Aviso No. 20184-19 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SESTOLE - SYNGENTA LIMITED
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 20184-19
- Publicación: 3 de septiembre de 2019
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 35,039
- Categoria: Mercantil
Texto completo
1/ Solicitud: 20184-19 2/ Fecha de presentación: 14-05-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA LIMITED 4.1/ Domicilio: Syngenta Jealott´s Hill International Research Centre Bracknell Berkshire, RG42 6EY, REINO UNIDO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO
- B)
REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SESTOLE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Herbicidas. 8.1/ Página Adicional:
- D)
APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.
- E)
SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07/Junio/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 2, 19 A. y 3 S. 2019.
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ejecutivo No. 372-2014 — Licencia de Distribuidor Exclusivo a HEALTHCARE PRODUCTS CENTROAMERICA, S. DE R.L. — El Acuerdo Ejecutivo 372-2014 otorga a la empresa HEALTHCARE PRODUCTS CENTROAMÉRICA, S. DE R.L. la licencia exclusiva para distribuir productos de HEALTHCARE CENTRO AMÉRICA, S.A. (empresa costarricense) en todo Honduras, permitiéndole ser el único distribuidor autorizado de esa marca en el territorio nacional de forma indefinida. (Decreto 372-2014, 2015)
- Acuerdo Ministerial No. 0741-2020 — Guía de lineamientos para la higiene y manejo adecuado de los residuos sólidos en la emergencia COVID-19 — Esta guía establece medidas de higiene y manejo seguro de residuos sólidos durante la pandemia COVID-19 en Honduras. Aplica a hogares, empresas, instituciones públicas y trabajadores de limpieza, requiriendo separación de residuos contaminados, uso de equipo de protección, desinfección de superficies y disposición final adecuada para evitar propagación del virus y proteger la salud pública. (Decreto 0741-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial No. 0741-2020 — Guía de lineamientos para la higiene y manejo adecuado de los residuos sólidos en la emergencia COVID-19 — Esta guía establece medidas obligatorias de higiene y manejo seguro de residuos sólidos durante la pandemia COVID-19 en Honduras. Dirige a gobiernos, empresas, hospitales y hogares cómo separar, desinfectar y eliminar correctamente los desechos, especialmente equipos de protección personal, para evitar la propagación del virus y proteger la salud de trabajadores y la población general. (Decreto 0741-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial No. 0741-2020 — Guía de lineamientos para la higiene y manejo adecuado de los residuos sólidos en la emergencia COVID-19 — Esta guía establece lineamientos para que hogares, empresas, hospitales y servicios municipales manejen correctamente los residuos sólidos durante la pandemia COVID-19. Explica cómo separar, desinfectar y desechar residuos contaminados, protegiendo así a trabajadores de limpieza y la población general del contagio del virus a través de objetos y superficies contaminadas. (Decreto 0741-2020, 2020)
- Decreto No. 66-2022 mediante el cual se derogan artículos contenidos en Decretos Legislativos relativos a la creación de contratos de fideicomisos — Este decreto elimina las leyes que permitían crear fideicomisos con fondos públicos. También exige que los administradores de fideicomisos existentes contraten auditores independientes categorizados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para revisar cómo se usan esos fondos públicos. (Decreto 66-2022, 2023)