Vigente
Decreto No. 0801-2022-00022 | 13 de enero de 2022 | Poder Judicial
Aviso No. 0801-2022-00022 — Demanda Contenciosa Administrativa - JACOBO CAMILO DAVID FLORES y OSCAR ALFREDO MOYA LANZA
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Resumen
Jacobo Camilo David Flores y Oscar Alfredo Moya Lanza demandan al Estado de Honduras ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo para que la Secretaría de Defensa Nacional les pague el complemento faltante de su indemnización por cesantía, ya que el monto que acumularon en su cuenta de reserva laboral en el Instituto de Previsión Militar desde 2007 es inferior a lo que legalmente les corresponde.
Texto completo
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha veinte (20) de enero del dos mil veintidós
(2022), compareció a este Juzgado los señores JACOBO
CAMILO DAVID FLORES y OSCAR ALFREDO MOYA
LANZA, incoando demanda Contenciosa Administrativa,
vía Procedimiento en Materia Ordinaria con orden de ingreso
número 0801-2022-00022, contra el Estado de Honduras,
a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, se interpone
demanda ordinaria contra el Estado de Honduras para el
reconocimiento de una situación jurídica individualizada a
efecto que la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa
Nacional en su condición de expatrono pague el complemento
de la indemnización por concepto de auxilio de cesantía por
ser esta superior a lo acumulado en la cuenta individual de
reserva laboral existente en el Instituto de Previsión Militar
para sus afiliados desde el año 2007.- Se señala el lugar
donde se encuentra el expediente administrativo.- Citación
y Emplazamiento a la Procuradora General de la República
como representante legal del Estado.- Librar comunicaciones.
Inspección personal del juez.- Costas del juicio.- Se
acompañan documentos.- Razonamiento petición.- Poder.
En relación a las resoluciones número SDN. No. 162 y SDN
No. 155-2021 de fecha 13 de enero del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
8 A. 2024
______
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