Vigente
29 de junio de 2023 | Poder Judicial
Aviso — Demanda de nulidad de Resolución de la Junta de Dirección Universitaria de UNAH
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Un juez recibe una demanda de un abogado que busca anular una decisión de la UNAH que rechazó el nombramiento de Jorge Alberto Herrera Flores como Decano de Ciencias Jurídicas. Se solicita que se nombre al candidato en el cargo o, en su defecto, se le pague el salario que hubiera ganado durante el período que no ejerció el puesto.
Texto completo
Que en fecha diecinueve (19) de febrero del año dos mil
veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado
Jorge Leónidas Calderón Laínez, actuando en su
condición de representante procesal del señor Jorge Alberto
Herrera Flores, incoando demanda vía procedimiento
especial en materia de concurso, contra el ESTADO
DE HONDURAS, a través de la Universidad Nacional
Autónoma de Honduras (UNAH), con orden de ingreso
número 0801-2024-00176, se demanda la nulidad de un Acto
Administrativo consistente en la Resolución de fecha nueve
(09) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), emitida
por la Junta de Dirección Universitaria (J.D.U.), de la
Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH),
mediante la cual resuelve el recurso de reposición interpuesto
oportunamente con la decisión final del proceso que fue
notificado mediante Oficio JDU-UNAH No. 77-2024, de
fecha dieciséis (16) de enero de dos mil veinticuatro (2024).
Que se reconozca la situación jurídica individualizada del
Doctor Jorge Alberto Herrera Flores, como único opositor
resultante del proceso que ostenta todas las calificaciones
requeridas según el Reglamento de las Junta de Dirección
Universitaria para la selección, elección y nombramiento
de autoridades y demás funcionarios de la Universidad
Nacional Autónoma de Honduras (UNAH). Para su pleno
restablecimiento, que se proceda a ordenar a la Junta de
Dirección Universitaria (J.D.U.), nombre al opositor Doctor
Jorge Alberto Herrera Flores, en el cargo de Decano de la
Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Nacional
Autónoma de Honduras (UNAH), por el tiempo legalmente
establecido; en su defecto si por cualquier circunstancia su
nombramiento no fuese posible, que ha título de pretensión
accesoria, se condene a la Universidad Nacional Autónoma
de Honduras (UNAH), al pago de la cantidad determinada
por el ejercicio del cargo que se ha visto vedado por el acto
ilegal de que se trata, ello según el incremento salarial que
hubiere devengado por parte del opositor en caso de haber
ejercido el cargo de que se trata. Que se condene en costas
a la parte demandada, por la grave infracción de orden legal
inexcusable que han ejecutado en contra de un proceso que
es de orden público. Se acompañan documentos. Anexos.
ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA
SECRETARIO, POR LEY
24 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 25 D E A BRIL D E L 2024 N o . 36,518
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCION JUDICIAL DE
CHOLUTECA
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los
efectos de ley, HACE SABER: Que la Abogada ARACELY
GALO FLORES, actuando en su condición de Representante
Legal del señor JAIRO DANILO MARTINEZ RIVERA,
mayor de edad, soltero, electricista, hondureño, con Documento
Nacional de Identificación número No.0601-1992-10973, con
domicilio en Colonia "Arias Lagos", municipio de Choluteca,
departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud
de Título Supletorio de un lote de Terreno rural de Naturaleza
Jurídica Privada ubicado en "COLONIA LA FELICIDAD"
del municipio de Choluteca, departamento de Choluteca: Mapa
Final: IC-41, extensión del predio 00 HAS, 05 AS, 10.28 CAS, el
predio está ubicado en el Sitio SAMPILE, de Naturaleza Jurídica
PRIVADA COLINDANCIAS NORTE; Carlos Humberto
Sánchez; AL SUR; Carolina Servellon, Calle de por medio
con Carlos Humberto Sánchez; AL ESTE; Carlos Humberto
Sánchez, Carolina Servellon, OESTE; Carlos Humberto
Sánchez, Calle de por Medio, con Carlos Humberto Sánchez.
OBSERVACIONES. Este predio está ubicado dentro de la
Colonia La Felicidad. Dicho lote lo ha poseído desde hace más
de quince años de manera quieta, pacífica y no interrumpida. No
existiendo otros poseedores pro-indivisos.
