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24 de octubre de 2017Vigente

Aviso No. 36554-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CAFÉ ANGELITA Y ETIQUETA

Registro de Propiedad Industrial

  • Decreto: 36554-2017
  • Publicación: 24 de octubre de 2017
  • Órgano emisor: Registro de Propiedad Industrial
  • Gaceta: 34,473
  • Categoria: Mercantil

Texto completo

1/ Solicitud: 36554-2017 2/ Fecha de presentación: 22-08-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SERVICIOS MULTIPLES RIVERA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMI- TADA 4.1/ Domicilio: Colinas, Santa Bárbara; Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CAFÉ ANGEL IT A Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ernesto López Bautista

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-09-2017. 12/ Reservas: No se protege “CAFE CLASICO”, que aparece en etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 24 O., 8 y 23 N. 2017. LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50 ) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha veintiocho de abril del dos mil diecisiete, compareció a este Juzgado el señor Eduardo Jesús Lara Marin, incoando demanda personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad, con orden de ingreso No. 262- 2017, para la declaración de ilegalidad y de nulidad de un acto administrativo. El reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al grado del cual fui ilegalmente cancelado por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad o, dada mi antigüedad y duración del proceso judicial al grado superior inmediato que tenga al momento de la ejecución de la sentencia y el pago de los salarios dejados de percibir. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretenden utilizar. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. En relación al acto impugnado consistente en el Acuerdo N°. 2130-2017 de fecha 22 de marzo del 2017. LIC. CINTHIA CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 24 O. 2017. _____