Vigente
Decreto No. 0801-2024-00164 | 1 de febrero de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2024-00164 — Aviso de demanda especial en materia personal por nulidad de acto administrativo de AHAC
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Estos avisos notifican demandas judiciales contra el Estado de Honduras presentadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo. Los demandantes buscan anular decisiones administrativas consideradas ilegales (despidos, negación de aumentos salariales) y obtener compensación mediante reinicio laboral, pago de salarios atrasados, bonificaciones y otros beneficios desde la fecha del acto cuestionado hasta su ejecución.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha quince (15) de febrero del año dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado la Abogada GABRIELA
SOFIA ESCALANTE MARADIAGA, en su condición
de representante procesal del señor JUAN RAMON
SALGADO GUTIERREZ, interponiendo demanda especial
en materia personal, con número de ingreso 0801-2024-
00164, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la
AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL
(AHAC), incoando demanda especial para la nulidad de
un acto administrativo en materia de personal en contra del
Estado de Honduras a través de la Agencia Hondureña de
Aeronáutica Civil (AHAC) como órgano desconcentrado de
la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional,
que se anulen totalmente el mismo por haber sido adoptado
con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca
la situación jurídica individualizada y para su pleno
restablecimiento se condene al reintegro de mi representado
a su puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así
como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha
de la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrado a su
puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en
décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto
mes en concepto de compensación social y las vacaciones
que debería haber gozado la bonificación de las mismas
y los aumentos otorgados durante la secuela del juicio
desde la fecha de cancelación hasta que mi representado
sea reintegrado. Se acredita representación. Se anexan
documentos.- Costas. En relación al Acuerdo No. 031-2024
de fecha 01 de febrero del 2024.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
12 A. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha treinta y uno (31) de julio del año
dos mil veintitrés, compareció a este Juzgado el Abogado
PABLO EMILIO REYES THEODORE, quien actúa en
condición de representante procesal de la señora DIANA
LIZETH ANDRADE SORTO incoando demanda personal
con orden de ingreso número 0801-2023-00843, contra el
Estado de Honduras a través del Servicio de Administración
de Rentas (SAR).- “Para que se declare la nulidad un
acto administrativo, por ser violatorios de derechos
constitucionales, así como prescindir total y absolutamente
de los procedimientos establecidos. Reconocimiento de
situaciones jurídicas individualizadas y como medida para
su pleno restablecimiento se reconozca el reintegro de mi
representada a su puesto de trabajo en igual o mejor categoría
y condiciones. A título de daños y perjuicios el pago de los
salarios dejados de percibir desde la fecha del ilegal del
despido hasta que con sujeción a las normas procesales
sea ejecutado el reintegro, pago de décimo tercer mes,
décimo cuarto mes, vacaciones, bonos vacacionales, bonos
adeudados, pago de ajuste anual de acuerdo al porcentaje de
costo de vida indicado por el Banco Central de Honduras de
acuerdo al artículo 29 del Régimen de Carrera de Empleados
y Funcionarios en el Servicio de Administración de Rentas,
aumentos salariales, pago de quinquenios o cualquier otro
derecho que se derive durante la secuela del juicio como ser:
La indemnización por cancelación por despido en virtud de
contar con la protección del Estado por haber notificado en
legal y debida forma la intención de formación del Sindicato
de Trabajadores del Servicio de Administración de Rentas
(SAR). Devolución de cantidades retenidas ilegalmente de
aportaciones a INJUPEMP. Se alega notificación defectuosa.
Petición. Se acompañan documentos.- En relación al
Acuerdo SAR de Cancelación N°. 231-2023 de fecha tres
(3) de julio de dos mil veintitrés 2023.
