reconocimiento de una situación jurídica
particular individualizada y para su pronto restablecimiento,
se ordene el reintegro a los cargos en iguales o mejores
condiciones, con el pago de los salarios dejados de percibir a
títulos de daños y perjuicios, incrementos salariales y demás
beneficios colectivos adeudados de manera retroactiva y a
futuro, pago de horas extraordinarias adeudadas, días feriados
trabajados y no pagados, disfrute de período de vacaciones
doblemente remuneradas, derechos laborales adquiridos,
Jurisprudencia, y se condene en costas.
San Pedro Sula, Cortés 08 de agosto del año 2024
Abogado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
22 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 23 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,620
INSTITUTO DE LA PROPIEDAD
CERTIFICACIÓN
Leyes relacionadas
Aviso — Aviso Juzgado de Letras Contencioso Administrativo - Demanda de Gustavo Adolfo Dubón Banegas
Un trabajador demanda al Instituto Hondureño de Transporte Terrestre ante los tribunales para anular su despido. Busca ser reintegrado a su puesto con salarios adeudados, prestaciones y beneficios desde diciembre de 2023, además del pago de costas del juicio.
Decreto | 2024
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - Ministerio Público
Un juzgado anuncia una demanda contra la Secretaría de Derechos Humanos presentada por tres empleados que reclaman igualdad salarial por igual trabajo, pago retroactivo desde su reclamo inicial, y prestaciones laborales pendientes (decimotercero, decimocuarto y vacaciones), argumentando que la Secretaría violó sus derechos al no responder su solicitud.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Fiscal Administrativo - BANCO DE AMERICA CENTRAL
El Banco de América Central Honduras presentó una demanda ante el juzgado fiscal para anular una resolución tributaria de 2019 que considera ilegal. El banco busca que se declare nula la decisión, se reconozcan sus derechos y se le indemnice por los daños causados.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso - Demanda Contencioso Administrativa - INJUPEMP
Un juzgado de lo contencioso administrativo anuncia que recibió una demanda contra el Estado hondureño a través del INJUPEMP (institución de pensiones) solicitando anular decisiones administrativas sobre una compraventa de propiedad y corregir defectos del inmueble. Esta notificación pública busca informar a los interesados sobre el inicio del proceso judicial.
Decreto | 2021
Aviso — Aviso Demanda Fiscal - Resoluciones DEI-AGCRNO-055-F-2013 y otras
Una empresa (INVEMA) demanda al Servicio de Administración de Rentas (SAR) para anular decisiones fiscales que le retuvieron impuestos sobre la renta de sus trabajadores recolectores de basura, argumentando que esas retenciones son ilegales. La demanda busca que se declare la ilegalidad de las resoluciones y se devuelva lo cobrado indebidamente.
Decreto | 2020