Choluteca, 12 de marzo del año 2024
ABG. AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA GENERAL
25 A., 25 M., y 25 J. 2024
Sección “B”
______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de
agosto del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este
Juzgado el señor Daniel Oswaldo Silva Anduray, incoando
demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra
el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad, con
orden de ingreso No. 0801-2023-00877, para que se declare la
nulidad absoluta de un acto administrativo de carácter particular
consistente en el Acuerdo número SE-IP-2582023, de fecha
29 de junio del 2023, dictado por la Secretaría Ejecutiva del
Instituto de la Propiedad, contentivo de cancelación por cesantía,
en virtud de violentar la Constitución de la República y Convenios
Internacionales.- Se solicita el reconocimiento de una situación
jurídica individualizada por cancelación por cesantía ilegal e injusta
y medidas para su pleno restablecimiento consistente en el pago
de derechos adquiridos, reajuste salarial, pago de complemento
de salarios, pago de prestaciones e indemnizaciones laborales,
vacaciones, décimo tercer y décimo cuarto mes de salario, salarios
dejados de percibir, aumento salariales, bonos y demás derechos
adquiridos hasta el momento en que la sentencia firme cause
ejecutoria.- Se confiere poder.- Se acompaña documento. Costas.
TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
25 A. 2024
______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de febrero
del 2024, compareció a este Juzgado interpuesta por la ciudadana
MARÍA ANA LOPEZ CARDOZA, en su condición personal,
para la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO para la
declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos
impugnados consistentes en la RESOLUCIÓN GPU NO. 341/18-
08-2023 de fecha 18 de agosto del 2023 y la RESOLUCIÓN GPU
No. 523/08-12-2023 de fecha ocho (8) de diciembre del 2023,
emitidas por la Gerencia de Protección al Usuario Financiero de la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), reconocimiento
de una situación jurídico individualizada y para su pleno
reconocimiento se adopten las medidas necesarias para asegurar
el cese de los efectos de las resoluciones impugnadas ordenando
se suspendan las deducciones ilegales producto del cobro que dió
origen el reclamo, contra el Estado de Honduras a través de la
Procuraduría General de la República, quedando registrada en
esta Judicatura bajo el orden de ingreso, quedando registrada en
esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2023-00152.
Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte
demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes
se entenderán EMPLEADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
25 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 26 D E A BRIL D E L 2024 N o . 36,519
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico,
CERTIFICA: La LICENCIA EN LA MODALIDAD DE
DISTRIBUIDOR, otorgada mediante Resolución Número
231-2024 de fecha 15 de marzo del año 2024, mediante
Contrato Comercial de Distribución de fecha 10 de marzo
del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley
de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la
sociedad mercantil denominada DROGUERÍA COBOS
ANDRADE, S. DE R.L. (DROGUERÍA COBAN), como
concesionaria de la empresa concedente ROSPAW SRL.,
de nacionalidad argentina, de forma NO EXCLUSIVA;
por tiempo DEFINIDO hasta el 10 de marzo del año 2028;
con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS; para la distribución y
comercialización de los siguientes productos:
Msc. CINTHYA SARAHI ARTEAGA, Subsecretaria de
Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio
Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 141-2022. JOEL
EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General.
Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los dos días de abril del año dos mil veinticuatro.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
26 A. 2024
______
PODER JUDICIAL
AVISO HERENCIA YACENTE
0501-2024-0042I-LCV
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil de la
Sección Judicial de San Pedro Sula, al público en general y
para efectos de la Ley y según lo establecido en el artículo
1187 del Código Civil. HACE SABER: Que en fecha siete
de febrero del año dos mil veinticuatro el Abogado Allan
Roberto Nuñez Ramos, en su condición en su condición de
apoderado judicial Luis Bogran Reyes y Francisco Rafael
Rodriguez Bogran, en su condición de Curador Especial de
la señora Ofelia Cristina Bogran Reyes presentó solicitud
para que se declare Yacente la Herencia dejada por el señor
Ricardo Antonio Bogran Reyes.
San Pedro Sula, Cortés, 17 de abril del año 2024.
