Vigente
Decreto No. 2023-3298 | 27 de diciembre de 2023 | Poder Judicial

Aviso No. 2023-3298 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - ONE PAINT

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este aviso registra el otorgamiento de la marca "ONE PAINT" a la empresa Productos y Marcas para distinguir sus pinturas, barnices y lacas. La marca está protegida en su forma conjunta y apariencia de etiqueta, permitiendo que la empresa sea la única autorizada a usarla en estos productos en Honduras.

Texto completo

Número de Solicitud: 2023-3298 Fecha de presentación: 2023-05-24 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS Y MARCAS Domicilio: COLONIA SAN JOSE DE LA VEGA, FRENTE A TEXTILES RIO LINDO, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MILTON RUBEN SANDOVAL E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ONE PAINT G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “ONE PAINT” en su forma conjunta, asimismo la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pinturas; barnices y lacas, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 M., 4 y 19 A. 2024 ______ La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 18 D E MARZO D E L 2024 N o . 36,488 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada Nilda Marissa Mercado Valladares, en su condición de representante procesal de la señora Claudia Cecilia Hidalgo Figueroa, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, con orden de ingreso No.0801-2023-00426, sobre los actos impugnados consistentes en el Acuerdo número 105-SRH-2023, de fecha ocho (08) de marzo del dos mil veintitrés (2023), efectivo a partir del quince (15) de marzo del dos mil veintitrés (2023), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional; que se anule el Acto Administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional a través del órgano competente y que consiste en el Acuerdo de Cancelación 105-SRH-2023 de fecha 08 de marzo de 2023, emitido en perjuicio de su representada, por no ser conforme a derecho su emisión; reconocimiento de la situación jurídica individualizada y adopción de medidas para su pleno restablecimiento, entre ellas se ordene la restitución al cargo permanente de asistente de director de política exterior de su representada o en otro de mejor derecho; pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la fecha del reintegro al cargo (pago de salarios caídos), vacaciones, décimo tercero y décimo cuatro mes de salario, quinquenios, incrementos anuales, índice inflacionario por depreciación de la moneda conforme a la Ley del Banco Central de Honduras: Pago del índice legal sobre el monto total de la demanda consignada en el artículo 100 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo a título de indemnización por daños y perjuicios: Los pagos de los sueldos dejados de percibir durante la prosecución del presente juicio, pago de la indemnización y otros ajustes; pago de honorarios profesionales de los salarios dejados de percibir. Costas procesales profesionales y judiciales que resulten del juicio. ALAN MAURICIO MARTINEZ SECRETARIO ADJUNTO 18 M. 2024 CERTIFICACIÓN

Leyes relacionadas