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26 de diciembre de 2017Vigente

Aviso No. 0801-2017-00348 — Demanda contencioso-administrativa - Solnes Joel López Puerto

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2017-00348
  • Publicación: 26 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 34,526

Texto completo

JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspond int es, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de junio del dos mil diecisiete (2017), compareció a este Juzgado el Abogado CÉSAR DANILO MARTÍNEZ ESCOTO, actuando en su condición de Representante Preocesal del señor SOLNES JOEL LÓPEZ PUERTO, incoando da manda Contenciosa Administrativa vía Procedimiento en Materia Ordinaria, con orden de ingreso número0801-2017-00348,contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, para que se declare la nulidad de un Acto Administrativo emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad que consiste en las providencias de fecha veintitrés (23) de febrero de dos mil diecisiete y diecisiete de abril de dos mil diecisiete. Se solicita reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el pago retroactivo del reajuste que por la nivelación salarial que conforme a la Ley del Estatuto Médico Empleado y Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central tiene derecho el demandante desde su nombramiento como Médico General (30 de julio de 1999) hasta que se haga efectivo el pago, así como el pago del interés legal del seis por ciento (6%). Se acompañan documentos. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba. Se pide especial condena en costas a la parte demandada por no tener motivo suficiente para litigar. Se acredita poder de Representación Procesal. Delegación de Poder. En relación a las providencias de fecha 23 de febrero de 2017 y 17 de abril de 2017. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 26 D. 2017.