ABG. INGRID KAROLINA BAUTISTA RODRIGUEZ
SECRETARIA ADJUNTA
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCIÓN
JUDICIAL SAN PEDRO SULA CORTÉS
26 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 26 D E A BRIL D E L 2024 N o . 36,519
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
A V I S O
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha cuatro (4) de agosto de dos mil veintitrés
(2023), compareció a este Juzgado el Abogado DANIEL
ENRIQUE CANALES SANTOS, quien actúa en causa
propia, interponiendo demanda en materia de personal
con orden de ingreso 0801-2023-00867, contra el Estado
de Honduras, a través de LA ADMINISTRACIÓN
ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la
nulidad e ilegalidad de un Acto Administrativo de carácter
particular de la Administración Pública por no ser conforme
a derecho, consistente en el Acuerdo de Cancelación No.
ADUANAS-DE-GNGTH-148-2023, de fecha 26 de julio
del 2023 y notificado en fecha 27 de julio de 2023, emitido
por el Director Ejecutivo de la Administración Aduanera
de Honduras. Por infringir el ordenamiento jurídico, ser
emitido con quebrantamiento de las formalidades esenciales
establecidas en la Ley, así como por contener vicios de
nulidad absoluta, que se reconozca la situación jurídica
individualizada y como medidas necesarias para el pleno
restablecimiento del derecho subjetivo violentado, se ordene
mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo de analista
de procuración judicial, o a otro cargo de igual o mejor salario
y categoría, a título de daños y perjuicios el pago de salarios
dejados de percibir desde la fecha de la cancelación, hasta
que sea reintegrado al cargo mediante sentencia definitiva
procedente, reconocimiento de la antigüedad laboral, recono-
cimiento de los incrementos salariales, que en su caso tuviera
el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de los
derechos laborales que ocurran durante el juicio, como ser
décimo tercer mes, décimo cuarto mes, bonificación por
vacaciones, bono por recaudación, salario extraordinario,
habilitación de días y horas inhábiles, condena en costas, se
acompañan documentos.
ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES
SECRETARIO ADJUNTO.
26 A. 2024
Leyes relacionadas
Aviso — Demanda contenciosa administrativa en materia salarial
Un abogado demanda al Estado de Honduras para que le devuelvan su puesto y salario anterior. Afirma que fue injustamente degradado de categoría salarial 10 a 8 en 2012, y pide que se repare el daño pagándole todos los salarios, beneficios y aumentos que dejó de recibir desde entonces.
Decreto | 2026
Aviso — Demanda de nulidad de Acuerdo de Cancelación de Gobernación, Justicia y Descentralización
Un ciudadano demandó ante la corte para anular una cancelación laboral emitida por la Secretaría de Gobernación el 8 de mayo de 2023, argumentando que es ilegal. La corte notifica públicamente a las partes involucradas para que comparezcan en el proceso y se restablezca la situación legal del demandante.
Decreto | 2024
Aviso — Demanda de nulidad por silencio administrativo ante Secretaría de Salud
Una trabajadora demanda a la Secretaría de Trabajo por despido ilegal, pidiendo que se declare nulo el acto administrativo que la despidió. Busca ser reinstalada en su cargo, recibir salarios adeudados, reconocimiento de antigüedad y todos los beneficios que dejó de percibir desde marzo de 2023.
Decreto | 2024
Aviso — Demanda ordinaria de cirujanos dentistas contra Secretaría de Salud
168 cirujanos dentistas demandaron al Estado de Honduras para anular una resolución de la Secretaría de Salud que les negó aumentos salariales desde octubre de 2017 y bonos por riesgo laboral. Buscan que se declare ilegal el acto, se reconozca su derecho y se ordene el pago retroactivo de salarios y bonificaciones adeudadas.
Decreto | 2024
Aviso — Demanda de daños y perjuicios contra Empresa Nacional de Energía Eléctrica
Un ciudadano demanda al Estado hondureño a través de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica por daños a su propiedad privada causados por el uso de servidumbre sin compensación adecuada. Busca que se declare nula la decisión administrativa que rechazó su reclamo y obtener indemnización más intereses legales por los perjuicios ocasionados.
Decreto | 2024