Vigente
28 de agosto de 2023 | Poder Judicial
Aviso — Aviso de Título Supletorio - Luisa Emilia Mejía Sánchez
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Resumen
Este aviso notifica que Perfecto Rodas solicita un Título Supletorio para legalizar su propiedad de 6.80 hectáreas que ha poseído pacíficamente durante 47 años en Marcovia, Choluteca. El trámite permite a personas que ocupan tierras sin título formal obtener documentación legal que compruebe su propiedad.
Texto completo
La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para
los efectos de ley HACE SABER: Que la Abogada MARTA
AURORA SÁNCHEZ GUEVARA, actuando en su condición
de Apoderada Legal del señor PERFECTO RODAS, mayor
de edad, soltero en unión libre, Agricultor, hondureño, con
Documento Nacional de Identificación número No.0601-1975-
02884, con domicilio en el caserío Los Lirios, aldea San José de
las Conchas, municipio de Marcovia, departamento de Choluteca,
presentó a este Juzgado Solicitud de Titulo Supletorio de un
lote de terreno de naturaleza jurídica privada comprendido en
el sitio San José, ubicado en el caserío Los Lirios, aldea San
José de Las Conchas del municipio de Marcovia, departamento
de Choluteca: Ortofotomapa IC-42, extensión del predio 6.80
Has, Naturaleza Jurídica SITIO SAN JOSE.- (PRIVADO),
COLINDANCIAS NORTE, MANUEL VÁSQUEZ; AL SUR,
E.A.C.P LOS LIRIOS; AL ESTE,CORNELIO CORRALES;
OESTE, MANUEL VASQUEZ, CALLEJÓN DE ACCESO.
Dicho lote lo ha poseído desde aproximadamente cuarenta y siete
años de manera quieta, pacífica y no interrumpida no existiendo
otros poseedores pro-indivisos.
Choluteca, 22 de abril del año 2024
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
7 A, 9 S. y 9 O. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,606
Sección “B”
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha dieciocho (18) de septiembre de dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el señor EMERSON
RENE RODRIGUEZ SEGURA, quien confirió poder a
los Abogados NINO JOSUE CARIAS TABORA E ISIS
ANDIRA ELVIR LAÍNEZ, interponiendo demanda en
materia de personal con orden de ingreso 0801-2023-01028,
contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO
HONDUREÑO DE CINEMATOGRAFÍA, para que se
declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular de la administración pública, manifestado en la
Notificación de Despido de fecha 28 de agosto de 2023,
emitida por la Secretaría General del Instituto Hondureño de
Cinematografía. Reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y su restablecimiento, reintegro al trabajo y
a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir,
costas del juicio, todo en virtud de que el Estado en su
condición de patrono dio por terminada la relación laboral,
en forma injusta e ilegal, acompaño documentos, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
7 A. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de enero
del año 2024 comparece la señora Wendy Carolina Rodriguez
Orellana, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de
ingreso No.0801-2024-00070, contra el Estado de Honduras
a través de la Administración Aduanera de Honduras, se
interpone demanda especial Contencioso administrativo,
en materia de personal para que se declare la ilegalidad y
nulidad de un acto administrativo de carácter particular
consistente en mi Acuerdo de Cancelación No. Aduanas-
DE-GNGTH-010-2024; por no ser conforme a derecho;
reconocimiento de una situación jurídica individualizada; la
adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre
ellas: A) Se ordene el reintegro al cargo de igual o mejor
categoría; B) pago de aumentos y demás beneficios que
reciban los demás servidores públicos en mi ausencia; C)
reconocimiento de antigüedad; D) Se condene al pago de
los salarios dejados de percibir, vacaciones, decimotercer
mes, decimocuarto mes, bonos causados y proporcionales;
E) nulidad del Acuerdo de Nombramiento de mi sustituto.-
Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición.
Poder. En relación al Acuerdo de Cancelación No.
ADUANAS-DE-GNGTH-010-2024 de fecha 16 de enero
del 2024.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
7 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 8 D E A G O STO D E L 2024 N o . 36,607
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