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14 de noviembre de 2022Vigente

Aviso — Aviso de demanda contencioso administrativa - Ignacio Ramón Bonilla Rodríguez contra Estado de Honduras

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Publicación: 14 de noviembre de 2022
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

Texto completo

La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 06 de mayo del 2022, compareció a este juzgado el ciudadano Ignacio Ramón Bonilla Rodríguez, en su condición persona, incoando demanda, VÍA PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO NUMERO 221-2022 de fecha 25 de abril de 2022, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. Que se reconozca la situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al cargo de asesor legal, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización o a otro de igual o mejor salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones. Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la Republica; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-00342. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. DOY FE. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 14 N. 2022 administrativo contenido en el Plan de Arbitrios Municipal del año fiscal 2021 de la Municipalidad de Catacamas, específicamente de los artículos 102 y 103 contenidos en el título III, CAPITULO XIII, sección C, del mencionado Plan de Arbitrios Municipal. Que se reconozca la situación jurídica individualizada.- Suspensión del acto Impugnado.-Medios de prueba.-Costas.- Poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO. 14 N. 2022