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Decreto No. 2022-389 | 16 de enero de 2024 | Poder Judicial
Aviso No. 2022-389 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ACTIVE MOTORS
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Resumen
Este aviso registra la marca de servicio "ACTIVE MOTORS" para la empresa GRUPO Q INTERAMERICA CORP. La marca protege actividades comerciales relacionadas con importación, exportación y venta de motocicletas, vehículos y sus repuestos. El registro otorga derechos exclusivos sobre el nombre completo para distinguir estos servicios en el mercado.
Texto completo
Número de Solicitud: 2022-389
Fecha de presentación: 2022-01-19
Fecha de emisión: 16 de enero de 2024
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GRUPO Q INTERAMERICA CORP.
Domicilio: PANAMÁ, PANAMÁ, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO:
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUIS ALEJANDRO MATAMOROS QUILICO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ACTIVE MOTORS
G.-
H.-Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de las palabras por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales, administración
comercial; importación, exportación y comercialización de motocicletas, vehículos
automotores, sus componentes, repuestos y accesorios, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
12, 27 M. y 15 A. 2024.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 12 D E MAR Z O D E L 2024 N o . 36,483
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veinte (20) de julio de dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el señor HENRRY
HONATT GUEVARA CHAVEZ, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso
0801-2023-00786.- Demanda en Materia de Personal en
contra del Estado de Honduras a través de la Secretaría
de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y
Descentralización.- Se promueve demanda contenciosa
administrativa en materia de personal para que se declare
la nulidad de un acto administrativo.- Reconocimiento
de una situación jurídica individualizada para su pleno
restablecimiento se reconozca el reintegro al trabajo en
igual o mejor categoría y condiciones a título de daños
y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir.-
Pago de los derechos adquiridos durante el transcurso
del juicio como ser décimo tercer mes, décimo cuarto
mes, vacaciones.- Y otros derechos que me pudieran
corresponder.- Condena en costas.- Petición y poder. Se
acompañan documentos. - En relación al Acuerdo No.511-
2023 de fecha 29 de junio 2023.
Viky Mariel Montoya Ruíz
SECRETARIA, POR LEY
12 M. 2024
________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veintiocho (28) de noviembre del año dos mil
veintidós (2022), se promovió la demanda por parte de la
señora JULIA VIRGINIA DEL CARMEN CARIAS
VALLADARES, interponiendo demanda Contencioso
Administrativo en Materia Ordinaria con orden de ingreso
número 0801-2022-01896, contra el Estado de Honduras
a través de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, para que se
declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular consistente en la RESOLUCION SDN No.
172-2022, de fecha 14 de noviembre del año 2022, el
reconocimiento de una situación jurídica individualizada a
efecto de que se anule la resolución de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Defensa Nacional, documento donde se
niega el derecho a el pago del complemento, de auxilio de
cesantía laboral a una exmiembro de las Fuerzas Armadas de
Honduras.- Se señala el lugar donde se encuentra el expediente
administrativo.- Citaron y emplazamiento al Procurador
General de la República como representante legal del Estado
de Honduras.- Librar comunicaciones.- Inspección personal
del Juez.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.
ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES
SECRETARIO ADJUNTO
12 M. 2024
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PODER JUDICIAL
AVISO
CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN
DE TÍTULO VALOR
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