VIKY MONTOYA
SECRETARIA, POR LEY
12 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,610
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras
de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del
artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha catorce (14) de marzo del año dos
mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado
la Abogada Nancy del Carmen Mira Colindres, en
su condición de representante procesal del señor Jesús
Dagoberto Perdomo Chávez, incoando demanda vía
procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras
a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de
Salud, con orden de ingreso No.0801-2024-00238, para
que se declare ilegalidad y nulidad de actos administrativos
de carácter particular consistentes en la Resolución No. 226-
2022-SS, de fecha diez (10) de octubre del dos mil veintidós
(2022), Providencia denominada Auto Resolutivo, de
fecha seis (06) de febrero del dos mil veintitrés (2023) y
Providencia denominado Auto de fecha doce (129 de
febrero del dos mil veinticuatro (2024), todos ellos emitidos
por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, por
no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la ley.- Que se reconozca una situación
jurídica individualizada del titular de derechos y adoptar
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento que
se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos
de salario y reajuste del mismo conforme establece la Ley
del Estatuto del Médico Empleado; en relación con la Ley
de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno
Central, incremento de salario bienal del 3.5%, décimo
tercer mes, décimo cuarto mes, bono de vacaciones y demás
derechos retroactivos a partir del 01 de enero del año 2013,
hasta la fecha en que se ejecute la sentencia. Costas. Intereses.
Se acompaña poder, cotejo y devolución.
ABG. ALAN MAURICIO MARTINEZ MARTINEZ
SECRETARIO ADJUNTO
12 A. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha veintidós (22) de abril del dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado la Abogada NANCY
DEL CARMEN MIRA COLINDRES, quien actúa en
su condición de Apoderada Legal de los señores NOÉ
AMÍLCAR CARIAS AGUIRRE Y DOLORES DEL
CARMEN ORTEGA TORRES, interponiendo demanda
en materia ordinaria con orden de ingreso 0801-2024-00341,
contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARÍA
DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD. Para que
se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en un acto presunto por silencio negativo
constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de
Salud (SESAL), al no resolver dentro del plazo establecido
el recurso de reposición en el reclamo administrativo de
incrementos de salario, se reconozca la situación jurídica
individualizada y como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se
reconozca mediante sentencia, el pago de los incrementos
de salario y reajuste al mismo conforme establece la Ley
del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley
de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno
Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%,
décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de
vacaciones y demás derechos a partir del 1 de enero del
2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia, intereses,
costas, documentos, poder.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
12 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 13 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,611
Leyes relacionadas
Edicto No. 52-2024-S.P.S — Demanda contencioso administrativa contra Instituto de la Propiedad por oposición a registro de marcas
Este documento publica varios avisos legales de demandas contencioso-administrativas presentadas ante juzgados hondureños. Incluye casos sobre marcas rechazadas, despidos de empleados públicos, fraudes bancarios y actos administrativos impugnados. Los demandantes buscan anular decisiones de instituciones estatales, ser reintegrados a sus empleos o recibir indemnizaciones por daños causados.
Decreto 52-2024-S.P.S | 2024
Resolución No. 1-2024 mediante la cual se concede permiso a ciudadana hondureña para ostentar el cargo de Cónsul Honoraria en representación de la República Helénica
El Congreso Nacional autoriza a tres ciudadanos hondureños para ejercer cargos de cónsules honorarios representando a Grecia y Francia en Honduras. Estas resoluciones permiten que Honduras mantenga relaciones diplomáticas y consulares que promueven intercambio cultural, comercial, turismo e inversión con esos países.
Decreto 1-2024 | 2024
Aviso — Aviso de Solicitud de Registro de Nombre Comercial - Inversiones Reflov
Este documento publica varios avisos legales de demandas presentadas ante juzgados hondureños. Principalmente, notifica a trabajadores que han presentado demandas contra el Estado e instituciones públicas por despidos injustificados, solicitando la anulación de sus cancelaciones, restitución en sus cargos y pago de salarios adeudados con incrementos. Estos avisos cumplen requisitos legales para que las partes interesadas conozcan de los procesos judiciales en curso.
Decreto | 2025
Edicto — Aviso de Título Supletorio - Carmen Yolanda Urbina López
Estos son avisos judiciales de solicitudes de título supletorio (documento de propiedad) presentadas ante juzgados hondureños. Personas que han poseído terrenos de manera quieta y pacífica durante más de 10-12 años sin documentos legales pueden obtener un título de propiedad oficial a través de estos procedimientos judiciales.
Decreto | 2025
Aviso — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor - Certificado de Depósito a Plazo Fijo
Este aviso notifica públicamente la cancelación y reposición de un certificado de depósito a plazo fijo por L.18,500.00 emitido por Banco del País. Afecta a los herederos de Alicia Caballero Palacios, quienes pueden reclamar el documento perdido ante el juzgado civil de San Pedro Sula.
Decreto | 2023