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15 de agosto de 2024Vigente

Aviso No. 0801-2023-01022 — Demanda contencioso administrativa contra Dirección General de la Marina Mercante

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2023-01022
  • Publicación: 15 de agosto de 2024
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 36,613

Texto completo

Sección “B”

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el señor JOSSUE FRANCISCO VELÁSQUEZ SÁNCHEZ,quien confirió poder al Abogado PABLO EMILIO REYES THEODORE, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2024-00174, contra el Estado de Honduras, a través de la (ENAG). Para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación número 002-2024, de fecha 25 de enero de 2024, emitido por la

violatorio de derechos constitucionales, así como prescindir total y absolutamente de los procedimientos establecidos, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se reconozca el reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejor categoría y condiciones, reconocimiento de mi antigüedad laboral desde la fecha que inicie la relación laboral, a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del ilegal despido hasta que con sujeción a las normas procesales sea ejecutado el reintegro, pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, bonos vacacionales, bonos adeudados, aumentos salariales o cualquier otro derecho que se derive durante la secuela del juicio, se alega notificación defectuosa, petición, se confiere poder, se acompañan documentos. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 15 A. 2024 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 26 de Octubre del 2023. AVISO El infrascrito, Secretario por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha quince (15) de junio del año dos mil veintitrés (2023), se promovió la demanda por parte del señor BENITO ZAMORA VIDEZ, interponiendo demanda Contencioso Administrativo, vía procedimiento especial en Materia Personal con orden de ingreso número 0801- 2023-00726, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular consistente en el ACUERDO DE CANCELACIÓN No. SETRASS-283-2023 de fecha 06 de junio del año 2023, por no ser conforme a derecho y por violentar derechos fundamentales.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- La adopción de medidas para su pleno restablecimiento entre ellas se ordene:

  • a)

    El reintegro al cargo;

  • b)

    El pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización por daños y perjuicios;

  • c)

    Otros derechos de los cuales sean beneficiados los demás servidores públicos en mi ausencia; y, e) Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Petición y poder. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA SECRETARIO, POR LEY 15 A. 2024

    PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 22 de enero del 2024, compareció a este Juzgado el ciudadano Norlan Rigoberto Gálvez Aguilar, POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el ACUERDO No. 130-2023, con fecha 15 de diciembre del 2023, emitido por actuaciones del Instituto Nacional de Migración. Que se reconozca una situación jurídica y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias establecidas en el artículo 112 de la Ley de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2024-00055. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 15 A. 2024